Decisión de Tribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 15 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2007
EmisorTribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteGladys Jazmin Rivas Parada
ProcedimientoInserción De Partida De Nacimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

SALA DE JUICIO.

JUZGADO UNIPERSONAL N° 2

196 Y 147

Con oficio Nro. C.P.M.C. 852 de fecha 23 de Enero de 2.007, los Consejeros de Protección del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, remitieron a este Tribunal expediente administrativo signado con el número: CO514-12/2006, en virtud de la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento hecha por el ciudadano: E.E.U.D., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.472.493, en beneficio de su hija: (OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) nacida el día 14 de Noviembre de 2.004, a las 7:05 p.m., en el Hospital General de Táriba Fundahosta, jurisdicción del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, hija de la ciudadana: RORAIMA M.S.D.U., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-11.064.047.

Admitida la solicitud en fecha 30 de Enero de 2.007, se ordenó la notificación a la Fiscalía Especializa.d.M.P. en el Estado Táchira (f 15).

En fecha 12 de Febrero de 2007 fueron cumplidas las exigencias legales de notificación a la Fiscal XV del Ministerio Público en el Estado Táchira (f 17).

En consecuencia, cumplidas como han sido las exigencias legales del procedimiento, notificada como está la Fiscal XV del Ministerio Público (f 17) y demostrado como ha sido el nacimiento de la niña: (OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) hecho ocurrido en fecha 14 de Noviembre de 2.004, a las 7:05 p.m., en el Hospital General de Táriba “Fundahosta”, jurisdicción del Municipio Cárdenas en el Estado Táchira, según se evidencia de la copia simple de la constancia de nacimiento que corre inserta al folio (13) del presente expediente, es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia ordena conforme al contenido de los artículos: 32, 78 y 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 7, 8, 16, 17 y 19 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, que el funcionario del Registro Civil del Municipio Cárdenas en el Estado Táchira, inscriba en los libros respectivos de registro civil de nacimientos llevados por ante esa oficina registral, a la niña: (OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), nacida en fecha: catorce (14) de Noviembre de dos mil cuatro (2.004), a las 7:05 p.m., en el Hospital General de Táriba “Fundahosta”, Jurisdicción del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, hija de: E.E.U.D., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.472.493 y de: RORAIMA M.S.D.U., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-11.064.047. Y ASI SE DECIDE. Se previene al funcionario registral del contenido del artículo 273, Parágrafo 1º de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.

Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo de la Sala.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los quince (15) días del mes de Febrero de dos mil siete (2.007).

Abg. G.J.R.P.

Jueza Unipersonal Nro. 2

Abg. G.Y.M.

Secretaria

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 09:30 a.m. y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Jcl.-.

Exp Nro. 47.081 La Secretaria

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