Decisión nº 11149 de Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprum, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de Zulia, de 4 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprum, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre
PonenteFrancisco Javier González
ProcedimientoInventario Judicial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS

MUNICIPIOS J.M.S., CATATUMBO,

COLON, F.J.P. Y SUCRE DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

S.B.d.Z., 04 de Noviembre de 2010

200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º

En el día de hoy, cuatro (04) de Noviembre del año dos mil diez (2010), día y fecha para llevar a efecto este acto, y siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45), se trasladó y constituyó este Tribunal Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios J.M.S., Catatumbo, Colón, F.J.P. y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana abogada N.M., Venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 173472, domiciliada en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia y transito por acá, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte ejecutante, en un inmueble ubicado en la población del Chivo, parroquia S.R., Municipio F.J.P.d.E.Z., a los fines de practicar INVENTARIO JUDICIAL sobre el mismo, según lo ordenado en el expediente signado con el Nro. 11.149 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio Juez unipersonal Nro. 4, con sede en la ciudad de Maracaibo para lo cual fue suficientemente comisionado esta Juzgado Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a nombrar como Perito Practico al ciudadano J.J.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 19.549.886, quien estando presente aceptó el cargo para el cual fue designado y prestó el juramento de ley en la siguiente forma: ¿ JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA EL CUAL FUE DESIGNADO? Y contestó: si lo juro. Esta Jurisdicción procede a notificar de la presente medida a la ciudadana X.B.G.D.A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.108.027, quien manifestó al Tribunal ser la esposa del dueño. En este estado el Perito Practico ocurrió y expuso: “la dirección del inmueble objeto del presente inventario coincide con la descrita en la Comisión. Dicho inmueble está compuesto así: casa de habitación familiar donde al mismo tiempo la mayor parte está ocupado por la panadería, cuyo nombre es: Panadería, pastelería y charcutería Crista, C. A.; al frente dicho local tiene tres puertas tipo S.M., pisos de cemento, techo de zinc, en el cual se encuentran los siguientes bienes muebles: 1- una nevera exhibidora marca neverama con serial FVC-8, de tres puertas y dos compartimientos y en funcionamiento; 2- una rebanadora marca RHENINGHAUS con serial 1069 en buen estado y en funcionamiento; 3- peso b.e., marca PEL NBC electrónic sin serial visible; 4- vitrina portadora de caja registradora de aluminio; 5- caja registradora marca SAN4S serial Z634000434 en funcionamiento; 6- nevera exhibidora de 6 puertas, 3 arriba y 3 abajo, marca Canaima sin serial visible y con ligeros desperfectos en su funcionamiento; 7- tres exhibidoras de vidrio transparente y de metal con 3 entre paños cada una y 2 puertas de vidrio cada una; 8- gabinete con mostrador transparente de aluminio y vidrio con 3 entrepaños en la parte de arriba de vidrio, mas 2 cajones mostradores de pan con puertas de aluminio y una gaveta horizontal dispensadora sin puerta, sin marca y sin serial visibles; 9- moledora de café marca: Faema sin serial visible en funcionamiento; 10- maquina dispensadora de café, marca GAGGIA, matricula 122262, en funcionamiento; 11- nevera exhibidora de vidrio marca neverama con serial 000, de 3 entre paños con vidrio y en funcionamiento; 12- microondas panasonic serial B70017051AP en funcionamiento; 13- 2 ventiladores de techo sin marca ni serial en funcionamiento; 14- gabinete empotrado de formica tipo exhibidor, de 5 entrepaños, de 3 metros de largo por 2 de alto aproximadamente; 15- esta misma dependencia tiene un mesón de cemento con cerámica, de 2 metros y medio de largo por uno de alto aproximadamente; 16- un mesón de ladrillo de uno de alto por uno de largo aproximadamente; 17- estante de vidrio adherido a la pared con espejos y 3 estantes de vidrio; 18- estante de vidrio adherido a la pared con espejos y 2 entre paños; 19- mesón de cerámica de dos divisiones de un metro y medio de alto por uno de largo aproximadamente; 20- en la cocina: mesones de cemento con revestimiento de cerámica, más cocina empotrada y mampostería con lava plato de acero inoxidable de 2 tinas, con techo de acerolit con cielo raso, paredes revestidas con cerámica y pisos de cemento pulido; 21- pasillo central: con puerta de hierro hacia la panadería, a mano izquierda gabinete de cerámica madera y ladrillo, en la parte de abajo tiene lava plato empotrado con cerámica y puertas de madera, y al lado del gabinete antes descrito cajera de electricidad, la mitad de las paredes del pasillo están revestidas con cerámicas. Al finalizar el pasillo se encuentra la sala de fabricación del pan, con pisos de cemento pulido, techos de acerolit con sus respectivas ventanas de ventilación, y un extractor sin marca ni serial visible; 22- 3 cuartos de depósito contiguos, más un área abierta con salida al patio, donde hay otro cuarto con su baño, allí mismo hay una escalera que accede hacia la parte superior del inmueble, donde hay 2 habitaciones y cocina con paredes y pisos de cerámica, techos de acerolit con cielo raso y respectiva mampostería; 23- en la misma parte superior, un baño con su respectivo mueblaje y un aire split de 18 toneladas; 24- en el patio hay un cilindro grande contenedor de gas, marca vengas, serial M.0227317 con capacidad de 200 kgs., con sus respectivas tuberías que lo conectan a 2 bombas cilíndricas de 43 kgs; 25- un total de 14 bombonas de 43 kgs.; 26- 2 compresores serial 53.K0809 sin marca, en funcionamiento; 27- finalizando el patio: paredes de bloque y cemento con extensión de 3 mts., aproximadamente. En la misma parte del patio hay un techo de tabelon con doble T; 28- 70 contenedores plásticos (potes) de 18 litros aproximadamente; 29- mesón de acero inoxidable de un metro de alto por 2 de ancho aproximadamente; 30- sistema hidroneumático de un pulmón, y 2 filtros de arena, con una bomba de 2 caballos, en funcionamiento con su respectiva tubería, y si marca visible; 31- una bombona de 10 kgs.; 32- 500 bandejas de fabricación y calentamiento de pan, aproximadamente; 33- nevera cava cuarto sin serial ni marca visible de 3 puertas y 2 mts. y medio de largo, con uno cincuenta de profundidad con dos cincuenta de alto aproximadamente, con los 2 compresores arriba descritos, en funcionamiento; 34- 5 clavijeros de hierro de dos puertas en funcionamiento; 35- 2 clavijeros descubiertos de 2 mts. De largo por cincuenta centímetros de ancho y uno cincuenta de alto; 36- mesón de acero inoxidable de dos metros y medio de largo por uno de ancho y largo; 37- 2 hornos a gas, uno para 10 latas marca Goncar, serial 918, y otro de 20 latas sin serial ni marca visible; 38- una maquina enrolladora, marca Normal 84.1743,0,5.220 en funcionamiento; 39- picadora de tacos sin marca ni serial visible; 40- una mojadera con capacidad para un bulto, sin serial ni marca visible, en funcionamiento; 41- una sobadera de hierro, sin marca ni serial visible en funcionamiento; 42- 50 moldes aproximadamente para hacer sándwiches; 43- mesón de aluminio de un metro de alto, uno y medio ancho por uno de largo; 44- 2 rayadores de pan, uno en funcionamiento sin marca ni serial visible, y el otro sin funcionar; 45- 50 moldes aproximadamente de pastelería; 46- un mueble de formica de 2 compartimientos, sin puertas, de 2 mts. De largo por uno de ancho y uno de alto; 47- repisa de acero de un mt. De largo por 50 centímetros de ancho; 48- una rebanadora de pan sin marca ni serial visible, en funcionamiento; 49- otra sobadora de pan sin marca ni seria visible, inoperativa; 50- una cava refrigeradora marca R.R FRICOVENZA, C. A. de 4 puertas de vidrio con serial 0067, con sus 2 respectivos compresores, en funcionamiento; 51- frizzer de 2 puertas marca Invitrel, sin serial visible; 52- una batidora industrial, con serial BAT.3M, sin marca; 53- 2 vitrinas de acero sin puertas e inoperativas; 54- un calentador de acero y vidrio con referencia 010; 55- una caja registradora en mal estado e inoperativa; 56- una cava demostradora sin serial ni marca visible, en funcionamiento; 57- un calentador de un mt. Sin serial ni marca visible e inoperativa; 58- un frizzer marca neverama de 8 puertas en mal estado e inoperativa; 59- pasillo principal (tipo garaje) de entrada en la residencia con pisos de cemento pulido, techos de tabelon con doble T con una S.M.; 60- una exhibidora de torta, con serial J-09027276-3 inoperativa; 61- en esta área hay una bombona más de 43 kgs.; 62- otra enrolladota de acero, sin marca sin serial visible e inoperativa; 63- 3 compresores mas, 2 en funcionamiento uno de ellos con serial: KAN2-0050-IAA-200, el segundo sin marca ni serial visible e igualmente el tercero que además esta inoperativo; 64- en dicho lugar hay un enrejado de cabillas cuadradas, que divide el garaje con el pasillo, donde están las escaleras para subir a las habitaciones; 65- otra picadora de pan sin serial no marca visible e inoperativa; 66- al finalizar el pasillo se encuentra una puerta de hierro que comunica el patio con este pasillo; 67- 3 ventanas de hierro de los respectivos cuartos antes mencionados; 68- se observan 200 gaveras de refrescos y malta con sus respectivas botellas aproximadamente; 69- escalera de hierro que da acceso al área superior del local donde funciona como casa de habitación, que consta de 2 habitaciones techo de machihembrado, pisos de cerámica, baño completo de cerámica; 70- uno de los cuartos tiene closets de madera más un mueble de madera tipo repisa, ambos cubren la totalidad de una de las paredes; 71- un balcón exterior hacia el frente de la vivienda, hay 2 aires tipo split mascas Nano y CARRIER de 18.000 BTU cada uno”. Esta Jurisdicción administrando justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: INVENTARIADO JUDICIALMENTE el inmueble ut supra identificado con todas sus adherencias y demás bienes muebles, según lo ordenado por el Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio- Juez Unipersonal Nro. 4, con sede en la ciudad de Maracaibo. Siendo las 2:30 p.m. se dio por cerrado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman:

El Juez

ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

La Apoderada Judicial de la Parte Ejecutante

El Perito Práctico

La Notificada

El Secretario

JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS

MUNICIPIOS J.M.S., CATATUMBO,

COLON, F.J.P. Y SUCRE DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

S.B.d.Z., 05 de Noviembre de 2010

200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º

Cumplida como ha sido la presente comisión se ordena devolver original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante oficio. Cúmplase

El Juez

ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario

JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se devuelve constante de diez (10) folios útiles, mediante oficio numero 6150-133.

El Secretario

JOSÉ DAMACIO RODRÍGUEZ FLORES.

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