Decisión nº S-N de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 26 de Abril de 2005

Fecha de Resolución26 de Abril de 2005
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteMinerva Andrade Rodríguez
ProcedimientoResolucion De Contrato Con Reserva De Dominio

En horas de despacho del Día de hoy 26 de A.d.D. mil cinco (2005), siendo las 12:25 pm, de conformidad con lo acordado y a pedimento de la parte, se trasladó y constituyo este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara; Paez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la avenida la Limpia antiguo fin de siglo, ahora Supermart, Local Todo Fashion, Maracaibo, sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte ejecutante Abogado G.V.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 11.491, a objeto de llevar a efecto la MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L. Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue C.A LA CASA ELECTRICA en contra de LUZBEIDA DEL C.H..- Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a M.C.M. venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 16.587.133.-Quien manifestó ser Empleada de la demandada.- Acto seguido el Tribunal designa Perito Avaluador, al ciudadano A.J.N., venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Maracaibo, Estado Zulia, con Cédula de Identidad No. 3.510.222, quien Expuso: “Acepto el cargo recaído en mi persona”.- Se designa como Secuestratario Judicial del bien mueble a secuestrar, por decisión del juzgado de la causa, a la Sociedad Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA, representada en este acto por si apoderado Judicial, Abogado G.V., quien estando presente Expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; y fue juramentado de la manera siguiente: En nombre de su representada jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”.-Acto seguido el Tribunal con asesoramiento del perito designado procede, a identificar el bien mueble objeto de la presente medida: Una Computadora AMD DURON, CPU SERMATECA, Serial No. 0396, Un Monitor avaluado en ( Bs. 250.000,oo ).- El Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el bien mueble anteriormente identificado, haciendo formal entrega del mismo al Secuestratario judicial designado, C.A. LA CASA ELECTRICA, representada en este acto por su apoderado Judicial G.V., quien lo recibe en este acto.- Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:50pm del día de hoy.-

LA JUEZ

EL (LA) NOTIFICADO (A)

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EL PERITO

ACTORA- SECUESTRATARIO JUDICIAL

EL SECRETARIO

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