Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 9 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, nueve de febrero de dos mil nueve

198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-015459

Vista la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano E.J.M.B., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-11.389.339, actuando en su condición de Pastor de la Iglesia C.A.C.d.D., asistido por la Abogada en ejercicio R.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.467; este Tribunal observa que al venir actuar en nombre y representación de una persona jurídica sea esta de índole Moral, Civil o Mercantil en primer lugar debe acompañar el documento constitutivo de la formación de dicha sociedad, y en segundo lugar acreditar la representación legal de la misma, al no darse ninguno de estos supuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.d.E.L., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, por no constar en autos dichos elementos.-

El Juez., La Secretaria Acc.,

Abg. H.R.P.B.A.. B.E..

HRPB/BE/jysp.-

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