Decisión de Tribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo de Yaracuy, de 25 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2006
EmisorTribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo
PonenteCarlos Manuel Fuentes Garrido
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Veinticinco (25) de Octubre de 2006

196° y 147°

ASUNTO: UP11-L-2005-000215

DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS

Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:

PARTE DEMANDANTE:

Visto el escrito de pruebas presentado por el actor E.H., este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:

En el capitulo PRIMERO referente al merito favorable de autos este Tribunal NO la ADMITE, por cuanto no es un medio de prueba. En cuanto a la prueba testimonial promovida en el capitulo SEGUNDO, este Tribunal la ADMITE, se fija la oportunidad para su evacuación para la fecha y hora de la audiencia de juicio.

PARTE DEMANDADA:

Visto el escrito de pruebas presentado por el ciudadano G.M., este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:

En cuanto a las pruebas documentales referente a Recibos de pagos de beneficios laborales, descritos en los capítulos PRIMERO al DECIMO SEXTO y DECIMO OCTAVO se ADMITEN, por cuanto no son contrarias a derecho salvo su apreciación en la definitiva.

En cuanto a las pruebas de Informe descritas en los capítulos DECIMO SEGUNDO y DECIMO SEPTIMO, se ADMITE, se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy para que informe a este Tribunal, sobre la veracidad de lo expuesto en el escrito de fecha 09 de Noviembre de 2000, y para que informe sobre la veracidad de lo expuesto en la planilla emanada de la sala de consulta, reclamo y conciliación de fecha 29 de Noviembre de 2001. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.

El Juez,

Abg. C.M.F.

La Secretaria;

Abg. ZORAN GARCÍA

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