Sentencia nº 49 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 20 de Abril de 2010

Fecha de Resolución20 de Abril de 2010
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

Caracas, 20 de abril de 2010

199º y 151º

Vista la decisión N° 1554 dictada por esta Sala en fecha 10 de noviembre de 2009, que admitió el recurso de nulidad interpuesto por los abogados RODOLFO PLAZ ABREU, LEONARDO PALACIOS MÁRQUEZ, R.M. SIMANCAS Y J.K.T., con el carácter de apoderados judiciales de las sociedades mercantiles ECONOINVEST CASA DE BOLSA C.A., BOD VALORES CASA DE BOLSA C.A. Y OTROS, contra el Clasificador XVII, correspondiente a la Actividad Financiera y de R.C., de la Ordenanza de Actividades Económicas del Municipio Chacao del Estado Miranda, publicada en la Gaceta Municipal del Municipio Chacao, Nº 6008 del 15 de diciembre de 2005 y declaró improcedente la medida cautelar solicitada, este Juzgado de Sustanciación a los fines de practicar las notificaciones ordenadas y la subsiguiente continuación del procedimiento, acuerda:

De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dispone citar por oficio a los ciudadanos Presidente del Concejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda y al Síndico Procurador del Municipio Chacao del Estado Miranda, y notificar a la ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. A tales fines, remítase a los nombrados ciudadanos copia certificada del escrito del recurso, de la documentación pertinente acompañada al mismo, de la referida decisión N° 1554 y del presente auto.

La citación del Sindico Procurador Municipal, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 152 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Emplácese a los interesados mediante Cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los diarios de circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. La parte recurrente deberá consignar un (1) ejemplar del periódico donde fue publicado el Cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación; el incumplimiento de esta obligación se entenderá que desiste del recurso y se ordenará el archivo del expediente.

Vencido el lapso de comparecencia, se informará a las partes sobre la convocatoria para un acto público y oral. Todo ello de conformidad con el procedimiento establecido en la decisión N° 1.645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de 2004.

Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

L.E.M. LAMUÑO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2009-990

LEML/JLRCTRDLH/IBA

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