Decisión nº 170707070173 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 17 de Julio de 2007

Fecha de Resolución17 de Julio de 2007
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
PonenteRicardo Coa Martinez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 17 de Julio de 2.007

195º y 147º

ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-0000173

PARTE ACTORA: E.E.G., quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 7.096.070.-

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: M.F., quien es abogada de la Procuraduría de Trabajadores del Ministerio Popular del Trabajo y de la Seguridad Social, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 100.636.-

PARTE DEMANDADA: Guardería Preescolar Vip Kids C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: R.M., quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 120.744.

MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales.-

Hoy, 17 de Julio de 2.007, siendo las 02:00 p.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparecieron la Dra. M.F., quien es abogada de la Procuraduría de Trabajadores del Ministerio Popular del Trabajo y de la Seguridad Social, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 100.636 , en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana E.E.G., quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 7.096.070, por una parte y por la otra el Dr. R.M., quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 120.744, quien es apoderado judicial de la empresa Guardería Preescolar Vip Kids C.A., quienes alegan situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Viernes 03 de Agosto de 2.007 a las 02:00 p.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez

El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ

Los Presentes

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR