Decisión de Tribunal Primero de Juicio de Miranda, de 11 de Junio de 2013

Fecha de Resolución11 de Junio de 2013
EmisorTribunal Primero de Juicio
PonenteJose Argenis Moreno
ProcedimientoDiferimiento De Juicio Oral Y Publico

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01

Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Extensión Valles del Tuy

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2012-006287

ACTA DE DIFERMIENTO DE

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

TRIBUNAL:

JUEZ: J.A.M.G.

Tribunal Primero de Juicio.

SECRETARIA: Y.C.

PARTES:

FISCAL: 24º MINISTERIO PÚBLICO

DRA. EDDMISALHA GUILLEN.

39º A NIVEL NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

DR. J.C.T.H.

ACUSADOS: J.R.A., titular de la cedula de identidad Nº V-12.765.992 (1)

C.M.S.L., titular de la cedula de identidad Nº V-16.814.131 (1)

Y.J.A.M., titular de la cedula de identidad Nº V-18.813.006 (1)

M.A.H.L., titular de la cedula de identidad Nº V-18.994.730 (2)

DEFENSA: ABG. J.G.M. (Defensor Privado) (1)

ABG. A.K.P. (Defensor Privado) (1)

ABG. H.C. (Defensor Privado) (2)

ABG. J.C. (Defensor Privado) (2)

ABG. N.A.R.B.

En el día de hoy, Martes, Once (11) de Junio de Dos Mil Trece (2013), siendo las 11:05 horas de la mañana, oportunidad señalada por este Juzgado constituido, para que tenga lugar el ACTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO UNIPERSONAL, en contra de los acusados J.R.A., titular de la cedula de identidad Nº V-12.765.992, C.M.S.L., titular de la cedula de identidad Nº V-16.814.131, Y.J.A.M., titular de la cedula de identidad Nº V-18.813.006, M.A.H.L., titular de la cedula de identidad Nº V-18.994.730. Acto seguido y a puertas abiertas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal, dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 325 ejusdem, hizo acto de presencia el DR. J.A.M.G., en su condición de Juez Primero en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicitó a la Secretaria ABG. Y.C., verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes la Fiscal 24º del ministerio Público, DRA. EDDMISALHA GUILLEN, el Fiscal 39º con Competencia Plena a Nivel Nacional, DR. J.C.T.H., los Defensores Privados ABG. J.C. y N.A.R.B., los acusados J.R.A., titular de la cedula de identidad Nº V-12.765.992, Y.J.A.M., titular de la cedula de identidad Nº V-18.813.006, M.A.H.L., titular de la cedula de identidad Nº V-18.994.730 y el acusado C.M.S.L., titular de la cedula de identidad Nº V-16.814.131, y los Defensores Privados, ABG. J.S.C. y DR. N.A.R.B., más no así, ni los Defensores Privados DR. J.G.M., ABG. A.K.P. y ABG. H.C., motivo por el cual se acuerda DIFERIR el presente Juicio Oral y Público y fija nueva oportunidad para el día LUNES, VEINTIDÓS (22) DE JULIO DE DOS MIL TRECE (2013), A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA. Asimismo en virtud que en reiteradas oportunidades se ha diferido el acto de Apertura de Debate de Juicio Oral y Público, en la presente causa en virtud de la falta de comparecencia de los Defensores Privados DR. J.G.M., ABG. A.K.P. y ABG. H.C., es por lo que, en aras de garantizar el derecho a la Defensa de los acusados de autos, se ordena Oficiar a la Coordinación de la Unidad de Defensoría Pública Penal, a los fines que se sirva Designar un Defensor Público Penal que asista a los ciudadanos J.R.A., C.M.S.L., y Y.J.A.M.. En consecuencia se ordena librar las correspondientes Boletas de Notificación y Traslado. Quedan las partes presentes debidamente notificadas de lo aquí señalado. Se cierra la presente Acta siendo las 11:15 horas de la mañana, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:

JUEZ PRIMERO DE JUCIO

DR. J.A.M.G.

LA FISCAL 24º DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. EDDMISALHA GUILLEN

EL FISCAL 39º CON COMPETENCIA PLENA A NIVEL NACIONAL

DR. J.C.T.H.

LOS DEFENSORES PRIVADOS

ABG. J.S.C.

ABG. N.A.R.B.

LOS ACUSADOS

J.R.A.,

titular de la cedula de identidad Nº V-12.765.992,

Y.J.A.M.,

titular de la cedula de identidad Nº V-18.813.006,

M.A.H.L.,

titular de la cedula de identidad Nº V-18.994.730

C.M.S.L.,

titular de la cedula de identidad Nº V-16.814.131

LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. Y.C.

ASUNTO: MP21-P-2012-006287

Acta de Diferimiento de Juicio Oral y Público

Martes, 11 de Junio de 2013

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