Decisión de Tribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control de Carabobo (Extensión Valencia), de 13 de Enero de 2005

Fecha de Resolución13 de Enero de 2005
EmisorTribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteIleana Valbuena
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

Valencia, 13 de Enero de 2005

Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-007794

Juez 11° de Control: I.V.

Motivo: Solicitud de Vehículo

Decisión: ENTREGA DE VEHÍCULO en GUARDA y CUSTODIA

Vista la solicitud efectuada por el ciudadano E.F., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.040.897, debidamente asistido por el abogado A.H., ambos de este domicilio, en donde solicita la entrega del vehículo que reúne las características siguientes: MARCA: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, CLASE: CAMIONETA, TIPO: STATION WAGON-A, PLACAS: VBV-23A, SERIAL DE CARROCERÍA: FZJ809007996, SERIAL DEL MOTOR: 1Z019274, AÑO: 1996, COLOR: BEIGE, USO: PARTICULAR, es por lo que este Tribunal a los fines de cumplir con el debido proceso, de garantizar un tutela judicial efectiva y de dar respuesta oportuna a las peticiones de las partes entra a resolver la solicitud de entrega de vehículo efectuada por el peticionante de autos y se hace en los términos siguientes: PRIMERO: En fecha 18-11-2004, se recibió escrito contentivo de solicitud de entrega de vehículo efectuada por el ciudadano arriba identificado, y el 22-11-04 este Tribunal por auto de esa misma fecha acuerda oficiar lo conducente a la Fiscalia 3ª del Ministerio Público a los fines de que remitiera a este Despacho las actuaciones que guardan relación con el escrito que antecede, librándose el oficio respectivo en su oportunidad; SEGUNDO: Corre en autos oficio Nº 3856, en donde la Fiscalia 3ª del Ministerio Público remite a este Tribunal las actuaciones originales relacionadas con la presente solicitud, las cuales fueron recibidas en fecha 22-12-2004 por la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; TERCERO: Cursa en las presentes actuaciones informe emanado de la Toyota de Venezuela de donde se desprenden las características del vehículo peticionado y el cual fue solicitado por el Ministerio Público en su oportunidad; CUARTO: Cursa en autos oficio 9700-066-10436 de fecha 27-10-20043, en donde el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, remite Experticia practicada al CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHÍCULO Nº 23411505 correspondiente al vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, CLASE: CAMIONETA, TIPO: STATION WAGON-A, PLACAS: VBV-23A, SERIAL DE CARROCERÍA: FZJ809007996, SERIAL DEL MOTOR: 1Z019274, AÑO: 1996, COLOR: BEIGE, USO: PARTICULAR, en donde el experto N.Q. concluye lo siguiente: “...El Certificado de Registro de Vehículo, signado con el Nº FZJ809007996-2-1, soporte Nº 23411505 a nombre de E.F.F., cédula de identidad Nº V-07040897, descrito en la parte expositiva del siguiente dictamen pericial, calificado como dubitado es: AUTENTICO en cuanto a su soporte y dispositivos de seguridad se refiere...”; QUINTO: Cursa igualmente en las presentes actuaciones Certificado de Registro de Vehículo a nombre de E.F.F., expedido por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre en fecha 29-04-2004, así como también, Carnet de Circulación y Copia Certificada del Documento de Compra-Venta, autenticado por ante la Notaría Pública Sexta de Maracaibo del estado Zulia y de fecha 02-04-2004; SEXTO: Riela en autos, copia fotostática simple de Comprobante de denuncia del Hurto de las placas MAC-19J, las cuales correspondían al vehículo objeto de la presente solicitud y que coinciden con el Informe agregado a las presentes actuaciones y expedido por la Toyota de Venezuela; SÉPTIMO: Además, cursa en las presentes actuaciones, experticia practicada al vehículo anteriormente descrito, en donde el experto R.R. señaló que de la reactivación realizada al chasis FZJ809007996, no se logró obtener resultado alguno; OCTAVO: En otro orden de ideas, desde que se aperturó la investigación respectiva hasta la presente fecha, no existe otro reclamante del vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, CLASE: CAMIONETA, TIPO: STATION WAGON-A, PLACAS: VBV-23A, SERIAL DE CARROCERÍA: FZJ809007996, SERIAL DEL MOTOR: 1Z019274, AÑO: 1996, COLOR: BEIGE, USO: PARTICULAR, existiendo únicamente la solicitud efectuada por el ciudadano E.F., por lo que infiere, quien aquí decide, que lo ajustado a derecho es hacer entrega del mismo al ciudadano E.F. con el carácter que tiene acreditado en autos, en virtud de que demostró la posesión de buena fé sobre el bien antes descrito, lográndose demostrar la tradición legal del bien solicitado por ante este Tribunal, tal como se desprende del documento autenticado por ante la Notaría Pública 6ª de Maracaibo y de Certificado de Registro de vehículo que cursan en las presentes actuaciones; en otro orden de ideas, está el DERECHO A LA PROPIEDAD consagrado en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que prevé, que toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes, previendo el artículo 545 del Código Civil que la propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva; en consecuencia resulta procedente acordar la ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO para su GUARDA Y CUSTODIA del vehículo objeto de la presente solicitud, conforme con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 10 de Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, al ciudadano E.F..

Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 10 de la ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con los artículos 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 545 del Código Civil, se ordena la ENTREGA en CALIDAD DE DEPOSITO para su GUARDA y CUSTODIA del vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, CLASE: CAMIONETA, TIPO: STATION WAGON-A, PLACAS: VBV-23A, SERIAL DE CARROCERÍA: FZJ809007996, SERIAL DEL MOTOR: 1Z019274, AÑO: 1996, COLOR: BEIGE, USO: PARTICULAR, al ciudadano E.F. con el carácter que tiene acreditado en autos, y se ordena nombrar como correo especial al abogado A.H., para que retire y le sea entregado el Oficio dirigido al Estacionamiento F.A. ubicado en esta Ciudad de Valencia, lugar donde se encuentra aparcado el vehiculo objeto de la presente solicitud, dejando a salvo los derechos de terceros; ofíciese lo conducente al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines de que sirva excluir del sistema de Sipol al vehículo entregado por este Tribunal al cual se le remitirá copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Remítase a la Fiscalía en su oportunidad. ASI SE DECIDE. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control, en Valencia a los 13 días del mes de Enero de 2005.

La Juez 11ª de Control

I.V.

La Secretaria

Magaly Parra.

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