Decisión nº PJ0752007000114 de Juzgado Segundo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Lara (Extensión Barquisimeto), de 21 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2007
EmisorJuzgado Segundo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteEnio Rivero
ProcedimientoCalificación De Despido

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veintiuno (21) de Mayo de 2007

Años 197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2007-108

PARTE ACTORA: J.R.D.A., titular de la cedula de identidad Nro. 10.768.416

PARTE DEMANDADA: MATADERO INDUSTRIAL

APODERADOS JUDICIALES: ALBERTO RIERA, IPSA No. 42.133.

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día de hoy 21 de Mayo de 2007, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio, haciéndose presente únicamente la parte demandada el abogado ALBERTO RIERA, IPSA No. 42.133, Apoderado Judicial de la empresa MATADERO INDUSTRIAL, según consta en Poder que presenta en original y copia a efectos vivendi; no así la parte demandante ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

El Juez.

Abg. E.R.Y.

El Secretario

Abg. Edgar Pérez

La Parte Demandada

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