Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Falcon (Extensión Coro), de 12 de Julio de 2004

Fecha de Resolución12 de Julio de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo
PonenteAntonio Lilo Vidal
ProcedimientoInsercion De Partida De Defuncion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-

S.A.D. CORO; 12 DE JULIO DE 2004.-

AÑOS. 193º Y 144º

EXPEDIENTE Nº: 13.322-04

SOLICITANTE: , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.498.335 domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón.-

ABOGADO ASISTENTE: A.L.N., Abogado en ejercicio, inscrita en el IPSA., bajo el Nro. 69.061.-

MOTIVO: INSERCION POR OMISION DE ACTA DE DEFUNCION.-

Vista la solicitud de inserción por Omisión de Acta de Defunción presentada por la ciudadana E.M.G.Z., en fecha 27 de Abril de 2004, para su distribución y admitida en fecha 05 de M ayo de 2004, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenando el emplazamiento de las partes contra cuales pueda obrar la solicitud. Expone la parte actora lo siguiente: que en fecha 13 de diciembre de 2003, falleció en la que fuera su casa de habitación ubicada en esta ciudad de Coro Estado falcon , su madre E.R.Z.D.G., ahora bien el acta de defunción de su difunta madre E.R.Z.D.G., no se encuentra inscrita en los Libros de Registro Civil de Defunciones, llevado por las autoridades Civiles del Municipio M.d.E.F., es decir la Prefectura del Municipio M.d.E.F. y el Registro Principal del Estado Falcon, Por todas las razones antes expuesta acudió a esta autoridad competente para solicitar como en efecto solicito se sirva declarar con lugar la presente solicitud y en consecuencia se ordene la Inserción del Acta de Defunción de la Ciudadano E.R.Z.D.G. a las autoridades competente del Municipio M.d.E.F..

Se evidencia de un análisis practicado a las actas procesales y los recaudos anexos, donde se evidencia la omisión del Acta de Defunción de la Ciudadana: E.R.Z.D.G..-

En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSERCION POR OMISION DE ACTA DE DEFUNCION, de la Ciudadana E.R.Z.D.G., a insertar en los Libros de Registro Civil de Defunciones, quien murió en fecha 13 de Diciembre de 2003, en la que fuera su casa de habitación ubicada en esta ciudad de Coro Estado Falcon y por consiguiente, se ordena a la PREFECTURA DEL MUNICIPIO MIRANDA y al REGISTRADOR PRINCIPAL ambos del Estado Falcón, la inserción del Acta de Defunción de la ciudadana E.R.Z.D.G. .- Líbrese copia certificada del fallo a las Autoridades antes indicadas, de conformidad con lo previsto en el articulo 502 del Código Civil.-

Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Procedimiento Civil.-

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-

Dado, Firmado, Sellado y Refrendado en la Sala de Despacho de este tribunal, a los Doce días del Mes de Julio de 2004.-

EL JUEZ,

ABG. A.L.V.,

LA SECRETARIA,

ABG. C.H.,

NOTA: La anterior decisión se dicto y publicó en su fecha a la hora de las 2: 00 de la tarde.- Se dejo copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.- Conste, Coro, fecha ut-supra.-

LA SECRETARIA,

ABG. C.H.,

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