Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia y Simón Bolívar de Miranda, de 13 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia y Simón Bolívar
PonenteBeatriz Valdez
ProcedimientoQuiebra

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LANDER, INDEPENDENCIA, S.B. Y P.C.D. LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, OCUMARE DEL TUY.-

200º Y 150º

ACTA CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2010.-

C.C. N° 806-2010.-

En la presente fecha 13 de Octubre de dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de medida de ocupación Judicial de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la fallida, la cual fue ordenada en Sentencia de fecha 09/08/2010, decretado por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en la ciudad de Caracas, con motivo del Procedimiento de QUIEBRA seguido en contra la EMPRESA SEGUROS PREMIER, C.A. sustanciado en el Expediente Nº AP11-M-2010-000358 (nomenclatura del tribunal de la causa), donde se decretó LA OCUPACION JUDICIAL DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES PROPIEDAD DE LA FALLIDA, ordenada en la Sentencia de fecha 09 de Agosto de 2010 y se ordena cumplir la comisión y poner de todos los bienes muebles e inmuebles de la fallida al sindico designado ciudadano J.V., Abogado inscrito bajo el Numero 42.646. Seguidamente se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas DE LOS MUNICIPIOS LANDER, INDEPENDENCIA, S.B. Y P.C.D. LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, a cargo de la ciudadana Juez ABG. B.V.D.P. y su respectiva Secretaria ABG. D.E.G.M., y en compañía del Abg. J.V., sindico designado de la fallida, Abogado inscrito bajo el Numero 42.646, ya ubicados en el sector Mopia del Municipio Independencia de Estado Mirando en la población de S.T.d.T., lugar donde se encuentra ubicado un inmueble propiedad de la fallida, constituidos por tres (03) parcelas de terreno y las construcciones en el existente, con una superficie total de Once Mil Trescientos Sesenta y Un Metros Cuadrados con Treinta y Nueve Decímetros Cuadrados (11.361,39 mts2), distinguido con los números 04-10, 04-11 y 04-12 que forman parte de un parcelamiento Industrial Mopia II, ubicado en la Jurisdicción del Municipio Independencia del Estado Miranda, identificado de la siguiente forma: 1)PARCELA Nº 04-10: Uso: Industrial, Área 4.470,21 Mts2, porcentaje 1,1305%, cuyos linderos son los siguientes: NORESTES: Con parcela Nº 04-12, en una longitud aproximada de 37,614 mts y parcela Nº 04-11, en una longitud aproximada de 54,836 mts.; SURESTE: Su frente con la calle “B” en una longitud total de 56,819 mts, distribuida de la siguiente manera en un segmento de línea recta en una longitud aproximada de 40,524 mts y un segmento de curva saliente en una longitud aproximada de 16,295 mts. SUROESTE: Con la parcela 04-09 con una longitud aproximada de 73,38 mts. NOROESTE: Con terrenos adquiridos por CADAFE, para la servidumbre de paso de líneas de alta tensión que atraviesa el parcelamiento en una longitud aproximada de 51,817 Mts (zona Verde); 2) PARCELA Nº 04-11: Uso: Industrial, porcentaje: 0,97830%, cuyos linderos son los siguientes: NORESTES: Su frente calle “B”, en una longitud aproximada de 33,248 mts; SURESTE: Su frente con la calle “B” en una longitud aproximada de 48,712 mts; SUROESTE: Con la parcela 04-10 con una longitud aproximada de 54,836 mts. NOROESTE: Con Parcela 04-12 en una longitud aproximada de 71,06 Mts; ESTE: Intersección calle “B”, en un segmento de curva saliente, en una longitud aproximada de 33,46 mts; y 3) PARCELA Nº04-12: Uso: Industrial, Área: 3.022,78 mts2, porcentaje:0,76445%, cuyo linderos son los siguientes NORESTE: Su frente Calle “B”, en una longitud total 47,25 mts, distribuida de la siguiente manera: dos (02): segmento de línea recta en una longitud aproximad de 36,726 mts y 10,524 mts, respectivamente; SURESTE: Con parcela 04-11, en una longitud aproximada de 71,06 mts; SUROESTE: Con parcela 04-10, una longitud aproximada de 37,614 mts; NOROESTE: Con terreno adquirido por CADAFE, para la servidumbre de paso de línea de alta tensión que atraviesa el parcelamiento, en una longitud aproximada de 71,376 mts (Zona Verde). El antes aludido inmueble se encuentra designado con los números catastrales identificado de las siguientes formas: 1) PARCELA Nº04-10: 151102U06000410; 2) PARCELA 04-11: 151102U06000411; Y 3) PARCELA Nº 04-125: 151102U06000412, ante la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Miranda. El cual le pertenece a la fallida según consta en documento Registrado bajo el Nº 4, folios del 11 al 15vto, del tomo 1 del protocolo primero, del trimestre tercero del año en curso, de fecha 01 de julio de 2008, según consta en copia fotostática del documento de propiedad consignado mediante diligencia y señalado en este acto por el abogado J.V. SERPA, I.P.S.A Nº 42.646, en su carácter de Sindico designado en el procedimiento de Quiebra, para que el mismo sea puesto en su posesión según lo ordenado en la sentencia up supra. Seguidamente se procede a designar como prácticos avaluadores a los ciudadanos H.J.R. y D.R.M., titulares de las cedulas de identidad números V-4.884.132 y V-5.578.410 respectivamente, quienes presente en el Acto aceptaron la designación y se juramentaron, ambos juraron cumplir bien y fielmente los deberes inherentes a la designación. Acto seguido el síndico designado y ya identificado solicita que los prácticos avaladores realicen inventario de los bienes muebles que se encuentran en el interior del inmueble señalado anteriormente. Acto seguido el tribunal visto el pedimento efectuado por el síndico designado Abg. J.V. ya identificado, se admite el pedimento a que se refiere y ordena realizar inventario a los práctico debidame4nte designados y juramentados quienes acataron la orden de inmediato. Seguidamente los prácticos ciudadanos H.J.R. y D.R.M. ya identificado en acta exponen: En este estado procedemos a realizar inventario de lo bienes que se encuentran dentro del inmueble señalado por el síndico como propiedad de la fallida los cuales se describen a continuación de la siguiente manera: tres (03) camilla para pacientes, un (01) equipo completo de computadora, una (01) cajas fuerte FRANK-FORT, color gris de un metro de altura aproximadamente, una (01) Caja fuerte sin marca visible de setenta centímetros aproximadamente de altura, ciento cuarenta y cinco (145) silla con rueda de color negro; ciento treinta y cuatro (134) silla sin rueda de color negro; Ocho (08) muebles tanden metálico de 3 puesto; dos (02) muebles tanden metálico de 2 puesto, nueve (09) muebles tanden metálico de 1 puesto; dos (02) sillas para visitantes de 3 puestos, Nueve (09) sillas plásticas de color azul; ciento setenta y un estante metálico de color gris de 6 tramos; ochenta y tres (83) calculadoras marca Casio, modelo desk top printer, tres (03) enfriadores de agua sin marca visible, cuatro (04) banco de metal y material sintéticos azul y gris, dos (02) escaleras de 5 peldaños cada una, de aluminio, una (01) base de mesa en metal color negro, un tensiometro color gris con su base, catorce (14) archivadores en madera de 4 gavetas cada uno, treinta y seis (36) tipo telefonera de 3 gavetas y dos compartimiento cada uno, setenta y un (71) arturito de 3 gavetas cada uno, treinta (30) muebles aéreos, cuatro (04) muebles verticales de madera, cincuenta y cuatro (54) escritorios, un (01) aire acondicionado portátil marca Tecnolan, un (01) aire acondicionado portátil marca premiun, noventa y cinco (45) papeleras de metal cilíndrica de color gris y negra, cuarenta y siete (47) materos de aluminios grandes, tres (03) carteleras acrílicas, tres (03) carteleras de aluminio, una (01) carretilla color rojo, veintiún (21) mesas de trabajo, treinta y nueve (39) tabiques de madera desarmado, un (01) Rack de comunicaciones, trece (13) mesones, doce (12) porta tendones, dos (02) muebles rectangulares en formica blanca, cinco (05) cuadros en blanco de material sintéticos, treinta y dos (32) piezas acrílicas transparentes, diez (10) puesto de trabajos o mesones desarmados, dos (02) cuerpo de andamios de metal, veinte extintores de 10 y 15 libras, setenta sillas dañadas, una pantalla color blanco con luz interna. Así mismo procedemos a consignar inventario de archivos muertos contentivo de cuarenta y un (41) folio, en la cual se puede constatar la cantidad de tres mil ciento diez (3110) cajas de igual manera consignamos inventario de vehículos aparcado en el inmueble señalado por el sindico los cuales también son propiedad de la fallida Seguros Premier. Seguido se procedió a habilitar el tiempo necesario, en virtud que culmino la hora de despacho y aun no ha concluido el acto. En este estado el tribunal visto el inventario realizado por los prácticos debidamente designado el señalamiento efectuado por el abogado J.V., sindico designado y ya identificado, este tribunal ejecutor de medidas actuando por comisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procede a dar cumplimiento a la sentencia de fecha 09/08/2010 y pone en posesión del inmueble descrito en el acta y de todos los bienes inventariados por los prácticos en la persona del ciudadano J.V., I.P.S.A Nº 42.646, sindico designado en el procedimiento de Quiebra en contra de la Empresa SEGUROS PREMIER, quien los recibe en las condiciones que se encuentra y procede a ocupar judicialmente los mismo. Acto seguido este Tribunal Ejecutor deja constancia que se fijó un Cartel en lugar visible y dio por cumplida la medida decretada por el comitente, siendo las cuatro y treinta minutos de la tarde (4:30 p.m.) Se dio por terminado el acto y el tribunal se regresa a su sede. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman.-==================

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR