Decisión nº s-n de Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda de Falcon, de 18 de Enero de 2012

Fecha de Resolución18 de Enero de 2012
EmisorJuzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda
PonenteLexy Josefina Rodríguez
ProcedimientoDivorcio

En fecha 15/11/2011 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 02 folios útiles, remitido mediante Oficio N° 0820-608 de fecha 11/11/2011, relacionado con el Expediente N° 15.094-11, librado en el Juicio por DIVORCIO, presentado por la ciudadana FANNNY E.T., asistida por el Abg. V.S., Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.344, y en el que se Decretó MEDIDA DE SECUESTRO, sobre los bienes muebles pertenecientes a la comunidad conyugal, Para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.

En fecha 17/11/2011 se provee diligencia de fecha 16/11/2011, constante de un (01) folio útil, suscrita por la ciudadana FANNNY E.T., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.883.602, asistida en este acto por el Abg. V.S.D., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.344, quien con el carácter de demandante en la presente causa, confiere Poder Apud-Acta, especial, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere al Abg. V.S.D., Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.344. En consecuencia, este Tribunal tiene como parte en el presente Juicio al profesional del derecho V.S.D., ya identificado.

En fecha 18/11/2011 se dicta auto mediante el cual se provee diligencia de fecha 17/11/2011, suscrita por el Abg. V.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 154.344, quien actúa con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil, solicita a este Tribunal se oficie a la Unidad estatal de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, a los fines de retener los vehículos objeto de secuestro y materializar la medida acordada; este Tribunal Ejecutor de Medidas, por cuanto de la lectura de la presente Comisión se observa que el Comitente ordenó el secuestro de los vehículos en éste plenamente identificados; en consecuencia, provee de conformidad y ordena librar y remitir oficio al Comandante del Cuerpo Técnico de Vigilancia y Transporte Terrestre del estado Falcón, a efecto de que practique la retención de los vehículos identificados en autos y que una vez efectuada dicha retención los ponga a disposición de este Tribunal a fin de trasladarse el mismo a ejecutar la respectiva Medida de Secuestro. En la misma fecha tal como se ordenó en auto, se libró y remitió oficio N° 261-2011, al Comandante del Cuerpo Técnico de Vigilancia y Transporte Terrestre del Estado Falcón.-

En fecha 15/12/2011 se dicta auto mediante el cual se recibe Oficio Nº 084-11, de fecha 14/12/2011, emanado de la Comandancia General de la Unidad de Vigilancia del Transporte Terrestre Nº 72 del estado Falcón, recibido en este tribunal en fecha 14/12/2011, constante de 03 folios útiles, anexo al mismo copia simple del oficio emitido por este Despacho, copia del carnet de circulación del vehículo y copia de la orden de depósito de vehículo, donde pone a disposición de este Ejecutor de Medidas el Vehículo ordenado a secuestrar por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.Agreguese a los autos.

En fecha 18/01/2012 se dicta auto mediante el cual en vista de que en fecha 14 de Diciembre de 2011, fue puesto a la orden de este Tribunal Ejecutor de Medidas, por parte del Comandante Encargado de la Unidad de Vigilancia del Transporte Terrestre Nº 72 de este Estado, mediante oficio N° 084-11 de fecha 14/12/2011, constante de Tres (3) folios útiles y copia simple del oficio mediante el cual este Tribunal ordeno la retención del vehiculo que posee las siguientes características: Clase: Camioneta, Tipo: Sport Wagon Uso: particular, Marca: Toyota, Modelo: 4RUNNER, Año: 2008, Color: Gris, Placa: AB579IS, Serial de Carrocería: JTEZU14R08K017841, Serial de Motor: 8 Cil, el cual fue depositado en el Estacionamiento Occidente Km. 07 de Coro Estado Falcón.

Ahora bien, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la última actuación de fecha 17/11/2011, y como quiera que el interesado no ha solicitado el Traslado del Tribunal para materializar la Medida de Secuestro acordada por el comitente; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.

En la misma fecha se libró Oficio Nro. 019/2012 remitiendola al Tribunal de la causa constante de 18 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.

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