Decisión de Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 22 de Enero de 2007

Fecha de Resolución22 de Enero de 2007
EmisorJuzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteElizabeth Breto Gonzalez
ProcedimientoJustificativo De Testigo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA CARACAS.

Caracas, 22 de enero de 2007

196º y 147º

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS que encabeza las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, DECLARA JUSTIFICATIVO DE TESTIGO SUFICIENTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, a favor del ciudadano E.R.M.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-2.991.415, quedando a salvo el derecho de terceros.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de dicha solicitud en el Archivo.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

DRA. E.B.G..

EL SECRETARIO,

J.O.G..

EBG/JOG/Gustavo

EXP. N° S-5689

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