Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal y Urdaneta de Miranda, de 28 de Abril de 2010

Fecha de Resolución28 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal y Urdaneta
PonenteEusebia Lucia Poleo
ProcedimientoMedida De Embargo Ejecutivo

ABRIL 2010

Siendo las 9:00 a.m., del día de hoy Veintiocho de A.d.D.M.D., se trasladó y constituyó el Tribunal conforme esta acordado en el sitio denominado Barrio P.P.R., conocido como Barrio Ajuro, específicamente en el sector que lleva por nombre Gran Chaparral, Charallave, Estado Miranda,

a fin de darle cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo, ordenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio por Rendición de Cuentas, seguido por el abogado en ejercicio E.M., contra F.F.. Presentes en este acto el apoderado Judicial Abg. E.M., el depositario judicial Ildemaro Lemus, el perito avaluador Maikel Blanco, previamente identificados y juramentados, los funcionarios policiales Z.I.M. y R.W.C.H., titulares de las cédulas de identidad Nº 13.903.302 y 15.091.537, respectivamente, para el resguardo y c.d.T. y las personas que lo acompañan. Se deja constancia que no se coloco Cartel de Notificación por cuanto no hay ningún tipo de construcción ni bienhechuria donde colocarlo. En este el apoderado judicial de la parte actora Abg. E.M., señala las parcelas a Embargar Ejecutivamente: Parcela Nº 36: alinderada Norte: Parcela 27, Sur: Calle Talanquera, Este: Parcela 37 y Oeste: Calle la Empalizada. Parcela Nº 46: Norte: Calle La Talanquera; Sur: Parcela 56, Este: Parcela 47 y Oeste: Calle la Empalizada; Parcela: Nº 54: Norte: Calle La Talanquera, Sur: Parcela 64, Este: Calle El Pozo y Oeste: Parcela 53; Parcela Nº 63: Norte: Parcela 53, Sur: Calle La empalizada, Este: Parcela 64 y Oeste: Parcela 62; Parcela Nº 117: Norte: Parcela 118, Sur: parcela 116, Este: Avenida Gran Chaparral y Oeste: Parcelas 113 y 116; Parcela Nº 156: Norte: Zona verde y protección Perimetral Norte Urbanización, Sur: Parcela 157, Este: Calle El Viñedo y Oeste: Protección Perimetral de Urbanización Norte y Z.E; Parcela Nº 157: Norte: Parcela 156, Sur: Av. Gran Chaparral, Este: Calle El Viñedo y Oeste: Z.E; Parcela Nº 165: Norte: Calle El Viñedo, Sur: Parcela 174, Este: Zona reserva y Oeste: parcela 164; Parcela Nº 170: Norte: Parcela 161, Sur: Av. Gran Chaparral, Este: Parcela 171 y Oeste: Parcela 169; Parcela Nº 175: Norte: Parcela 176 y protección perimetral Norte Urb, Sur: Calle El Portón, Este: Protección perimetral Norte Urb. 176 y Oeste: Zona de reserva; Parcela Nº 176, Norte: Parcela 177, Sur: Parcela 175, Este: Calle El Portón y Oeste: Protección Perimetral Noroeste Urbanización; Parcela Nº 190: Parcela 189, Sur: Parcelas 191 y 193, Este: No tiene, y Oeste; Calle El Portón y Av. Gran Chaparral; Parcela Nº 199: Norte: Calle la laguna, Sur. Zona Recreacional, Este: Protección Perimetral Este Urb. Y Oeste: Parcela 198; Parcela Nº 235: Norte: Zona verde, Sur: Calle el rodeo, Este: Parcela 236 y Oeste: Parcela 234; Parcela Nº 251: Norte: Calle la Cuadra, Sur: Zona verde, Este: Parcela 252 y Oeste: Parcela 250; Parcela Nº 270: Norte: Calle El Potrero, Sur: parcela 261, Este: Av. Gran Chaparral, y Oeste: Parcela 269 y Parcela Nº 277: Norte: Parcela 285y Protección Perimetral Noreste Urb., Sur: calle El Potrero, Este: Parcela 278 y Oeste Parcela 276. A continuación el perito avaluador Maikel Blanco expone: Se deja constancia que las parcelas se encuentran libres de bienes y personas sin ningún tipo de construcción o bienhechurias y estimo un valor prudencial en la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (55.000.000 Bs), es todo. En este estado el Tribunal declara la desposesión de las parcelas antes señaladas y las Embarga Ejecutivamente y lo pone en posesión del depositario judicial ciudadano Ildemaro Lemus, quien estando presente lo recibe bien y conforme y manifiesta que lo cuidara como un buen padre de familia. Siendo las 12:46 pm, se declara cumplida la misión y acuerda regresar a su sede. Terminó se leyó y conformes firman. L.S. La Juez. La Apoderado Judicial de la parte actora. Los Funcionarios Policiales. El Depositario Judicial. El Perito. La secretaria. (fdos) ilegibles.

Comisión Nº 2010/793

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