Decisión nº 168 de Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 12 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2009
EmisorJuzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteAntonio Barroso
ProcedimientoPrestaciones Sociales

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001518

PARTE ACTORA: ELSYS BRAVO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada W.E., Inpreabogado N° 114.165.

PARTE DEMANDADA: INSTUTO MUNICIPAL DEL AMBIENTE (I.M.A)

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Á.P.C., Inpreabogado N° 52.095 en su condición de Sindico Procurador del Municipio Mara.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 12 de Agosto de 2009, siendo las 2:11 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana ELSYS BRAVO en su carácter de parte actora asistida por su apoderada judicial abogada W.E. en su condición de Procuradora de Trabajadores y I.M.A en su condición de parte demandada, debidamente representada por el Sindico Procurador Municipal Á.P.C., quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará a la demandante el día 30/09/09 la cantidad de dos mil bolívares fuertes (Bs.F. 2.000,00) con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones vencidas y fraccionadas, utilidades vencidas y fraccionadas, salarios retenidos, intereses, indemnización sustitutiva de preaviso e indemnización por despido injustificado. Declara la demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Las partes consignan transacción constante de un (1) folio y autorización en un (1) folio. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

El Secretario

Los Presentes:

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