Sentencia nº 668 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 11 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 11 de noviembre de 2010

200º y 151º

Visto el escrito presentado en fecha 21 de octubre de 2010, por la abogada R. delC.C.A., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.720, actuando con el carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, mediante el cual promueve pruebas en la acción de nulidad interpuesta por el ciudadano Sargento Técnico de Segunda de la Guardia Nacional T.E.C.G., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 013018, de fecha 16 de diciembre de 2009, notificada el 3 de febrero del 2010 (folio 11 del expediente), emanada del ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, por la cual resolvió “…Separar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por Medida Disciplinaria, al Sargento Técnico de Tercera (sic) TULIO ENRIQUE CORRALES GARCÍA…” (folio 11 del expediente).; este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en los Capítulos I y II del escrito de promoción de pruebas, el cual se contrae a reproducir el mérito favorable de los autos y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

Visto el pronunciamiento anterior, este Juzgado ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio, remitiéndole a dicha funcionaria copia certificada de la presente decisión.

La Jueza,

María Luisa Acuña López La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2010-0136/io.

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