Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 28 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 28 de Septiembre de 2006

Años: 195º y 147º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: M.E.C.R. Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 4.972.680 y domiciliado en tercera avenida entre calles 9 y avenida Caracas, Municipio San F.d.E.Y. y DIAZ ZERPA J.E., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la A.M.S.F.d.E.Y.; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un área de terreno propiedad Municipal, que tiene una superficie de Cuatrocientos Nueve metros cuadrados con cinco centímetros cuadrados (409,5mt2) y un área de construcción de Sesenta y Dos metros cuadrados (62mt2), ubicada en calle vía Coy Montañita “EL Indio” de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, constituidas por una casa de paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento, distribuida de la siguiente manera: Dos (02) habitaciones, una (01) cocina, un (01) comedor y un (01) baño, un (01) tanque aéreo para almacenar dos mil litros de agua con su respectiva bomba, un (01) ranchito de bahareque con zinc y árboles frutales; y cuyos linderos son los siguientes: NOR-OESTE: Calle vía Coy que es su frente, en línea de Diecinueve metros con cinco centímetros (19,5m), SUR-ESTE: Casa de la familia Mogollón, en línea de Diecinueve metros con cinco centímetros (19,5m), NOR-ESTE: Terreno Municipal, en línea de veintiún metros (21m), y SUR-OESTE: Calle sin numero, en línea de veintiún metros (21m). A favor de los ciudadanos: E.D.V.M. REAÑEZ Y P.A.T.A., Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.534.393 y 11.172.831 respectivamente ambos con domicilio en la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 888/2006.

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.

La Secretaria acc.,

E.M.M.T.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

La Secretaria acc.,

E.M.M.T.

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