Decisión nº S-N de Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 24 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2011
EmisorJuzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteGuillermo Infante
ProcedimientoResolución De Contrato De Vta Con Res. De Dominio

En horas de despacho del día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos mil once (2011), siendo la Una y cinco minutos de la tarde (01:05 PM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5110-11, conferida por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue Sociedad Mercantil LA CASA ELECTRICA, C.A. contra H.M.A.P., y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por el Tribunal de la causa. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado G.V.R., Inpreabogado Número 11.491, específicamente en la Avenida 100 Sabaneta, Edificio LASA, Planta Alta, Apartamento 1-A, en Jurisdicción del Municipios Maracaibo del Estado Zulia.- Seguidamente éste honorable Tribunal deja constancia que una vez presente en el sitio y después de haber llamado en varias oportunidades siendo negativas en cada una de ellas, nos informaron dos ciudadanos, quienes dijeron llamarse N.Z., Conserje del Edificio y M.G., Encargada de LASA, ambos nos manifestaron que el ciudadano H.M.A.P., ya no vivía en dicho inmueble, en virtud de ello éste honorable Tribunal procedió a retirarse del sitio en donde se encuentra constituido, y acuerda regresar a su lugar de origen.- Siendo la Una y Treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), se cerro la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ

ABOG. GUILLERMO INFANTE

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:

LA SECRETARIA Temp.

Comisión No. 5110-11.-

Gil/adri*.-

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