Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 2 de Julio de 2008

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2008
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoResolucion De Contrato De Arrendamiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL

AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, ___de junio de 2008

198º y 149º

Visto el libelo de demanda y sus recaudos anexos, presentado por la abogada G.H., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.997, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano E.C.M., este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia se ordena emplazar al ciudadano R.J.D.Q., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 9.486.176, en su carácter de arrendatario en el Contrato de Arrendamiento cuya resolución se pretende, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2º) día de despacho siguiente a la constancia en autos que de su citación se haga, para que de contestación a la demanda que incoara en su contra la representación judicial del ciudadano E.C.M., dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que el alguacil de este Tribunal practique la citación ordenada previo suministro de los fotostátos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia. Respecto a la medida solicitada, este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas, que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de demanda, de los instrumentos fundamentales de la acción y del presente auto, una vez sean consignados los fotostátos respectivos por la parte actora.

La Juez

Dra. María Rosa Martínez

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

Exp Nº 45661

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