Decisión de Juzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 5 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas
PonenteZulay Bravo
ProcedimientoInquisicion De Paternidad

En el día de hoy cinco (05) de febrero del año dos mil siete (2007), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA Z.B.D. y la ABOGADA GENAIRE GONZÁLEZ, SECRETARIA TITULAR; en compañía y a solicitud de la apoderada judicial de la parte actora ejecutante Abogada E.D.V.C.D.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.535; en la siguiente dirección señalada en la comisión y por la apoderada de la parte actora: Avenida Principal de Macaracuay, Multicentro Macaracuay, piso 9, oficina 7, Municipio Sucre del Estado Miranda; a objeto de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada y ordenada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL XIV, con motivo del juicio de INQUISICION DE PATERNIDAD sigue M.X.S. contra B.J.L.D.L.; expediente del cuaderno de medidas N°AH51-X-2006-001095; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 26 de enero de 2007.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notificó de su misión al ciudadano J.A.F.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 2.934.713, quien en conocimiento del contenido de la comisión manifestó ser Administrador de la empresa CASANAY CHEMICAL C.A., la cual tiene su domicilio fiscal en la ciudad de Caracas, pero posee otra oficina comercial en la ciudad de Valencia.- En este estado la parte actora ejecutante, antes identificada, expone: “Señalo para ser embargada preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de las acciones que posee la ciudadana B.L.D.L., viuda del fallecido F.O.L.M., en la empresa CASANAY CHEMICAL C.A. Es Todo”.- Visto el señalamiento de la apoderada judicial de la parte actora ejecutante, este tribunal ordena al notificado a presentar los libro de accionistas de la empresa, quien de seguidas manifestó que en este momento los libros se encuentran en la oficina de Valencia, por lo que no puede mostrar los mismos. Asimismo informo al Tribunal que efectivamente la ciudadana B.L.D.L., posee acciones en esta empresa Solicitando al Tribunal ejecutor de medidas le conceda hasta el día jueves ocho (08) de febrero de dos mil siete (2007) para presentar los libros de accionistas de la empresa con la finalidad de cumplir con el mandamiento de ejecución. Acto seguido, el tribunal acuerda de conformidad conceder al ciudadano J.A.F., en su condición de administrador de la empresa CASANAY CHEMICAL C.A., el plazo solicitado y en consecuencia fija oportunidad para la practica de la presente medida de Embargo Preventivo, para el día viernes nueve (09) de febrero de dos mil siete (2007), a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), para que presente los libros de accionistas de la referida empresa.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de toda la comisión para ser agregadas al Copiador de Actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 10:55 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ

ABOG. ZULAY BRAVO DURÁN

EL NOTIFICADO

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

LA SECRETARIA

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