Sentencia nº 21 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 23 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2004
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 23 de marzo de 2004

193º y 145º

Visto el escrito presentado en fecha 5 de febrero de 2003, por el ciudadano EDGAR SALAS JIMÉNEZ, mediante el cual interpone recurso de colisión entre el artículo 57 de la Ley de Medicamentos, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.006, de fecha 3 de agosto de 2000 y el literal f del articulo 1 del Decreto N° 2.932 mediante el cual se dicta la Reforma del Reglamento de la Ley del Ejercicio de la Farmacia, publicado en la Gaceta Oficial N° 4.582 Extraordinario, de fecha 21 de mayo de 1993, se admite en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de la potestad que asiste a este Tribunal de examinar los presupuestos de admisibilidad y procedencia establecidos en la ley y la jurisprudencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se dispone notificar por oficio a los ciudadanos Presidente de la República, Presidente de la Asamblea Nacional, Fiscal General de la República y Procuradora General de la República. A tales fines, remítase a los citados funcionarios copia certificada del escrito del recurso, de la documentación pertinente acompañada al mismo y del presente auto de admisión.

De conformidad con la sentencia de esta Sala Constitucional de fecha 31 de mayo de 2001 (CASO: C.B.) una vez consten en autos las notificaciones ordenadas en el presente auto se acuerda remitir las precedentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines de la continuación del procedimiento.

El Presidente,

IVÁN RINCÓN URDANETA El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2003-000366

IRU/JLRC/IBA

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