Ejecutivo decreta determinadas exoneraciones del pago del IVA, del Impuesto de Importación y de la Tasa de Determinación del Régimen Aduanero

AutorARAQUEREYNA

A través de este Decreto se han reunido en un solo instrumento jurídico los códigos arancelarios que, a partir de ahora, gozarán de la exoneración, habiendo sido suprimido el beneficio para 5.239 ítems que se encontraban incluidos en la Resolución Conjunta dictada por los Ministerios del Poder Popular de Industria y Producción Nacional, de Economía y Finanzas, para la Agricultura Productiva y Tierras, para la Pesca y la Acuicultura, para la Alimentación, para la Salud, de Petróleo y para el Comercio Exterior e Inversión Internacional, publicada en la Gaceta No. 6.393 Extraordinario de fecha 14 de agosto de 2018 y en el Decreto No. 3.834, publicado en Gaceta Oficial No. 6.454 Extraordinario de fecha 29 de abril de 2019, los cuales quedaron derogados por el Decreto que se comenta.

Recaudos a presentar por ante la Oficina Aduanera respectiva

Para gozar de la exoneración, los beneficiarios deben presentar ante la Oficina Aduanera correspondiente, los siguientes documentos:

  • Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
  • Factura comercial emitida a nombre de beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales a importar.
  • Por su parte, las Oficinas Aduaneras deben continuar llevando el registro de las operaciones exoneradas de impuesto de importación y tasa por determinación del régimen aduanero, las cantidades de bienes, el valor CIF de los bienes importados, el monto del respectivo impuesto de importación y el monto del impuesto exonerado, así como el monto de los recargos, derechos compensatorios, derechos antidumping, intereses moratorios y otros gastos que se causen por la importación.

    Dispensa de otras barreras pararancelarias

    De conformidad con el artículo 5 de este Decreto, se dispensa la presentación ante la Oficina Aduanera correspondiente de los permisos, certificados, constancias y licencias señalados en los numerales 4, 9, 11, 14, 15, 16 y 20 del artículo 21 del Arancel de Aduanas, a saber:

  • Permiso del Ministerio del Poder Popular con...
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