Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 1 de Abril de 2009

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2009
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoInterdicto De Obra Nueva

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (01) de abril de 2009.

Años 198º y 150º

Vista la diligencia suscrita en fecha 30 de marzo de 2009, por la abogada J.C., apoderada judicial de la parte accionante, mediante la cual solicita la notificación de la parte querellada CORPORACIÓN MACIZO DEL ESTE, C.A., mediante cartel, en virtud de la imposibilidad del Alguacil de este Tribunal en realizar la notificación personal, de la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2008; este Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena la notificación de la CORPORACIÓN MACIZO DEL ESTE, C.A., mediante cartel, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense el correspondiente Cartel.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J.

El Secretario,

Abg. Richars Mata.

VJGJ/RM/zov

EXP. Nº 9240

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 01 de abril de 2009

Años 198° Y 150°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la CORPORACIÓN MACIZO DEL ESTE, C.A. inscrita en el Registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de septiembre de 1984, bajo el Nro. 58, tomo 34-A-Sgdo., y/o a sus apoderados judiciales abogados N.F., R.H., P.M., L.A., M.R. y THEA SICHINI, inpreabogado Nros. 823, 15.589, 21.555, 23.134, 57.871 y 71.625, respectivamente, parte querellada; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 23 de julio de 2008; que cursa en el expediente N° 9240, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por INTERDICTO DE OBRA NUEVA, que sigue contra usted EXPANSIÓN, CENTRO EDUCATIVO PARA PERSONAS CON RETARDO MENTAL, ASOCIACIÓN CIVIL SIN F.D.L..

Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificada y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-

EL JUEZ

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

VJGJ/ZOV

Exp: 9240

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