Decisión nº 2684 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 5 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2013
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteDelia Josefina Gonzalez
ProcedimientoTitulo Supletorio

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: S.R.B.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.242.053, actuando en su nombre y en representación de su padre, ciudadano: D.B.P., titular de la cedula de identidad N° V-7.313.556 y de sus hermanos, ciudadanos: D.J.B.C., C.C.B.C., L.B.C. y A.B.C., titulares de las cedulas de identidad Nrs° V-9.555.102, V-4.374.280, V-5.254.318 y V-7.359.745, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado J.C., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.684, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, siendo admitida la misma y evacuados los testigos, los cuales son valorados por este tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones. Este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes, ciudadanos: S.R.B.C., D.B.P., D.J.B.C., C.C.B.C., L.B.C. y A.B.C., antes identificados, la propiedad

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