Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 10 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2011
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteAlbio Antonio Contreras Zambrano
ProcedimientoReconocimiento De Unión Concubinaria

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diez de mayo de dos mil once.

201º y 152º

Vista la diligencia que antecede de fecha 09 de mayo de 2.011, suscrita por el abogado en ejercicio L.A.M.M., en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se nombre defensor judicial a los co-demandados de autos, y vencido como está el lapso de comparecencia sin que se hayan dado por citados los co-demandados de autos en el presente procedimiento de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, es por lo que este Tribunal acuerda designarle DEFENSOR JUDICIAL a los ciudadanos RIAD A.J.R. y J.A.J.R., de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil vigente, en la persona del abogado en ejercicio L.A.C.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.034.892, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.230, de este domicilio y jurídicamente hábil, a quien se ordena librar Boleta de Notificación, para que comparezca por ante el Despacho de este Tribunal, en el SEGUNDO DÍA DE DESPACHO, siguiente al que conste en autos su notificación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a dar su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese la boleta de notificación y entréguese al Alguacil del Tribunal para que la haga efectiva conforme la Ley.

EL JUEZ TITULAR,

A.C.Z.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En la misma fecha se libró boleta de notificación y se entregó al Alguacil del Tribunal para que la haga efectiva conforme la Ley. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR

S.Q.Q.

ACZ/SQQ/dsf.-

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