Decisión nº 730 de Juzgado del Municipio San Fernando de Apure de Apure, de 21 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado del Municipio San Fernando de Apure
PonenteEumely Sanchez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F. deA., 21 de Febrero de 2011

200° y 151°

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano E.E.J. venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.597.148, asistido por los Abogados A.O.A.Z. e I.C.M.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 96.952 y 147.524 respectivamente, signada con el N°. 2.011- 048; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en una superficie de terreno propiedad del Solicitante, según CONTRATO DE COMPRA- VENTA DE EJIDO, registrado por ante el Servicio Autónomo de Registro y Notarías, Registro Público del Municipio San F. delE.A., en fecha 24 de Mayo de 2.010, bajo el N°. 2010-1261, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el N°. 271.3.6.1.2816 y correspondiente al Libro de folio Real del año 2.010, constante de CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (189 M2), que se desprende de una mayor extensión de terreno de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (386,10 M2), ubicado en el Barrio “Santa Juana”, Sector L.M., Parroquia El Recreo, de esta ciudad de San F. deA., Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Terrenos propiedad de M.G., en Catorce Metros con Treinta Centímetros (14,30 mts); SUR: Calle L.P., en Catorce Metros con Treinta Centímetros (14,30 mts); ESTE: Casa de M.G., en Veintisiete Metros (27,00 mts), y OESTE: Vereda de dos metros, en Veintisiete Metros (27,00 mts), así como dentro de los siguientes puntos y coordenadas: P-1(N 870,378.86; E 672,704.14); P-2 (N 870,377.28; E 672.718,35); P-3 (N 870,404.11; 672,721.34); P-4 (N 870,405.69; E 672,707.13); P-1 (N 870,378.86; E 672,704.14), con un área de construcción de CIENTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS (122,62 M2) ubicado en el Barrio “Santa Juana”, Sector L.M., Parroquia El Recreo, de esta ciudad de San F. deA., Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Terrenos propiedad de M.G., en Siete Metros (7,00 mts); SUR: Calle L.P., en Siete Metros (7,00 mts); ESTE: Terrenos de E.J., en Veintisiete Metros (27,00 mts), y OESTE: Vereda, en Veintisiete Metros (27,00 mts), consistente en Una (1) casa de Dos (2) Plantas, la PLANTA BAJA: Constituida por Una (1) Habitación, Una (1) Sala de Recibo, Un (1) Comedor, Una (1) Sala de Cocina, Un (1) Baño, Un (1) Garaje para tres (3) vehículos totalmente techado en platabanda, piso de cemento pulido. PLANTA ALTA: Tres (3) Habitaciones, Dos (2) Baños, Dos (2) Balcones, piso de cemento pulido y techo de machihembrado, en las cuales se ha invertido la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), fomentados a las únicas y propias expensas del ciudadano E.E.J., plenamente identificad en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. S.M..

La Secretaria,

Abg. P.M.S. DIAMOND.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesad, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria,

Abg. P.M.S. DIAMOND.

SOLICITUD N°. 11- 048.-

EJSM/pmsd/mder.-

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