Decisión nº PJ0012014000181 de Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 14 de Julio de 2014

Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteLisbeys Marisol Rojas Molina
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal 1° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua

Acarigua, catorce de julio de dos mil catorce

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2013-000590

PARTE ACTORA: F.A.M.H., titular de la cédula de identidad número V-10.329.084

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: P.J.C.R., titular de la cédula de identidad número 10.329.084 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 134.440.

PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE DE CARGA FRAGA, C.A., por sustitución laboral TRANSPORTE DE CARGA ECLIPSE, C.A. por sustitución patronal, TRANSPORTE DE CARGA JUFAGA, C.A., en la persona del ciudadano; F.G.D.V., titular de la cédula de identidad N° 4.812.465, en su carácter de director general y como persona natural.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: M.E.P.G. y R.A.B.L., inscritos en el inpreabogado bajo los números 51.467 y 157.164 en su orden.

MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos

ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE

En el día hábil de hoy, 14 de julio de 2014, siendo las 09:20 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar acto conciliatorio, el alguacil de este Circuito Judicial J.T. anuncia el acto, y se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes por sí o por medio de apoderados judiciales alguno. Ahora bien, vista la incomparecencia de ambas partes al acto esta juzgadora pasa a pronunciarse sobre el desistimiento del proceso tal como lo indica el acta de fecha 08/07/2014 ya que la parte demandante no compareció a la prolongación de la audiencia preliminar, por tal motivo este Tribunal procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:

PRIMERO

DESISTIDO EL PROCESO por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por el ciudadano F.A.M.H. contra TRANSPORTE DE CARGA FRAGA, C.A., por sustitución laboral TRANSPORTE DE CARGA ECLIPSE, C.A. por sustitución patronal, TRANSPORTE DE CARGA JUFAGA, C.A.

Se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.

LA JUEZ, LA SECRETARIA.

ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA, ABG. YRBERT ALVARADO,

EL ALGUACIL.

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