Decisión nº S-N de Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de Falcon, de 13 de Abril de 2011

Fecha de Resolución13 de Abril de 2011
EmisorJuzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre
PonenteSimón Ramirez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

CHURUGUARA, 13 DE ABRIL DEL 2.011.

AÑOS: 200º Y 152º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: EMIRTO G.R.R., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.473.539, soltero, comerciante, venezolano, mayor de edad, asistido por el abogado en ejercicio J.G.O.M., debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 66911, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: EMIRTO G.R.R., sobre: una bienhechurias constante de: Una (01) edificación, construida con fundaciones de concreto y acero, paredes de bloque frisadas y pintadas, techo de láminas de acerolit y cinc, sobre vigas de metal, piso de cemento liso y cerámica, una (01) sala de recibo y comedor, con ventana y protector de madera y puerta principal de madera maciza, cinco (05) cuartos con ventana y protector de madera, con puertas de madera entamboradas, una (01) sala de cocina empotrada, con puerta trasera metálica, una (01) sala de lavado con puertas metálicas que dan acceso al patio, y dos (02) baños con cerámica, en una construcción de quince (15) metros de largo por trece (13) metros de ancho; edificada en una parcela de Terreno de la Posesión Indígena de Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, cuya superficie es de MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS (1050.M2), Ubicada en la Calle Camarón, casa A-03,

Sector El Pozon de la Comunidad de Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos:

NORTE: Calle el Camarón que es su frente.

SUR: Terrenos Desocupados.

ESTE: Terrenos Desocupados.

OESTE: Solar y Casa de J.T..

El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: OCHENTA MIL BOLIVARES (80.000,00Bs. F.)

La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRECE (13) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL ONCE. (13-04-2.011) AÑOS: 200° Y 152°.

EL JUEZ

ABOG. SIMON RAMIREZ.

EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. J.D.C..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. J.D.C..

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