Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 20 de Enero de 2009

Fecha de Resolución20 de Enero de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, 20 DE ENERO DEL 2.009

198º y 149º

PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil “MI CASA, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A” sociedad mercantil con domicilio en Maturín, inscrita inicialmente como sociedad civil, cuyos Estatutos Sociales se encuentran protocolizados en la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Maturín del Estado Monagas, en fecha 13 de mayo de 1977, bajo el N°. 85, folios 228 al 240, Protocolo Primero, Tomo Segundo, 2do. Trimestre y su Acta Constitutiva registrada en la mencionada Oficina Subalterna de Registro Publico en fecha 22 de agosto de 1990, bajo el N° 7, Protocolo Primero, Tomo 9.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: M.M., J.O.L.P., L.A., C.M., R.D., A.C.S., M.A., E.V., A.H., J.F., J.D.S., O.W. y CHEILY CHERSIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 7.724, 11.302, 31.059, 57.926, 71.191, 36.086, 71.334, 72.853, 43.756, 84.858, 96.390, 46.988 y 120.583 y de este domicilio.-

DEMANDADOS: YRABELL COROMOTO S.M. y F.R.I., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 9.062.701 y 7.186.139, de este domicilio.

ASUNTO: DESISTIMIENTO

Visto el desistimiento suscrito por la ciudadana E.V., parte actora, contra los ciudadanos YRABELL COROMOTO S.M. y F.R.I., ut supra identificados, en la cual desiste del presente juicio únicamente en lo que respeta al procedimiento y de igual manera solicita se suspenda la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 25 de Febrero del año 2004 la cual recae sobre un inmueble propiedad de los demandados el cual esta constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, distinguida con el No 03, perteneciente a la parcela 125, de la ultima etapa de la Urbanización Campo Claro. La mencionada parcela de terreno tiene una superficie de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (114,95 M2) y se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con transversal 2 de la Urbanización que es su frente; SUR: Con la parcela 139, ESTE: Con la parcela 126 y OESTE: Con la parcela 124, tal y como consta en documento registrado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Maturín en fecha primero (01) de Diciembre del año mil novecientos noventa y nueve, bajo el No. 07, folios 42 al 49, Protocolo Primero, Tomo 13 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRAMDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes. Y se acuerda notificar mediante oficio al REGISTRO SUBALTERNO DEL PRIMER CIRCUITO DE REGISTRO PUBLICO DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS. Líbrese oficio.-

ABOG. A.J.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA.

ABOG. YOHISKA MUJICA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste

La Stria.

Exp. 27.842

Mbrs

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR