Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Carupano), de 14 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2013
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteMaría Pereira
ProcedimientoRatifica La Orden De Aprehensión

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

Carúpano, 14 de Mayo de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-2000-000078

ASUNTO: RK11-P-2000-000078

ORDENA RATIFICAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN

Revisado como ha sido las presentes actuaciones seguida al acusado E.J.L., por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, y en virtud que el referido acusado no ha comparecido a los llamados del Tribunal, así mismo se observa que no consta en actas que efectivamente que el acusado de autos haya fallecido, tal como se evidencia de los diversos actos de comunicación que se han librado solicitando consigne acta de defunción, tanto a los organismos de seguridad, así como a las diferentes prefecturas de este Municipio, sin que hasta la presente fecha, no cursa acta de defunción del acusado de autos, aunado a ello consta oficio N° 1894 de fecha 27-09-2005 (folio 88), suscrito por la Fiscal Segundo del Ministerio Público, en la que se deja constancia que en fecha 19-09-2005 compareció voluntariamente ante esta Fiscalía la ciudadana R.T.L.D.V., manifestando: yo en realidad no tengo conocimiento que E.J.L. este muerto, por que nosotros no tenemos conocimiento de eso, hace domo dos años el salió de la cárcel, estuvo varios días por el sector y después se fue y no hemos sabido nada de él..” Así mismo, se observa que a la resulta de la notificación emitida a la ciudadana: V.L., en su condición de representante del Imputado: E.J.L., cursante al Vto. del folio 140, donde se deja constancia de lo expresado por la ciudadana: R.L. quien es tía del acusado: E.L., quien manifiesta que su sobrino se encuentra desaparecido y que su familia desconoce su paradero. Es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA RATIFICAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN dictada por este Tribunal en fecha: 17de septiembre de 2009, en contra del ciudadano: E.J.L. venezolano, nacido en fecha 24-06-1977, de 32 años de edad, cedulado 13.731.010, domiciliado en el Morro, calle 8 de Febrero detrás del Liceo del Morro, Municipio A.C.E.S., por su incumplimiento con el régimen de presentaciones y por incomparecer a la audiencia, ocasionando obstrucción a la realización de la justicia, todo con fundamento en los artículos 26 y 44, ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en relación con el último aparte del artículo 248, ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez capturado deberá ser puesto a la orden de este Tribunal de Juicio. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese los respectivos actos de comunicación a que hubiere lugar. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE JUICIO

ABG. M.P.L.S.

ABG. CLAUDIA FIGUERO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR