Decisión de Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 23 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteBella Dayana Sevilla Jimenez
ProcedimientoDivorcio 185-A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, ____ de Marzo de 2010

199º y 151º

ASUNTO: AH1C-F-2008-000033

SOLICITANTES: E.E.A.D. y M.S.S., venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 11.560.927 y V.- 13.262.506, respectivamente.-

ABOGADO ASISTENTE: T.G.G.S., abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.182.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Conoce este Tribunal de la solicitud presentada por los ciudadanos E.E.A.D. y M.S.S., anteriormente identificados, debidamente asistidos por el ciudadano T.G.G.S., ya totalmente identificadas, donde solicita se le declare DIVORCIO y en consecuencia sea disuelto el vinculo matrimonial fundamentando su acción en el ordinal único del articulo 185-A del Código Civil, es decir por separación de hecho en forma ininterrumpida.

Alegaron que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, el día 09 de febrero de 2001, según acta Nº 28, han permanecido separados de echo sin tener ninguna vinculación de cualquier naturaleza ni relaciones de ninguna clase, rompiendo así toda convivencia y vida común.

Admitida la presente solicitud por este Juzgado en fecha 04 de agosto de 2008, se ordeno notificar al Fiscal del Ministerio Publico y se libra Boleta de Notificación en fecha 12 de junio del 2009

El día 13 de enero del 2010, comparece ante este Juzgado la abogada J.H.D.A., en su carácter de Fiscal Centésima Décima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en tal carácter señala a las partes del presente juicio que observo que se han cumplido los requisitos de ley, por lo que manifiesta su conformidad con la presente solicitud.

Encontrándose este Tribunal para decidir el respecto observa:

PRIMERO

La solicitud de Divorcio esta fundamentada en el causal legal como es el ordinal único del articulo 185-A del Código Civil que establece la separación de hecho en forma ininterrumpida por mas de cinco (05) años;

SEGUNDO

En el presente procedimiento se cumplieron con todos los requisitos previstos en la Ley para los de esta índole y no se observaron vicios que ameriten reposición o nulidad de las actuaciones cumplidas y por cuanto no existen objeciones al punto de DIVORCIO, solicitado a juicio del sentenciador es procedente la referida y ASÍ DECIDE.

Atendiendo a lo expuesto este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos E.E.A.D. y M.S.S., venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 11.560.927 y V.- 13.262.506, respectivamente.-, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, el día 09 de febrero de 2001, según acta Nº 28.-

Regístrese y Publíquese

Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ____________________. Años 199° y 151°.-

LA JUEZ

BELLA DAYANA SEVILLA JIMENEZ.-

LA SECRETARIA

SUSANA MENDOZA

BDSJ/SM/Santos-05

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