Decisión de Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 6 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteAlejandro José Gómez Mercado
ProcedimientoDemanda

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, seis (6) de noviembre de dos mil trece (2013)

203° y 154°

Vista la diligencia suscrita, en fecha 5 de noviembre de 2013, por el abogado R.B., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 76.863, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE) suficientemente identificada en autos, mediante la cual solicita se acuerde la citación de la parte demandada por correo certificado con aviso de recibo; este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo previsto los artículos 219 y 220 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, entréguesele al ciudadano Alguacil del Tribunal sobre abierto con inserción de la boleta de notificación dirigida al demandado, a los fines de que sea entregada en la respectiva oficina de correo, y el funcionario de correo deberá dar recibo con expresión de los documentos incluidos en dicho sobre, del remitente, del destinatario, la dirección de éste y la fecha de recibo del mismo. Asimismo, se indica que a vuelta de correo, el Jefe de la oficina de correo deberá enviar al Tribunal el aviso de recibo del mismo, el cual, debe estar firmado por el representante legal o judicial de la empresa demandada, o por cualquiera de sus directores o gerentes, o por el receptor de correspondencia de la mencionada empresa, señalándose el nombre, apellido y cédula de identidad del ciudadano, para que sea agregado a los autos.-

Se advierte que una vez conste en autos la referida citación, se fijará por auto separado la oportunidad para que tenga lugar la audiencia preliminar prevista en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual será fijada por auto separado, al décimo día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado las notificaciones ordenadas. Líbrese boleta de notificación al demandado y oficio dirigido al Jefe de la oficina de correo del INSTITUTO TELEGRÁFICO POSTAL DE VENEZUELA “IPOSTEL” ubicada en el Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda. Líbrese oficio, cúmplase lo ordenado.-

DR. A.G..

EL JUEZ

ABG. HERLEY PAREDES

LA SECRETARIA

En esta misma fecha, se oficio número 13-1176, dando cumplimiento a lo ordenado.-

ABG. HERLEY PAREDES

LA SECRETARIA

Exp. Nº 07125

AG/HP/Gasr:.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR