Decisión nº GH012004001035 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 7 de Diciembre de 2004

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteDenisse Arias Nuñez
ProcedimientoCalificación De Despido

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA

DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000121

PARTE ACTORA: E.D.V.D.T.

APODERADO: R.S.C.G.

PARTE DEMANDADA: PDVSA-GAS, S.A.

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, 07 de diciembre de 2004, siendo las 03:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma, el abogado R.S.C.G., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el No. 17.505, en su carácter de apoderado judicial de la demandante ciudadana E.D.V.D.T., quien consigna en este acto escrito de pruebas constantes de 02 folios y anexos constantes de 33. Se deja constancia que la parte demandada PDVSA GAS, S.A. no compareció ni mediante representante legal, ni por medio de apoderado judicial a la presente audiencia Preliminar; En este sentido el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo prevé: “En aquellos procesos en los cuales se encuentren involucrados los derechos, bienes o intereses patrimoniales de la República, los funcionarios judiciales deben observar los privilegios y prerrogativas consagrados en leyes especiales”, así mismo el artículo 66 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece dicha prerrogativa. En consecuencia, se ordena incorporar a los autos el escrito de pruebas consignados y una vez transcurrido el lapso en el artículo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se remitirá el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Laboral a los fines que sea distribuida la presente entre los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABOG. D.A.N.

LA PARTE COMPARECIENTE

LA SECRETARIA,

EYLYN RODRÍGUEZ RUGELES-J.

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