Decisión nº PJ0132006000137 de Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Carabobo, de 18 de Diciembre de 2006

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2006
EmisorTribunal Superior Segundo del Trabajo
PonenteBertha Fernandez
ProcedimientoApelación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 18 de Diciembre del año 2006

196° y 147°

EXPEDIENTE N°: GP02-R-2006-000544

Suben las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del RECURSO APELACIÓN interpuesto por el abogado J.R.M.R. en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de Noviembre del año 2006, en el juicio que por cobro de Prestaciones Sociales incoare el ciudadano EDDLIS A.G.V. contra la Sociedad de Comercio “GABRIEL DE VENEZUELA” C.A.

Siendo el día y la hora fijada para la celebración de la Audiencia de Apelación prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano alguacil M.G., notificó a la Juez, que en el recinto del Tribunal no se encontraba presente el apelante; en consecuencia, este Tribunal deja constancia de que la parte accionante y recurrente no se encontraba presente, ni por si ni por medio de apoderado judicial que la representare, y en consecuencia se declara procedente lo contemplado en el artículo 125, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y ASÍ SE DECIDE.

DECISION

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO interpuesto por el abogado J.R.M.R. en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de Noviembre del año 2006, en el juicio que por cobro de Prestaciones Sociales incoare el ciudadano EDDLIS A.G.V. contra la Sociedad de Comercio “GABRIEL DE VENEZUELA” C.A, de conformidad con el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos confirmada la decisión recurrida.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 18 días del mes de Diciembre del año 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

B.F.D.M.

JUEZ SUPERIOR

La Secretaria

Joanna Chivico

En la misma fecha se dictó, público y registró la anterior sentencia, siendo las 09:30 a.m.

La Secretaria

Joanna Chivico

BFdeM/JCh/amb.-

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