Decisión de Juzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 14 de Julio de 2009

Fecha de Resolución14 de Julio de 2009
EmisorJuzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas
PonenteZulay Bravo
ProcedimientoCobro De Bolívares

En el día de hoy catorce (14) de julio del año dos mil nueve (2009), siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.), previa habilitación de todo el tiempo necesario mediante acta de esta misma fecha, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA Z.B.D. y la ABOGADA GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA, SECRETARIA TITULAR; en compañía y a solicitud de ciudadano D.A.A.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.667.976, en su carácter de representante de la parte actora ejecutante sociedad mercantil LOGISTICA AL DÍA C.A., debidamente asistido por la abogada M.C.R.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.725; constituidos en la siguiente en la siguiente dirección señalada por la parte actora: Sede de la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas (CASA), Departamento de Consultoría Jurídica de la Corporación de Abastecimientos y Servicios Agrícolas, ubicada en el edificio Las Fundaciones, Planta Baja, Avenida A.B., Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de continuar con la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES interpuesto por la sociedad mercantil LOGISTICA AL DÍA C.A. contra la sociedad mercantil FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A., expediente N° 7971, recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 22 de junio de 2009.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal fue atendido por el ciudadano MAZZA ESCALANTE ARBERT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.685.803, de profesión abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.407, en su carácter de apoderado judicial de La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA).- En este estado la parte actora debidamente asistida de abogado, antes identificados, exponen: “De conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil, señalo para ser Embargado Ejecutivamente los créditos que posee la parte demandada FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A., en la presente Corporación de Abastecimientos y Servicios Agrícolas, los cuales según informe consignado por el apoderado judicial de la respectiva corporación, corresponde a: a) Factura Nº A-006286, por la cantidad de 19.938,17 Bs.; b) Factura Nº A-006305, por la cantidad de 2,884,40 Bs.; c) Factura Nº A-006308, por la cantidad de 1.603,67 Bs., y d) Factura Nº A00631, por la cantidad de 4.403,11 Bs., lo cual arroja un total de 28.229,35 Bs. Es todo”.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE de conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil; los créditos que a favor de la parte demandada FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A., existen en la presente Institución La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), correspondientes a las siguientes facturas: 1) Factura Nº A-006286, por la cantidad de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOAS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON DIECISITE CÉNTIMOS (19.938,17 Bs.); 2) Factura Nº A-006305, por la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (2,884,40 Bs.); 3) Factura Nº A-006308, por la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS TRES BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (1.603,67 Bs.), y 4) Factura Nº A-00631, por la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS TRES BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (4.403,11 Bs.), que suman un total de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 28.229,35); y se instruye al notificado a emitir cheques de gerencia a nombre del Tribunal Comitente JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, por la cantidad embargada, y una vez se hagan exigibles los pagos correspondientes remitirlos al citado Juzgado el cual está ubicado en la siguiente dirección: Edificio C.V., Primer Nivel, Calle Los Baños, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.- En este estado la parte actora ciudadano D.A.A.G., en su carácter de representante de la sociedad mercantil LOGISTICA AL DÍA C.A., debidamente asistido por la abogada M.C.R.C., ambos identificados, expone: “Por cuanto de la información suministrada por La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), no se reflejan todos los créditos que posee la parte demandada, es por ello que señalo que se embargue ejecutivamente de conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil, los derechos de créditos que se derivan de las facturas que a continuación señalo, en el entendido que el derecho de crédito contenido en las mismas provienen de los contratos Nos. 240-09-2007, 241-10-2007, 240-07-2008, 241-07-2008, 190-06-2009 y 191-06-2009, suscritos entre FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A. y La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), debidamente autenticados por ante la Notaría Duodécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, solicito al Tribunal que corrobore su existencia y declare su embargo ejecutivo y su consecuente desposesión jurídica de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil. Con indicación de prohibición expresa de realizar en forma directa pagos a la ejecutada, ya que tal actuación configuraría un supuesto de desacato y obstaculización de los derechos definitivamente firme que corresponden a mi representada. Visto que en fecha 19-06-2009, el Lic. Leonardo Cruces jefe de Operaciones Portuarias Puerto La Guaira, notificó al Comandante el Ejército S.C. en su carácter de Director General de Comercialización de la referida Corporación, así lo hizo saber, y el Mayor (ENB) F.C. en su carácter de Gerente de Comercialización actúo en la medida de Embargo, tal como consta en autos, no obstante a ello, durante los días 22, 25 y 26 de junio de 2009 la notificada La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), después de notificada efectuó el pago a la ejecutada, en presunto perjuicio de mi representada, reservándome a todo evento legal las acciones que el derecho me confiere. Señalo a continuación las facturas y los montos que arrojan dichas facturas y la fecha de recepción de las facturas por CASA C.A., 00081, recepción de casa el 11-7-2008, por la cantidad de 7.634,86 Bs.; 00107, recepción de CASA C.A. 11-07-2008por la cantidad de 13.509,99 Bs.; 00108, recepción de CASA C.A. 11-07-2008 por la cantidad de 6.327,31; 00109, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 17.447,10 Bs.; 00110, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 21.368,34 Bs.; 00111, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 16.534,79 Bs.; 00112, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 6.507, 48 Bs.; 00113, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 11.720,39 Bs.; 00114, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 9.443,71 Bs.; 00115, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 14.142,37 Bs.; 00116, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 6.426,33 Bs.; 00117, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 9.564,37 Bs.; 00141, recepción de CASA C.A. el 11-07-2008 por la cantidad de 10.115,53 Bs.; 6202 recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 4.247,29 Bs.; 235, recepción de CASA C.A. el 20-11-2008 por la cantidad de 7.857,21 Bs.; 221, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 5.690,90 Bs.; 220, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 4.724,33 Bs.; 219, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 9.322,14 Bs.; 218, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 10.483,50 Bs.; 217, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 10.889,59 Bs.; 216, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 4.738,42 Bs.; 215, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 9.293,89 Bs.; 214, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 8.788,85 Bs.; 213, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 4.859,25 Bs.; 212, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 6.466,92 Bs.; 211, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 5.923,28 Bs.; 210, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 7.082,41 Bs.; 209, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 3.457,14 Bs.; 204, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 24.682,76 Bs.; 205, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 4.410,09 Bs.; 206, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 11.775,11 Bs.; 207, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 6.421,31 Bs.; 208, recepción de CASA C.A. el 13-11-2008 por la cantidad de 4.507,82 Bs.; 305, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 10.432,02 Bs.; 270, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 3.291,20 Bs.; 304, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 3.604,61 Bs.; 273, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 5.919,46 Bs.; 299, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 4.261,97 Bs.; 274, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 5.832,08 Bs.; 282, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 3.913,69 Bs.; 281, recepción de CASA C.A. el 22-12-2008 por la cantidad de 22.287,83 Bs.; 6304, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.638,10 Bs.; 6303, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 1.563,86 Bs.; 6301, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 1.651,78 Bs.; 6298, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 1.542,29 Bs.; 6297, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.191,02 Bs.; 6284, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 9.584.14 Bs.; 6296, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 2.094,49 Bs.; 6283, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 9.690,13 Bs.; 6295, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 1.694,97 Bs.; 6282, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.569,23 Bs.; 6270, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 8.582,44 Bs.; 6281, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.377,01 Bs.; 6272, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.165,95 Bs.; 6280, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 7.955,25 Bs.; 6273, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.555.90 Bs.; 6279, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 8.140,15 Bs.; 6274, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 8.440,83; 6278, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.022,92 Bs.; 6277, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 7.526,32 Bs.; 6276, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.659,65 Bs.; 6314, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 5.129,95 Bs.; 6311, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.158,98 Bs.; 6310, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 5.325,33 Bs.; 6397, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 7.799,32 Bs.; 6313, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 4.403,11 Bs.; 323, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.607,76 Bs.; 366, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 13.998,00 Bs.; 324, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.086,25 Bs.; 364, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 10.239,60 Bs.; 325, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 13.543,72 Bs.; 363, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 7.438,74 Bs.; 362, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.122,07 Bs.; 326, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 28.024,61 Bs.; 361, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.509,37 Bs.; 327, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 11.342,69 Bs.; 328, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.853,49 Bs.; 329, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 10.404,90 Bs.; 360, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.886,58 Bs.; 359, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.541,85 Bs.; 330, G recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.521,57 Bs.; 357, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.361,70 Bs.; 334, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.433,59 Bs.; 356, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.768,86 Bs.; 355, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.594,79 Bs.; 354, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.684,25 Bs.; 335, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.057,24 Bs.; 336, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 9.111,39 Bs.; 353, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5,573,47 Bs.; 337, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 10.360,77 Bs.; 350, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.951,42 Bs.; 349, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.787,13 Bs.; 338, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 22.360,46 Bs.; 340, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 5.716,00 Bs.; 343, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.003,61 Bs.; 348, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.539,12 Bs.; 347, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.122,37 Bs.; 346, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.295,20 Bs.; 345, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.129,96 Bs.; 344, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 3.880,28 Bs.; 388, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 7.059,73 Bs.; 384, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.581,25 Bs.; 430, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 8.200,07 Bs.; 390, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.588,66 Bs.; 427, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.845,91 Bs.; 392, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.713,90 Bs.¸393, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.546,63 Bs.; 425, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 6.663,49 Bs.; 424, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 14.144,13 Bs.; 394, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 25.131,50 Bs.; 95, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.727,83 Bs.; 423, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 8.236,25 Bs.; 421, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 8.478,45 Bs.; 420, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 17.766,79 Bs.; 396, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.706,98 Bs.; 398, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.200,04 Bs.; 399, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 5.513,95 Bs.; 400, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 5.546,65 Bs.; 419, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 16.121,03 Bs.; 418, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 12.492,93 Bs.; 417, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 8.417,87 Bs.; 416, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 5.788,68 Bs.; 401, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.529,74 Bs.; 402, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 5.974,35 Bs.; 403, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 15.709,62 Bs.; 405, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 7.671,48 Bs.; 406, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 10.221,80 Bs.; 415, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 16.403,11 Bs.; 414, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 7.798,05 Bs.; 413, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 16.123,01 Bs.; 412, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 9.919,99 Bs.; 411, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.999,97 Bs.; 410, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.474,25 Bs.; 409, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.472,81 Bs.; 408, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 4.944,90 Bs.; 407, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 6.049, 74 Bs.; 432, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 22.595,05 Bs.; 434, recepción de CASA C.A. el 03-03-2009 por la cantidad de 3.914,37 Bs.; 435, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 10.300,60 Bs.; 436, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.440,10 Bs.; 437, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.534,51 Bs.; 439, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 4.936,95 Bs.; 440, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.166,43 Bs.; 431, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 8.014,83 Bs.; 442, recepción de CASA C.A. el 20-02-2009 por la cantidad de 6.023,71 Bs.; 444, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 7.691,52 Bs.; 445, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 9.396,70 Bs.; 447, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 9.686,93 Bs.; 448, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 3.936,45 Bs.; 449, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 7.147,20 Bs.; 450, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 7.857,21 Bs.; 451, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 5.295,65 Bs.; 452, recepción de CASA C.A. el 05-03-2009 por la cantidad de 6.937, 08 Bs.; 6333, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 2.984,96 Bs.; 6331, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 2.426,14 Bs.; 6351, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.758,19 Bs.; 6350, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 5.783,56 Bs.; 6349, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.849,28 Bs.; 6348, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.237,02 Bs.; 6347, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 9.935,91 Bs.; 6344, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 96.566,79 Bs.; 6341, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.720,11 Bs.; 6340, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 8.636,30 Bs.; 6339, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.222,15 Bs.; 6338, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.952,03 Bs.; 6336, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 7.027,70 Bs.; 6335, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 9.011,24 Bs.; 554, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.365,84 Bs.; 453, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 14.237,58 Bs.; 455, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.834,64 Bs.; 457, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 7.462, 77 Bs.; 459, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.212,20 Bs.; 460, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.176,18 Bs.; 461, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 5.893,28 Bs.; 464, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.480,32 Bs.; 466, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.294,80 Bs.; 467, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3,296,00 Bs.; 468, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 4.505,12 Bs.; 469, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.188,86 Bs.; 470, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.650,92 Bs.; 500, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 8.961,95 Bs.; 499, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 5.272,32 Bs.; 498, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.059,35 Bs.; 471, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 9.041,90 Bs.; 472, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.816,79 Bs.; 473, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.882,15 Bs.; 474, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.296,00 Bs.; 475, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.773,33 Bs.; 476, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 9.730,09 Bs.; 497, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 13.141,35 Bs.; 496, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.788,48 Bs.; 495, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 5.786,73 Bs.; 493, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.296,00 Bs.; 492, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.019,87 Bs.; 491, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.274,14 Bs.; 490, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 7.267,46 Bs.; 489, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.301,50 Bs.; 478, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.598,62 Bs.; 479, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 6.739,02 Bs.; 480, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.296,00 Bs.; 486, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 8.838,08 Bs.; 488, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de 3.296,00 Bs.; 487, recepción de CASA C.A. el 31-03-2009 por la cantidad de13.345,00 Bs.; 6375, recepción de CASA C.A. el 22-04-2009 por la cantidad de 4.095,93 Bs.; 6374, recepción de CASA C.A. el 22-04-2009 por la cantidad de 25.163,60 Bs.; 6373, recepción de CASA C.A. el 22-04-2009 por la cantidad de 10.885,80 Bs.; 6372, recepción de CASA C.A. el 22-04-2009 por la cantidad de 5.544,00 Bs.; la suma de todas las facturas arroja el total de 1.633.180,61 Bs., suma que solicito sea embargada por este Tribunal y puesta a la orden en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, sin perjuicio que dichas facturas sean sujetas a revisión o análisis. Es todo”.- Acto continuo, vista la solicitud formulada por la parte actora ejecutante, este Juzgado a los fines de continuar con la ejecución de la medida, de conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil notifica nuevamente de la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Tribunal de la Causa, al ciudadano MAZZA ESCALANTE ARBERT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.685.803, de profesión abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.407, en su carácter de apoderado judicial de La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), y en tal sentido le solicita nuevamente informe al Tribunal si existen los créditos derivados de los contratos antes identificados por la parte actora, a favor de la parte demandada Sociedad Mercantil FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A., en la presente Institución La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), y en consecuencia informe el monto exacto del crédito, la fecha en que debe hacerse el pago, la existencia de cesiones o de otros embargos, indicando el nombre de los cesionarios y de los otros embargantes y las fechas de notificaciones de las cesiones y de los embargos. Advirtiéndosele la responsabilidad en la que incurre al omitir la información solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 594 del Código de Procedimiento Civil.- En este estado el apoderado judicial de La Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, Sociedad Anónima (LA CASA), antes identificado, expone: “En nombre de mi representada me reservo el derecho de informar al Tribunal Ejecutor, respecto de la solicitud de embargo de los derechos de créditos de la facturas, efectuada por la accionante en la presente acta, en los términos de Ley. Es todo”.- De conformidad con lo establecido en el articulo 594 del Código de Procedimiento Civil se acuerda conceder a la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas Compañía Anónima (CASA), el lapso de dos (02) días contados a partir de la presente fecha, a los fines de que informe a este juzgado el monto exacto del crédito, de los derechos de crédito, la fecha en que deben hacerse los pagos, la existencia de cesiones o de otros embargos, y cualquier otra información legalmente necesaria a fin de que se lleve a cabo el embargo. Se hace del conocimiento del notificado ciudadano ARBERT MAZZA, antes identificado, en su carácter de apoderado de la Corporación de Abastecimientos y Servicios Agrícolas (CASA), que a partir de la presente notificación no deben realizar pago alguno a la empresa demandada FREIGHT XXI CONTAINERS DE VENEZUELA C.A., hasta tanto informe al Tribunal lo solicitado y el mismo haga el respectivo pronunciamiento. También se le informa que dichos datos deben ser remitidos al Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ubicado en la Avenida Este Dos C/C Sur 25, Edificio J.V., Piso 12, Los Caobos, Caracas. Teléfonos 0212-576-77-85, y una vez conste en autos la información se fijará oportunidad para su ejecución, previa solicitud de la parte actora. La presente acta sólo contiene las menciones que por obligación legal le son permitidas, en aplicación de los artículos 188, 189 y 536 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente. El Tribunal ordena hacer entrega en este acto al notificado ciudadano MAZZA ESCALANTE ARBERT, de copia simple de la comisión y de la presente acta, las cuales recibe conforme.- En este estado el representante de la parte actora ejecutante, debidamente asistido de abogado, expone: “Me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la parte demandada para su embargo, en otra oportunidad la cual solicitaré previamente mediante diligencia ante el Tribunal. Es todo”.- Vista la solicitud formulada por la parte actora ejecutante, este Tribunal acuerda mantener la comisión en este tribunal.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de toda la comisión, para ser agregadas al Copiador de Actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 5:00 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ

ABG. Z.B.D.

EL NOTIFICADO

EL REPRESENTANTE DE LA PARTE

EJECUTANTE Y SU ABOGADA ASISTENTE

LA SECRETARIA

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