Decisión nº WJ01-P-2006-000043 de Juzgado Cuarto de Juicio de Vargas, de 8 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 8 de Diciembre de 2008
EmisorJuzgado Cuarto de Juicio
PonenteYolexsi Urbina
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO CUARTO UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA

EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 08 de Diciembre de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: WJ01-P-2006-000043

ASUNTO: WJ01-P-2006-000043

4U 1270-07

JUEZ: ABG. YOLEXSI URBINA

FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: ABG. L.R.

DEFENSA PUBLICA PENAL: ABG. FRANZULLY MARIN

DEFENSA PRIVADA: ABG. A.O.

ACUSADO: E.D.A.P. y J.G.F.O.

SECRETARIO: ABG. L.D.G..

Corresponde a este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio, de conformidad con lo establecido en los artículos 365 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentar la sentencia dictada en la presente causa, seguida en contra de los acusados ciudadanos E.D.A.P., de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 18/04/87, de 21 anos de edad, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Vista al Mar, Arrecifre, frente a la planta Tacoa de Electricidad, casa de rejas gris y rosada por dentro, C.l.M., Estado Vargas, numero de teléfono 0212-2233633 y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.536.188 y J.G.F.O., de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, de 23 anos de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en Vista Al Mar, Arrecifre, Casa Nº 15, C.L.M., Estado Vargas y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-19.627.569; quien resultó absuelto de la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, y condenado el ciudadano E.D.A.P., antes identificado, quien fue condenado a cumplir la sanción de L.A., simultáneamente con la imposición de REGLAS DE CONDUCTA, conforme al contenido de los articulo 622, 624 y 626 en relación con la parte in fine del artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, en grado de COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en relación con el articulo 84 ordinal 3° ejusdem a tal efecto este Juzgado motiva y fundamenta el pronunciamiento de dicho fallo en los siguientes términos:

I

DE LOS HECHOS OBJETO Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO ORAL

En la audiencia de apertura del Juicio Oral y Publico celebrada por este Juzgado Cuarto unipersonal de Juicio, el día 27 de Junio de 2008, la Dra. L.R., en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, realizó su discurso de apertura indicando al Tribunal: “En la apertura del presente Juicio Oral, para determinar los hechos del debate del presente juicio el Ministerio Público establecerá en primer lugar en relación al ciudadano: J.G.F.O. y E.D.A.P. los presentes hechos ocurrieron el seis (06) de diciembre del año 2006; la victima el ciudadano CHELERO PALERO A.J., el ciudadano es chofer de un microbus de pasajeros, según los testigos la narración de ellos pudieron apreciar que los a acusados se introducen en el vehículo, uno de ellos portando arma de fuego para atracar a la unidad y los pasajeros que se encontraban allí, con manifiesto a las características físicas los testigos de estas dos personas, al efectuar atraco en esa misma unidad, escuchan y manifiestan un disparo que le causó la muerte al ciudadano J.A., los testigos manifiestan también que pudieron observar cuando los acusados se bajan, portando en la pretina, específicamente a quien se le imputa el delito de porte ilícito de arma de fuego, el ciudadano E.D.A.P., portaba un arma de fuego corta tipo escopetin, posteriormente a estas informaciones que obtiene el órgano policial hacen el recorrido por las tunitas, logrando avistar a los ciudadanos que los testigos habían manifestado las características física y hasta la forma en que estaban vestidas, al momento de hacer la aprehensión y en presencia de un testigos, el ciudadano ABAD para el momento que es aprehendido portaba un arma de fuego tipo escopetin, un arma de fuego corta. Asimismo el Ministerio Público acusó a los dos ciudadanos, ambos por homicidio calificado, pues se realizó esta muerte en la ejecución de un robo a mano armada y para el ciudadano E.D.A. a parte del delito de homicidio calificado, porte ilícito de arma de fuego, ya que al momento de su aprehensión y en presencia de un testigo, el ciudadano portaba un arma sin la permisología legal; este hecho fue el seis (06) de diciembre del año 2006. Ahora bien ciudadana juez, para el ciudadano E.D.A.P. el Ministerio Público en el día de hoy iniciando esta apertura, a objeto también de otro hecho, el cual se acumuló, la fecha es el quince (15) de octubre del año dos mil cuatro (2004), aproximadamente a las 12:40 de la mañana se encontraba el ciudadano de nombre USECHE L.V.d. 46 años de edad, este ciudadano tenía una bodega un lugar comercial, según narración de los testigos, cinco testigos presenciales aproximadamente, manifiestan cuando este ciudadano, e acusado E.D.A. en compañía de dos (02) sujetos mas llegaron a ese lugar, allí se encontraba el ciudadano hoy occiso y la esposa de este, los otros dos imputados le manifiestan a ERICK que se quedara afuera para observar si venia alguna persona que inmediatamente le avisara a ellos, es así que la victima se resiste al hecho de ser robado y por esa resistencia disparan el arma de fuego que portaban y dan muerte al señor USECHE, el Ministerio Público sostiene esta versión y manifiesta, ya que de la misma manera pudieron ser reconocidos los tres sujetos, un hijo del ciudadano occiso que los encuentra cuando ellos se están alejando del lugar, lo amenazan y le manifiestan que de abrir la boca lo que conseguiría sería la muerte, el manifiesta que el señor ERICK era uno de los que se encontraban allí, ya que tienen un sobrenombre, le dicen “el manquito Erick”, este hecho comenzó cuando el acusado ERICK era menor de edad, adolescente, la calificación jurídica a parte de lo que dije también existían otros vecinos que pudieron observar a los tres sujetos que días anteriores estaban dando vueltas como observando el referido local comercial, para hacer sus fechorías días posteriores y que igualmente pudieron observar que estos tres sujetos el día 15 de octubre de 2004 se encontraban allí en el barrio y uno de ellos portaba un arma de fuego; la calificación jurídica para el señor ERICK que también será objeto de estos hechos del presente juicio oral, específicamente para él es el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO y la participación de él es en GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO, ya que él era el que se quedaba afuera en vista de que llegara alguna persona que podía evitar o darse cuenta de esta situación era al que le correspondía avisarle a los dos sujetos de esta situación, por lo tanto dos hechos será objeto el señor E.A., de dos hechos punibles, dos HOMICIDIOS que el Ministerio Público le imputó y porte ilícito de arma de fuego también para él, para el otro J.G.F.O., HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO A MANO ARMADA, es todo”.

Por su parte la Dra. A.O., Defensora Privada del acusado ciudadano E.A.P., expuso en su discurso de apertura lo siguiente: “Siendo esta la oportunidad procesal y estando en la apertura del presente juicio amparo a mi representado en el principio de presunción de inocencia, siendo el Ministerio Público quien deba desvirtuar en toda y cada una de las partes el presente e imperioso principio para demostrar la culpabilidad de mi representado en los hechos que hoy a narrado, igualmente ratifico mi escrito presentado en tiempo hábil en donde se consignaron y se promovieron unos testigos, los cuales fueron pertinentes, útiles y necesarios para el esclarecimiento de los hechos, es todo”

Por su parte la Dra. Franzully Marin, Defensora Publica Penal Segunda del acusado ciudadano J.G.F.O., expuso en su discurso de apertura lo siguiente: “Me corresponde en este acto asistir al ciudadano J.G.F.O. a quien la Fiscal del Ministerio Público acusó por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO. Ahora bien, en nombre de la institución que represento no pretendo la impunidad de un hecho punible, pero no obstante debo señalar que en fecha 20 de marzo del año 2007 se realizó por el Tribunal tercero de control de este Circuito Judicial Penal AUDIENCIA PRELIMINAR, donde se ventilaron los hechos en relación al caso que nos ocupa y si bien es cierto se evidencia que hubo la muerte de una persona, no es menos cierto que no existen pruebas fundamentales contundentes que involucren al ciudadano J.F. en los hechos de los cuales se les acusa y que fue admitido dicho escrito acusatorio en esa oportunidad. Razón por la cual esta defensa tiene la certeza que durante el debate probatorio el Fiscal del Ministerio Público no podrá desvirtuar la presunción de inocencia que opera a favor de J.G.F., me acojo al principio de la comunidad de la prueba en todo lo que a él beneficie, y ratifico que solicito que para que las pruebas documentales sean valoradas por este Tribunal sean ratificadas en juicio por quienes las suscriben, es todo”

Realizados los respectivos discursos de apertura de las partes e impuesto el acusado de autos del contenido del articulo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los ciudadanos E.A.P. y J.G.F.O., manifestaron su deseo no declarar en consecuencia fue declarado abierto el debate.

II

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS.

Luego de oír las exposiciones realizadas por las partes, funcionarios policiales, expertos y testigos que comparecieron al juicio oral y público, esta juzgadora considera plenamente probado los siguientes hechos:

Quedo plenamente demostrado que el acusado E.D.A.P., conjuntamente con otros ciudadanos fueron las personas, que en fecha 15 de Octubre de 2004, aproximadamente a las 8 de la noche; se dirigieron hasta la Bodega Mercal, ubicada en el sector de Arrecife, llamaron al occiso, dos de ellos, mientras el ciudadano E.A. espera a pocos metros, donde se encontraba una lancha abandonada, vigilando la zona, mientras que los otros dos trataban de robar el local antes mencionado, procediendo a quitarle la vida al ciudadano Useche L.V..

III

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Durante el debate oral y público fueron evacuados los siguientes medios probatorios:

Declaración del ciudadano Y.S.H.G., titular De la Cédula de Identidad Nº V-16.914.682, de profesión u oficio, del Hogar y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

En ese momento yo acompañé a mi mamá a bajar a la parada porque se iba para su casa, eran como las 05:30, entonces como estaban los muchachitos de una vecina que estaban esperando a su mamá que venía en camino, ellos me dijeron a mi que los acompañara a estar con ellos en la entrada hasta que llegara su mamá, entonces yo le dije bueno yo me voy a quedar con ustedes, estaba yo con ella y estaba con los dos hijos míos, estaban los tres muchachitos y otra señora que fue a botar la basura que también se quedó con nosotros ahí, entonces ya venía el autobús ya, entonces estaba con los muchachitos ahí y en eso escuché el candelazo, entonces yo los cubrí a ellos y me tapé la cara y les dije que se escondieran rápido y los muchachitos se me tiraron encima, yo escuché nada mas el candelazo y me cubrí porque eso estaba muy oscuro, eran las 06:40, escuché unos pasos que corrieron y cuando pasó la cuestión gritaron que se fueron y el muchachito de la vecina dijo que mataron al señor, los niños se pusieron muy nerviosos y me dijeron mami vámonos, en ese momento venía cruzando la señora que fue a botar la basura y dijo que ella vio el candelazo y a los dos tipos que pasaron corriendo para arriba, pero la verdad yo no los vi porque yo me cubrí junto con ellos, yo realmente no los vi, no se quienes fueron, es todo

. A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Usted menciona que el día de los hechos se encontraba acompañando a su mamá? si. ¿Cómo se llama su mamá? R.B.. ¿Dónde queda esa parada específicamente? En la entrada del gas, a eso le dicen la entrada del gas, eso se llama paraíso sur, pero le dicen entrada del gas porque parece que ahí había un establecimiento de gas. ¿En que urbanización o en que barrio queda esa entrada del gas? En el paraíso sur. ¿Usted manifiesta que habían unos niños en esa parada, como se llaman los niños? El hijo mío se llama Richard. ¿Y los niños que estaban esperando a su mamá? J.C. y Rosa. ¿La señora de la basura que usted indica también se encontraba ahí en la parada? Si ya ella venía cruzando cuando ocurrió el hecho, después que ocurrió el hecho que ella oyó el c.t.¿.s. llama la señora? Ella se llama RAIZA, el apellido no lo sé. ¿Quiénes estaban con usted en la parada? Como eso estaba demasiado oscuro yo lo que vi fue el candelazo y la arrope a ella que tenía tres meses, al hijo mío y a los dos muchachitos de la vecina que también se me montaron encima. ¿Algo escuche en su declaración de un autobús? Si, un autobusero, él venía de arriba. ¿De que color era el autobús o como era el autobús? Era pequeño, blanco con azul. ¿Usted pudo observar al chofer? No, no la observé bien porque eso estaba muy oscuro y yo lo que vi fue el candelazo, él hijo mío vio el arma que era un chopo, dice él que era un chopo. ¿Su hijo como se llama? Se llama Richard. ¿Y que le manifiesta Richard? No mamá yo lo que vi fue que era un chopo, que uno de los muchachos tenía un chopo. ¿Cuántas personas estuvieron cerca de ese autobús? Yo en ese momento no pude ver las personas que eran, si eran dos no se, los muchachitos si dijeron que eran dos, el hijo de la señora dijo que eran dos que también vio que llevaban un arma en la mano un chopo o una escopeta algo así. ¿Qué era lo que levaban? Como un chopo o una escopeta. ¿Usted manifiesta que estaba con tres niños, que le manifiestan? Si Richard y Edismar y ella dice que no vio nada. ¿Y los hijos de la señora Maira que estaban esperando? El dice que tenía un arma en la mano y arrancaron a correr hacia arriba, dice que eran dos. ¿Como se llama el niño que le manifestó eso? Juan. ¿Después que usted levanta la cabeza vuelve a visualizar el autobús de color blanco y azul que venía? Si porque después que ocurrió el hecho ya venían bajando los carros normal. ¿Usted se acercó al autobús después de lo sucedido? No, yo no me acerqué en ningún momento. ¿Usted pudo observar a la persona que se hallaba muerta ahí? No, no lo reconocía. ¿Cómo usted supo que había muerto? Porque pasaron unos motorizados donde habían unos policías y dijeron “aquí hubo un muerto”, en ese momento llegó la señora que fue a botar la basura y la hija mía estaba temblando y me decía “mama vámonos, mamá vámonos”, entonces yo subí a mi casa. ¿Por qué usted sabia que había fallecido alguien en ese autobús? Porque en ese momento llega la mamá de los muchachitos y dijo que allá abajo mataron a un chofer, y yo le dije nosotros nos tuvimos que ir y eso ocurrió cuando estábamos allá abajo. ¿Cuándo usted se refiere a un c.e.u.d.a.l. que usted determina candelazo? Si. ¿Cuántos escuchó? Uno solo.

A preguntas formuladas por le Defensa Privada respondió: ¿Quien más se encontraba con usted a parte de los niños? Nosotros y la señora que fue a botar la basura. ¿Y quien es esa señora? Se llama RAIZA. ¿Y tiene algún nexo con los niños que se encontraban con usted? No, ella es una vecina de por allá. ¿Cómo era el ambiente, era de tarde, era de noche? Eran las 06:40, ya estaba oscurísimo. ¿Y como puede decir usted que el autobús era blanco con azul si todo estaba oscuro? Porque en ese momento cuando yo iba subiendo venía subiendo un carro y detrás del carro el autobusero. ¿Usted se da cuenta del color del autobús antes de escuchar el disparo o después que escucha el disparo? Después que pasó todo. ¿Qué edad tiene su hijo? 08 años. ¿Y como puede él diferenciar que es un chopo y un arma normal? Porque yo lo tenía en el barrio Quenepe donde yo vivía antes con mi mamá y como por ahí se ve eso, él ya conoce lo que es pistola y eso. ¿Según lo que dijo su hijo Richard es que era un chopo, un arma normal? Él lo que dijo fue que era como un chopo o una escopeta y lo dijo el otro muchachito también. ¿A que distancia se encontraban esos niños del autobús cuando vieron el arma que cargaban? Ellos vieron cuando pasaron los dos muchachos, porque ellos levantaron la cabeza, yo les dije “no levanten la cabeza” pero ellos la levantaron y vieron cuando pasaron los dos con el arma en la mano. ¿Ellos fueron los que observaron a estas personas? Si, porque yo no los vi. ¿Entonces usted puede decir en este momento que las dos personas que están allá sentadas no son las personas que estaban? No, no los conozco. ¿Y con la otra señora después que pasa? La otra señora fue a botar una basura se consiguió una bombona de gas y la tenía cargada, en eso sintió el disparo y corrieron hacia arriba. ¿Y después fue que llegó la mamá de los os niñitos? Si ella llegó después. ¿Aparte de usted que otra persona se encontraba ahí? Más nadie.

A preguntas formuladas por la Defensa Publica Penal respondió: ¿Cuando usted observó el autobús estaba en movimiento o estaba estacionado? Iba rodando. ¿Se estacionó en algún momento? Se paró fue en la carretera de arriba. ¿A que distancia más o menos de usted se paró el autobús? A una distancia más o menos larga. ¿Usted de allí de donde estaba a donde estaba el autobús logró ver hacia adentro? No, no se veía nada. ¿Logró observar cuantas personas había dentro? No, no vi eso estaba demasiado lejos. ¿Usted puede decir si logró ver quien accionó el arma? No, no se, yo vi fue el candelazo nada mas porque eso fue muy rápido. ¿Usted logró ver la cara de los dos sujetos que dicen los niños que salieron del autobús? No porque en eso yo tenía la vista agachada y estaba cubriendo a la niña y al otro niño que tenía en la pierna.

Declaración de la ciudadana Y.D.V.J.C., titular de la Cedula de Identidad Nro. V-6.316.892, de profesión u oficio farmacéutica, adscrita al laboratorio físico-químico del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una de las firmas contenidas en la experticia que le fue puesta de manifiesto, quien entre otras cosas expuso:

Se pidió que se determinara la presencia de iones oxidantes, nitratos y nitritos en varias evidencias, las cuales están descritas a tal experticia, luego de practicar los análisis respectivos se llegó a la conclusión de que las prendas de vestir recibidas y signadas con los números 1, 2, 4 y 5 no se detectaron iones Oxidantes, nitratos y nitritos componentes características de la deflagración de la pólvora; y en la pieza recibida y signada con el Nº 4 no se pudo detectar la presencia o no de estos iones, oxidantes debido a la interferencia ocasionada por agentes contaminantes presentes en la prenda de vestir, es todo

La representación Fiscal no formulo preguntas. A preguntas realizadas por la Defensa Publica Penal respondió: ¿Podría decir ante este tribunal si esa experticia que usted realizó es de orientación o de certeza? Certeza.

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Usted puede determinar con certeza que a las personas que se le incauto el arma dispararon esa arma de fuego? No.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Quiere decir que la persona no manipuló ningún arma de fuego? No. ¿Si la prueba da negativa eso no quiere decir que no la haya manipulado? Exactamente. ¿Usted pudiera manifestar de acuerdo a la experticia de las evidencias que se le practicó, cuales eran las evidencias a las cuales se le practicó esta experticia? La experticia se le practicó a cinco evidencias; la primera una franela de mangas cortas, cuello redondo, tamaño mediano, de colores blanco y marrón y de etiqueta identificativa donde se podía leer 100% algodón, entre otros, la cual presentaba cuatro estampados de color azul, uno en la parte antero inferior izquierda donde se l.N., una en la antero superior derecha, otro en la parte postero superior alusivos a la marca comercial NIKE y el restante en la parte postero superior interna, donde se l.D., entre otro; la segunda prenda de vestir a la que se le practicaron los análisis de determinación de iones oxidantes, nitratos y nitritos, era un short talla S, de colores azul, gris y anaranjado, de etiqueta identificativa donde se l.U., un mecanismo de cierre y ajuste, constituido por bandas adheridles, lo que se conoce como cierre mágico, una trenza de color gris, el mismo presentaba en el lateral derecho a nivel del bolsillo, un aplique de material sintético de color anaranjado, donde se podía leer ONIL, en el lateral izquierdo a nivel del bolsillo, y en la parte postero superior un bordado de colores anaranjado y gris, respectivamente, donde también se leía ONIL: la tercera prenda a la que le practiqué el análisis fue un pantalón tipo jeans talla 28, de color azul, etiqueta identificativa donde se leía RAZZI JEANS, el mecanismo de cierre estaba constituido por un cremallera metálica desprovisto de botón, presentaba dos apliques y fibra sintética donde se leía RAZZI, uno en la parte antero superior derecha y el otro en la parte postero superior derecha a nivel del bolsillo, la cuarta prenda era un short tamaño mediano de color negro, con franja de color blanco, puesta en forma horizontal en la parte superior, etiqueta identificativa donde se leía “hecho en china”, entre otros, su mecanismo de ajuste estaba constituido por una banda elástica y una trenza de color roja, presentaba en la parte entero superior derecho un aplique de colores rojo y amarillo, donde se l.M.U., y en la parte antero inferior izquierdo un bordado de color blanco; la quinta y última prenda de vestir era una franelilla tamaño mediano, de color negro sin etiqueta identificativa. ¿Usted manifestó que en una de las prendas no se pudo evidenciar la presencia de los iones oxidantes, nitratos y nitritos, esto debido a agentes externos? En este caso este contaminante externos, exógenos a la prenda de vestir en el material terroso, se nos presenta cuando se hacen los análisis una interferencia, puesto que los iones nitratos y nitritos que yo estoy buscando en la prenda de vestir puede que me de una positividad en mi prueba, ocurre que el material de terroso por si contiene nitratos y que como en la tierra sabemos que hay bacterias, pueden decomponer ese nitrato a nitrito, y nitrito es la prueba de certeza que yo tengo, entonces no se si estos nitritos presentes en la prenda de vestir es por la deflagración de la pólvora o por el material terroso presente en la prenda. ¿En las otras prendas usted manifestó que no había iones oxidantes, nitratos y nitritos? No. ¿Qué condición necesaria de una persona que haga un disparo de un ama de fuego se presente los iones oxidantes, nitratos y nitritos en la ropa que posee para ese momento? No, eso va a depender de las condiciones en que se realice ese disparo, las condiciones ambientales, también influye la posición en que se pueda tener el arma, las fibras como están constituidas, las prendas de vestir también influyen y el tipo de arma, el tipo de munición que se utilizó, así como también la manipulación que se le haya dado a la prenda de vestir. ¿Es decir que aun cuando una persona haya disparado puede ser que no exista la presencia de los hidrógenos oxidantes, nitratos y nitritos? Si.

Declaración de la ciudadana M.L.N., titular de la cédula de identidad N° V-5.095.358, de profesión u oficio médico anatomopatólogo, jubilada de la PTJ desde el año 2005 y al antiguo Ministerio de Sanidad, Patólogo Clínico en varias clínicas privadas, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida en el Protocolo de autopsia inserto al folio 182 de la pieza cuatro, quien entre otras cosas expuso:

Esta autopsia fue realizada en el año 2004, el protocolo de autopsia es bastante conciso, por cuanto lo más importante que describo y la conclusión de este caso es que hubo un shock hipovolémico por herida por arma de fuego en el abdomen, hubo una herida con orificio de entrada de un centímetro de diámetro circular u ovoide de derecha a izquierda con orificio de salida de 1.3 cm de diámetro en la región costo iliaca izquierda, que ocasionó perforación de hígado, asas Intestinales, arterias ilíaca izquierda y en la cavidad peritoneal tres litros de sangre; un solo orificio por arma de fuego con su orificio de salida, entonces fue de derecha a izquierda, fue perforando el hígado que se encuentra del lado derecho, pasa por todo el abdomen, perfora las asas intestinales (delgadas y gruesas), y arteria ilíaca izquierda; si no hubiese perforado la arteria ilíaca izquierda de igual manera es una herida muy grave, perforando la arteria ilíaca izquierda es mortal, porque eso es una rama directa de la arteria Aorta, que es la arteria que es la arteria mas grande que tenemos en el cuerpo humano, la hipovolemia es cuando la sangre sale y escapa de donde debe circular la sangre que es en las arterias y en las venas, por ahí circula la sangre, no puede circular libremente en las cavidades corporales porque si circula por las cavidades corporales nos desangramos, y las cavidades virtuales son: la cavidad craneal, la cavidad toráxico que es la mas grande y la cavidad abdominal también que es grande, ahí no puede haber sangre suelta, la sangre está en los tejidos, en las arterias y en las venas, no en las cavidades sueltas, entonces yo aquí describo que encontré suelto tres litros de sangre que es bastante, es mas de dos tercios porque un hombre de 46 años lo menos que tiene son cinco (05) litros de sangre, ya con tres (03) litros de sangre se muere, es todo

A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: ¿Según la descripción de la trayectoria intra orgánica que usted describió, esta trayectoria es descendente? Si es descendente porque entra y lesiona al hígado que esta en el flanco derecho, luego entra y sigue, el trayecto es descendente, por cuanto lesiona las arterias finales pero va a parar mas a bajo que es donde está la arteria casi esta el fosa iliaca izquierda y dice que el orificio de salida sale por la región posterior izquierda y entra por el flanco, de manera que es de banda a banda.

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Según el protocolo puede establecerse si el disparo fue realizado a corta, a media o a larga distancia? No lo puedo establecer, pero podría ser una distancia mediana, porque si fuese de cerca el orificio de entrada fuera más grande que el de salida, y si fuera muy lejos el orificio de salida se hace pequeño, de manera que debió ser por el tamaño, a mediana distancia, digamos entre dos y seis metros. ¿En cuanto al orificio de entrada se puede determinar que tipo de arma fue la que le ocasionó la herida al hoy occiso? No, eso no lo puedo determinar porque no se de balística, eso le compete a la parte policial.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: Usted manifestó en sus conclusiones que la causa de la muerte era de un shock hipovolémico, de acuerdo a su experiencia las características de esta herida ¿No cabe duda que esta fue la causa de la muerte? La única causa de la muerte, la herida en el abdomen con esas lesiones, la gravedad de perforar la arteria que fue cercenada, es demasiada la sangre que sale y sale bastante rápido y como se lesionan también las asas intestinales, sobre eso viene una gran infección, pero en principio lo que es rápido y de inmediato es una hipovolémia que ocurre con una arteria que es grande y de gran calibre. ¿Pudiera indicar si esta es una herida defensiva? Yo no puedo decir eso, solamente se describió en este caso fue la herida en abdomen.

Declaración del ciudadano I.J.M.R., titular de la Cedula de Identidad Nro. V-12.460.783, de 34 años de edad, de profesión u oficio seguridad, trabajando actualmente en Conferry, y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

Lo único que se es que el llegó a mi casa como siempre iba y no me dijo nada, en ese momento llegó la policía y se lo llevó, también revisaron mi casa y la volvieron patas arriba, buscando un armamento, porque supuestamente el estaba involucrado en un delito de homicidio que yo no sabía y me llevaron a mi, eso fue todo lo que yo vi, es todo

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A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Recuerda mas o menos en que fecha sucedieron esos hechos? Octubre, la fecha exacta no la se. ¿Hora aproximada? Diez de la mañana. ¿Qué fue lo que sucedió a las diez de la mañana en su casa? Yo estaba trabajando, yo en ese tiempo era albañil y estaba trabajando en mi casa y E.A. llegó a mi casa como siempre había llegado, yo le pregunté que había pasado y él me dijo que nada, yo le dije que llamara a su mamá y en ese momento llegó la policía, estaba mi hermano también ahí y mi mamá, uno de los policías me dijo que a él lo estaban buscando por todo el Estado Vargas. ¿Ellos te mostraron alguna orden? No nada ellos entraron apuntando a todo el mundo en la casa, hasta a mi mamá la apuntaron. ¿Ellos revisaron tu casa? Toda mi casa. ¿Y que encontraron? Nada. ¿Cuánto tú le preguntaste a él que sucedía que te contestó? Que a él lo estaban acusando de un homicidio supuestamente. ¿En el momento que llegan estos funcionarios a su casa ellos lo revisaron a él en ese momento? No, solamente nos dijeron que nos pegáramos contra la pared y mas nada y nos preguntaron el nombre a todos los que estábamos adentro, ¿En algún momento estos funcionarios llevaron algún testigo para esa revisión? No, hay habían puros policías. ¿Cuántos policías entraron? Cuatro o cinco funcionarios y una mujer funcionaria. ¿Luego que estos funcionarios revisan la casa que sucede? Nos llevan a los dos porque no había testigos. ¿A ti te llevaron como testigo? No me llevan porque yo estaba ahí y yo era el amigo de él, nos llevaron a los dos a PTJ. ¿A PTJ o a la policía metropolitana? PTJ. ¿Luego para donde te llevan? No ya ahí me sueltan a mí. ¿En donde te sueltan? En PTJ. ¿Y no rendiste ningún tipo de declaración, no hicieron absolutamente nada? Esa declaración que dije ya. ¿Qué declaraste? Que nos llevaron allá, que supuestamente habían llevado una pistola pero no llevaron nada, pero en mi casa no encontraron nada, a mi me estaban pidiendo una pistola pero ahí no había ninguna pistola, hay no había nada.

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Usted hablo del mes y la hora, pero de que año estamos hablando? El año antes pasado creo que fue. ¿El año antes pasado, dos mil seis? Si 2006. ¿El ciudadano tiene llave de su casa? No yo estaba ahí. ¿Usted le abrió la puerta? No tampoco, yo estaba afuera de la casa, estaba descansando de haber pintado el cuarto. ¿Y porque usted le preguntó a él que era lo que pasaba, era que él venía corriendo o venía como? No, él llegó a la casa normal como siempre, yo siempre le he preguntado porque yo a él lo conozco desde pequeño. ¿Llegó caminando, llegó en vehículo o como llegó a usted? Caminando, yo vivo en un barrio. ¿Y que respondió él a lo que usted le preguntó? Que no pasaba nada. ¿Cuándo fue entonces que él le comentó que lo estaban buscando por un supuesto homicidio? Yo le pregunté a él que pasaba y él me dijo “Me están acusando de un homicidio que yo no hice” y yo le pregunté y “tu de verdad no fuiste, júrame que tu no fuiste y él me dijo “no, no fui yo”, mas nada. ¿A cuantos minutos llegó la policía después que llegó E.A.? Como media hora más o menos. ¿Hace cuanto tiempo aproximadamente conoce usted al señor E.A.? Hace como diez años. ¿En donde lo conoció? Yo soy muy amigo de la familia de él. ¿Usted manifestó que ese día había estado detenido, usted ha estado detenido en otra oportunidad? No he estado detenido en ningún momento, ese día me llevaron porque lo llevaron a él. ¿Por qué no se llevaron a las demás personas que estaban ahí? Debe ser porque yo soy el amigo de él y yo soy él que lo conozco a él. ¿A usted le hicieron una inspección personal? No. ¿Y al ciudadano E.A. le hicieron una inspección? No a él lo golpearon, no me lo dejaban ver porque lo tenían tapado afuera arrodillado, esposado y lo estaban golpeando, estaban como a tres o cuatro metros de donde estaba yo. ¿Cuándo se enteró usted que había encontrado un arma de fuego? Yo hablé con la mamá y ella me dijo que le habían metido un arma a Erick. ¿Usted cuando estuvo en la PTJ tuvo conocimiento de que se había encontrado un arma? No a mi no me habían dicho nada. ¿Cuándo ustedes salieron usted también salió esposado? No yo no salí esposado, esposado salió él nada más y yo iba detrás de él. ¿A usted lo llevaron como testigo? Si me llevaron como testigo por lo que habían hecho en mi casa y por lo que pasó con él. ¿Cuándo le manifestó él que lo estaban acusando de un homicidio no le dio alguna referencia en relación a los hechos? Ninguna. ¿Cuál es su dirección de habitación para el momento que Erick llegó a usted? En mi casa parte alta del Cerro las Animas. ¿Cuántos funcionarios de la CICPC llegaron a su vivienda? Puros polivargas. ¿Llegaron Polivargas tocándole la puerta o la puerta estaba abierta? Ese es un porche estaba abierta la puerta de afuera. ¿Usted recibió a los funcionarios policiales? Nosotros no recibimos a nadie, ellos llegaron ahí. ¿Y estaba la puerta abierta? La puerta estaba abierta, pero nosotros estábamos en la acera de la casa. ¿Quiénes se encontraban ahí en la cera? Mi hermano, un amigo, mi mamá, Erick y yo.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Usted manifestó que conoce a E.A. hace aproximadamente diez años? Más o menos. ¿Usted sabe si este ciudadano tenía algún tipo de apodo o lo nombraban por algún otro nombre? No.

Declaración del ciudadano F.M.D.G.G., titular de la cédula de identidad Nro V-12.885.855, de 31 años de edad, de profesión u oficio funcionario público, adscrito al C.I.C.P.C. y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida en la Experticia de Reconocimiento técnico inserta al folio 39 de la primera pieza, quien entre otras cosas expuso:

Mi trabajo consistió en una experticia de reconocimiento técnico, en este caso a un arma de fuego tipo escopeta, marca MAYOLA, calibre 410, al igual que dos cartuchos, los cuales se encontraban en buen estado, es todo

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La Representación Fiscal no interrogo al experto. A preguntas formuladas por la Defensa respondió: ¿Esa escopeta era de cañón largo o cañón corto? Tiene un cañón de 55 milímetros, que son 50,5 centímetros, era corto comparado con otras escopetas.

A preguntas formuladas por la Defensa Publica respondió: ¿Funcionario como llegó a sus manos esa escopeta? La escopeta me fue remitida por el funcionario J.M., quien labora en la Brigada de Investigaciones de la Sub. Delegación La Guaira. ¿Tiene conocimiento usted si se llegó a realizar alguna comparación? Con el arma de fuego se efectuaron disparos de prueba para obtener las conchas, las cuales fueron enviadas, Hacemos disparos de prueba con el arma una vez que nos remiten el arma de fuego, para corroborar si dicha arma se encuentra en buen estado y hacemos disparos o se practica un desarme y se hacen disparos con la misma a ver si se encuentra en buen estado, se hacen disparos de pruebas y se remiten estos disparos a la división de balística para posteriormente tener ahí ya un estándar para una comparación. ¿Tiene conocimiento si se llegó hacer la comparación? Tuvimos la concha y hasta la presente todavía no.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Podría indicar al tribunal en que consistió su experticia? Nosotros en el Cuerpo de Investigaciones, en este caso en la sala técnica, recibimos el arma de fuego, una escopeta MAYOLA 410, donde se verificaron los mecanismos de esta arma, se realizaron disparos de pruebas a ver si se encontraba en buenas condiciones y estos disparos, estas conchas que obtuvimos percutadas por esta arma la enviamos a la división de balística, división donde ellos a guardan para tener un estándar de comparación para posteriormente, luego de algún otro caso obtener conchas de calibre 410 o un arma de fuego, la división de balística busca estos estándares con estos tipos de armas y hacen comparaciones, cotejan a ver si esta arma está incriminada en otro tipo de hecho. ¿Pudiera indicar la característica de esta arma de fuego que fue experticiada? Si, es un arma de fuego tipo escopeta, marca MAYOLA, calibre 410, es de fabricación venezolana, con un cañón de 55 milímetros, animas lisas, guarda mano y empuñadora tipo pistola, elaborada en material sintético de color negro, una modalidad de accionamiento de disparo semiautomático, el sistema de carga y de retrocarga, serial C2450. También nos fue suministrado dos cartuchos, calibre 410. ¿Ratifica usted en todo su contenido la experticia que le fue puesta de vista y manifiesto? Si.

Declaración de la ciudadana MARYURIS J.M.M., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.142.049, de 20 años de edad, de profesión u oficio del hogar, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

Ese día de la muerte del señor yo estaba en mi casa, iba para la bodega y había dos sujetos detrás de una lancha, yo seguí hacia la bodega, después ellos se acercaron a la bodega a pedir productos, después como la bodega no tenía productos se devolvieron y me preguntaron donde vendían comida, bebida y le dijimos que había un mercal y ahí vendían comida, leche, ellos bajaron y yo me quedé en la bodega, nuevamente subí hacia mi casa y ellos ya venían subiendo ya, cuando venía bajando escuché los disparos y bajé y ya ellos venían subiendo ya y bajé y ya ellos venían corriendo ya hacia la calle de arriba. Era un muchacho pequeño, ojos claro; el otro era uno alto blanco, contextura delgada y eran dos nada mas, uno pequeño y uno alto, eso fue en horas de la noche y tenía rato en la zona ya, es todo

A preguntas formuladas por la defensa Privada respondió: ¿Te encontrabas en tu casa y luego te dirigiste hacia donde? Hacia una bodega. ¿Y te encontraste con ellos? No, bajando estaban dos sujetos en una lancha que está por ahí abandonada. ¿Luego de eso que sucedió? Subí hacia la bodega a comprar y al rato subieron ellos a comprar, pero en la bodega había poca mercancía que comprar. ¿Con quien te encontrabas tú en esa bodega? Con la dueña de la bodega. ¿Cómo se llama? Miriam. ¿Igualmente la señora Miriam pudo lograr observar a estas personas? Ella las vio conmigo pero no se si se acordará, ella estaba conmigo ahí y vio a las dos personas, las dos vimos a las dos personas. ¿Luego de eso que sucedió? Ellos se fueron hacia el Mercal. ¿Y tu hacia donde te dirigiste? Yo vi que ellos bajaron hacia el Mercal y subí inmediatamente a mi casa, nuevamente bajé y ellos venían ya subiendo corriendo, ya se habían escuchado los disparos ya, yo subí rápido hacia la bodega y ellos subieron corriendo. ¿Y esas dos personas eran del sector? No. ¿Era primera vez que los veías? Si, era primera vez que los veía. ¿Cuantos eran? Dos. ¿Podría señalar las características de estas personas? Uno era bajo, ojos claro, un poco oscurito, cabello bajo, medio relleno y el otro era alto blanco con gorra negra y vestía de negro, era delgado. ¿Tienes conocimiento de quienes se encontraban en la bodega en ese momento? Yo bajé un momento a comprar en el Mercal y estaba el señor que mataron y el dueño del Mercal, creo que estaban ellos dos nada mas. ¿Podría señalar si se encontraba el ciudadano E.A.P.? No.

A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: ¿Usted tiene algún vínculo, alguna relación con el acusado E.A.? No. ¿Usted conoce al ciudadano E.A.? De vista nada más. ¿El vive cerca de donde vive usted? No, abajo es un sector y arriba es otro, yo vivo en el sector de abajo y el arriba en un sector. ¿Usted conoce alguno de los familiares del ciudadano E.A.? Los trato pero no con confianza, trato a su prima pero hasta ahí. ¿No tiene usted ningún vínculo? No con él no tengo ningún vínculo. ¿En relación a los hechos que acaba de narrar, esos hechos sucedieron que día y aproximadamente a que hora? Yo se que eso fue en horas de la noche, pero del día no, creo que un 15, no me acuerdo muy bien. ¿De que mes y año? Creo que octubre o noviembre, creo que en el 2004. ¿Aproximadamente a que horas de la noche? 07:30, 08:00 aproximadamente. ¿Estaba oscuro? Si estaba oscuro. ¿Usted se encontraba donde cuando vio a estos dos sujetos? La primera vez los vi bajando de mi casa. ¿Cuál es su dirección, donde queda su casa? En la Quebrada la Higuana, al lado de la casa del señor que mataron. ¿Usted dice que se encontraba en su casa y usted salió para dirigirse hacia donde? Hacia la bodega de la señora Miriam. ¿Qué distancia aproximadamente hay desde su casa a la bodega de la señora Miriam? Como cinco casas, no es mucho. ¿Usted fue a pie? Si. ¿Sola o acompañada? Sola. ¿Qué distancia aproximadamente hay desde su casa al Mercal? Tampoco es muy lejos, son como cuatro casas, eso es cerca todo es cerca. ¿Qué distancia hay entonces desde la bodega de la señora Miriam al Mercal? De bajada como a tres casas. ¿En la misma acera de donde queda la bodega de la señora Miriam queda el Mercal? No, queda la bodega de la señora Miriam, baja ahí una curva baja un poquito y está el Mercal. ¿Desde la bodega de la señora Miriam se puede ver el Mercal? No. ¿Cuándo usted va bajando desde la bodega de la señora Miriam es que usted avista a los dos sujetos en la lancha? No, cuando vengo bajando de mi casa a los dos sujetos en la lancha. ¿Usted va bajando hacia la bodega de la señora Miriam? No, yo vivo arriba y la bodega es bajando a mano izquierda, el Mercal es bajando. ¿Usted cruzó a mano izquierda? Exacto. ¿Cuándo va bajando por esa calle usted hace un cruce donde queda la bodega y si sigue derecho por la calle y cruza es que queda el mercal? Si bajando. ¿Entonces usted ve a estos dos sujetos después de hacer el cruce donde queda la bodega de la señora Miriam? Exactamente. ¿Cerca de la bodega de la señora Miriam? Si cerca en toda la bodega, nosotras vimos a los dos sujetos de frente, de cara a cara a los dos sujetos. ¿En algún momento usted escuchó que ellos manifestaran algo? No simplemente le vimos un arma atrás al mas pequeño. ¿Cómo eran las características de esa arma? Se le vio fue cuando se subió la camisa, pero por donde uno la agarra nada mas. ¿De que color era? Como marroncita, eso fue cuando ellos ya iban bajando a mitad del camino, pero no fue una distancia tan lejos, si no una distancia mas o menos donde uno pudo ver el revolver. ¿Pero usted lo vio de frente? Si, subiendo ellos subieron a comprar para la bodega, nosotros lo tuvimos de frente a los dos. ¿Qué fue lo que ellos solicitaron de la bodega? Cerveza. ¿Quién los atendió en la bodega? La señora Miriam, la bodega tienen como un garaje y estaba cerrada con candado, yo estaba afuera y ella estaba adentro, yo estaba comprando y ella estaba despachando. ¿Y ellos se colocaron justamente a su lado? Si a comprar. ¿Quién solicitó la cerveza? El mas chiquito. ¿Y cuando la señora Miriam le manifestó que no tenía que hicieron ellos? Nos preguntaron donde había otro local cercano para comprar y nosotros le dijimos que en donde un señor que vende cerveza mas arriba o también había un Mercal, pero en el Mercal no vendían cerveza si no pura comida. ¿Y si ellos estaban solicitando cervezas porque les indicó el Mercal? No me acuerdo muy bien porque eso fue hace tiempo pero yo creo que ellos, creo que también solicitaron comida, no recuerdo muy bien porque eso fue hace como cuatro años, lo que yo me acuerdo exactamente es cerveza y lo mandamos hacia un señor que vende cerveza, pero el señor ya no tenía. ¿Quién les habla en relación al Mercal usted o la señora Miriam? La señora Miriam. ¿Qué fue lo que le explicó a ellos entonces? La conversación era con la señora de la bodega, yo estaba ahí escuchando todo. ¿Usted señaló que a la hora que ellos fueron “Nosotros le dijimos que había una bodega y había un Mercal” entonces quien fue que conversó con ellos usted o la señora Miriam? Las dos conversamos, ellos llegaron preguntando si había cerveza y le dieron que no había, entonces yo le dije haya arriba venden cerveza, pero yo creo que no tienen pero sube y pregunta para ver, y yo creo que solicitaron comida pero no me acuerdo muy bien porque eso fue hace tiempo, yo me acuerdo bien de la cerveza pero de la comida no me acuerdo y las dos nombramos el Mercal en ese momento. ¿Usted indicó donde quedaba el Mercal? No me acuerdo pero creo que si. ¿Sí? Si. ¿Después de eso hacia donde se dirigen los ciudadanos? Al Mercal directo. ¿Usted pudo ver cuando ellos llegaron al Mercal? No. ¿Usted supone que ellos llegaron al Mercal? No, ellos bajan y yo me quedo conversando con la señora porque como vimos el arma nos asustamos, yo le dije a la señora que yo iba a bajar porque ellos se veían como sospechosos y yo bajo y que a comprar para el Mercal, cuando bajo ellos como que pidieron algo en el Mercal pero le dijeron que no había y cuando yo bajo uno de ellos me dice algo, me echó un piropo y ellos ya venían saliendo del Mercal. ¿Es decir que usted siguió a los dos sujetos que portaban un arma de fuego, a los cuales usted los había visto como sospechoso? Si porque estaban sospechosos. ¿Y no tenía miedo usted y no le pareció extraño y peligroso que uno de ellos tuviera un arma de fuego? Si. ¿Y a usted no le importó? Si pero quería ver. ¿Qué era lo que quería ver? Que era lo que querían hacer porque en el Mercal puros adultos trabajaban ahí y nada mas quería ver si iban hacer algo, pero cuando yo bajé ya ellos venían saliendo del Mercal, no habían hecho nada todavía. ¿Cuándo usted siguió a esos sujetos usted llego conjuntamente con ellos al Mercal? No, ellos bajan pasaron como 10 minutos y cuando yo voy mas abajo de la lacha ya ellos venían de regreso. ¿Usted nunca llegó al mercal? Con ellos no. ¿Usted en algún momento llegó al Mercal? Si pero sola, yo llego y ellos suben. ¿Cuándo usted llega al Mercal estos dos sujetos se encontraban en el Mercal? No se encontraban, ya venían del Mercal de regreso. ¿Usted tiene conocimiento, usted vio allí en el Mercal lo que sucedió en el Mercal? No simplemente los vi corriendo a ellos, eso es lo único que pude ver. ¿Usted tiene conocimiento que fue lo que ellos solicitaron, usted escuchó lo que solicitaron en el mercal? No. ¿Usted terminó de llegar al Mercal? Si. ¿Cuándo usted llega al Mercal que es lo que usted consigue? A los señores que trabajan en el Mercal. ¿Usted vio a los señores que trabajan allá? Si. ¿Los conoce? Si. ¿Quiénes eran esos señores que estaban ahí? Los único que vi fue a L.U. y CARLOS. ¿Cuándo usted llegó al Mercal esas dos personas se encontraban allí? No a mi me despachó fue el señor Carlos. ¿Qué fue usted a solicitar allá en el Mercal? Un arroz. ¿Se lo despacharon? No, no había arroz, en el Mercal no había muchas cosas. ¿Pero al principio usted declaró aquí al tribunal que usted se dirigió detrás de ellos no porque iba a comprar un arroz en el mercal, usted dijo que le había parecido sospechoso y por eso lo siguió? Si lo seguí pero para que no se viera tan así, yo seguí y pedí un arroz. ¿Cuándo usted llegó al mercal ya se encontraba herido o fallecido el señor? No estaba vivo todavía. ¿No habían otras personas en el mercal si no L.U. y el señor CARLOS? Que yo vi ellos dos. ¿No había otra persona comprando ahí? No, no había otra persona comprando y adentro no se si había mas gente. ¿Quién fue la que la atendió en ese momento? El señor CARLOS. ¿Después usted sale del mercal y hacia donde se dirige? Hacia mi casa. ¿Hacia su casa que queda subiendo pero hay que cruzar para llegar ahí? Exacto. ¿Desde su casa usted escucha disparos? Si. ¿Dónde se encontraba usted cuando escuchó los disparos? En mi casa. ¿Dentro de su casa ya? Si. ¿Tenía rato de haber llegado o acababa de llegar? Tenía rato de haber llegado. ¿Qué se encontraba haciendo en ese momento? Yo estaba dentro de mi casa pero no me acuerdo que me encontraba haciendo. ¿El arroz que usted estaba buscando era para la cena o algo así, siendo las 07-.30 de la noche? No. ¿Cuándo usted escucha esos disparos que hace? Nos sorprendimos y me asomo. ¿Cuado dice usted nos sorprendimos a que se refiere? Mi hermana, mi papá, mi madrastra y mi otro hermano. ¿Qué hacen? Nos sorprendimos y lo que hicimos fue cerrar la puerta al principio, después vino la gente el escándalo, creo que la yerna del señor buscando ayuda y nos asomamos, pero antes de ella pedir ayuda cuando nos asomamos venían los dos sujetos ya corriendo, al frente de mi casa hacia una escalera. ¿Estos dos sujetos eran los mismos dos sujetos que usted vio anteriormente en la bodega de la señora Miriam? Si. ¿Venían corriendo? Si. ¿No eran del sector? No. ¿El señor hoy fallecido era su vecino? Si. ¿Cómo era la relación suya con el señor que falleció? Bien. ¿Y la relación suya con la señora? Bien. ¿Usted vio hacia donde subieron estos sujetos cuando usted iba bajando hacia el mercal? Ellos siguieron hacia arriba pero yo no me di cuenta a donde se dirigieron ellos. ¿Usted la inquietud que la lleva a seguir a estos dos sujetos con el arma de fuego usted se la manifestó a alguien? Si, a la señora de la bodega, ¿Y a su familia que estaba en su casa? A mi madrastra y a mi papá. ¿Qué le manifestó? Que había dos muchachos sospechosos en la bodega sospechosos con arma de fuego que fueron al mercado, yo baje a ver si lo iban a robar y le dije que iba a llamar a la policía y me dijeron que no que íbamos a esperar que a lo mejor no iban hacer nada. ¿Usted fue porque sabía que iban a robar? Porque se veía que iban a robar señora, por esas pistolas que tenían se veía que iban a robar, se le veían las intensiones que ellos iba hacer algo. ¿Y esa intensión usted estando en el mercal se la manifestó a su vecino, ciudadano L.U.? No. ¿Por qué no? No, no estaba segura, se le veía la intensión pero no quería tampoco comprometerme. ¿Usted alertó a los ciudadanos del mercal usted le dio aviso a estas personas? No. ¿Usted llamó a alguna autoridad por sus sospechas tan evidentes? No simplemente se lo comenté a mi madrastra, mas nada. ¿No le dio esa información tampoco de esa sospecha tan evidente a esos señores del mercal? No.

Declaración de la ciudadana JOSNAIRIS N.D.C., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.959.464, de 23 años de edad, de profesión u oficio Asistente Administrativo y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

“Días anteriores el muchacho se encontraba por la quebrada de la iguana con una pistola en la mano, el día viernes yo salí del trabajo y voy a ayudar al señor del mercal, el mercal estaba recién abierto, no tenía mucho tiempo, eran casi las ocho de la noche, yo llegué y me puse a ayudar al señor y en la noche llegó mi suegro el difunto, y bajó después que hizo mercado arriba con su esposa, cuando llegaron ellos llegaron a la casa y bajaron al mercal, yo estaba ahí en su lugar y casi a las ocho de la noche llegaron dos sujetos preguntando que si había leche, yo le dije que si hay queda poca, me preguntaron el precio y yo le dije 4.700, entonces me dicen “nosotros venimos dentro de un momento voy a buscar el dinero para comprarle la leche a mi hija”, y yo todavía de inocente le dije que estaba bien, cuando ellos suben yo entro otra vez, cuando entro al ratito llegaron los dos sujetos otra vez, yo misma los vuelvo a despachar, estaba mi suegro, mi cuñado, mi ex suegra y los señores dueños del mercal y el bebé pero estaba en la parte de arriba, cuando me preguntan otra vez yo salgo, ellos me dicen “todavía tienes leche, dame un kilo”, cuando yo voy a buscar el kilo de leche mi suegro va a buscar el dinero y cuando va a retirar el dinero se escucha el disparo, cuando yo estoy ya para darle la leche y me volteo yo dije “eso es fosforito” y cuando ya yo estoy mi suegro viene hacia adentro y llegó hasta donde está la puerta del mercal con un tiro en el pecho, inmediatamente yo salí corriendo a buscar un carro con todo el dinero porque ni siquiera ellos nos robaron si no que dispararon, cuando yo salí corriendo con todo el dinero en la mano a buscar un carro, el señor que yo fui a buscar me dice que por las horas de la noche él no ve, inmediatamente cuando yo bajo corriendo otra vez desesperada porque ya estaba botando sangre por la boca, cuando yo bajo viene una señora que fue la que nos hizo el traslado hasta el hospitalito, yo me quedé en la casa, ahí inmediatamente llegaron los policías, subimos en la patrulla pero no conseguimos a nadie, como no conseguimos a nadie fuimos directo al hospitalito y ya estaba sin signos vitales, mi cuñado me dice que el se murió llegando ya a la escuela marítima por el paseo la marina, cuando yo llego al hospitalito a mi me trasladan al modulo de las tunitas porque supuestamente se conseguía el señor que los habían detenido, los habían trasladado a la zona 1, nos trasladamos a la zona 1 donde estaban ellos y ellos me querían ver a mi, ellos querían saber quien era yo, la que estaba declarando, es todo”.

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Tú has recibido alguna amenaza, alguna advertencia en relación a venir a declarar? Eso fue el 15 de octubre y el 14 de diciembre casi dos meses después yo iba bajando por las escaleras y el muchacho E.D., venía con otro muchacho que mataron y me amenazaron, me dijo “Ve y échanos paja”, me puso una pistola en la cabeza y de broma no me mató ese día, yo me quedé parada hablando con el otro sujeto que estaba con él no me sé el nombre el apodo era chocolate, yo no sabía que ese era chocolate y yo me puse a conversar con él ese día, cuando yo estoy ahí ellos me mandan a agachar, en ningún momento me manosearon, lo que me quitaron fue un bolibomba, el teléfono y me quitaron mil bolívares de la cartera, tiraron todo al piso y ese día de broma no me mataron , me dijeron “dale duro, dale duro para abajo”, estábamos en la escalera y nadie salió porque en el momento nadie sale, cuando yo voy bajando ellos suben, al momento que ellos suben mis hermanas iban a subir, pero en realidad no hicieron nada para dejar todo así, porque la amenaza que hicieron ellos fue que si yo los denunciaba iban a caer a tiros la casa. ¿A que se refería el señor ABAD cuando le apuntó y le dijo “Ve y échanos paja”? Que fuera echarle paja, que viniera acá a echarle paja porque él me estaba apuntando a mi la pistola en la cabeza. ¿Pero a que se refería con echarle paja? Que viniera para acá a decir para que lo agarraran preso, para que lo buscaran otra vez porque él me había puesto a mí una pistola en la cabeza y que si yo le echaba paja él iba a ir a mi casa a tirotear la casa en aquel momento donde yo vivía. ¿Día en que falleció el señor L.U.? El viernes 15 de octubre, hace casi 4 años. ¿Dónde se encontraba usted ese viernes día de los hechos? Yo me encontraba en el mercal después que llegué del trabajo a ayudar al señor, en el mercal ubicado en la quebrada la iguana, un poquito mas abajo de donde está la cancha de bolas. ¿Usted llegó al mercal aproximadamente a que hora? Como a las dos de la tarde y estuve ahí todo el día. ¿Quién mas se encontraba con usted en el mercal ese día de los hechos? Se encontraba L.U., A.L., el señor CARLOS (no recuerdo el apellido) y su esposa que son los dueños de la casa donde estaba el mercal, y yo y el bebé con el señor que estaban en la casa de arriba. ¿Qué estilo tiene el mercal? Él tiene un garaje donde estaba estacionado un jeep azul, tenía un tanque, estaba la s.m. donde estábamos nosotros, y estaba casi por la mitad, está la puerta y ahí se encontraba ubicado el mercal, en la parte de arriba es donde estaba viviendo ellos. ¿Arriba es una casa? Si. ¿Ahí abajo en el mercal quienes e encontraban abajo y después me menciona los que se encontraba arriba? El señor CARLOS y SU ESPOSA, L.U., L.U. (el difunto), la señora M.L. y YO, arriba se encontraba él abuelo y él bebé de ella. ¿Usted puede indicar y asegurar las características físicas de estos dos sujetos, usted los conoce o no, eran del sector, quienes son estos dos sujetos que llegaron? El otro era un catirito que fue el que se refirió a mi, con ojos claros de colores, como era tan oscuro porque ese día no había luz en los postes, simplemente la luz donde estaba estacionado el carro, no le pude detallar bien la ropa porque eso fue en menos de cinco (05) minutos, ellos llegaron al portón, ellos estaban afuera y yo estaba adentro y el portón estaba cerrado con un candado. ¿Y la otra perdona que llegó quien fue? Los dos llegaron junto, el que dio el disparo y el otro se quedó arriba donde está la cancha de bola, como tapando todo viendo quien venía y quien no venía. ¿Quién era ese señor? E.P.. ¿Usted lo llegó a observar ese día? Si porque los dos llegaron primero y después llegó uno y el otro subió. ¿Cuando llegan estas dos personas llegó el señor ABAD conjuntamente con el otro que tenía los ojos claros? En el momento llegaron tres personas, cuando van a matar al señor que intentaron robar. ¿Pero usted mencionó que estas personas cuando llegaron preguntaron que si había leche? Si. ¿Y después se retiraron? Si se retiraron pero venían de nuevo. ¿Esas personas que llegaron y le preguntaron por la leche cuantas personas eran? Dos. ¿Entre ellos estaba E.A.? Si. ¿Usted lo conoce? Si él vive por ahí mismo. ¿Quién pregunta por la leche quien fue? El otro muchacho. ¿Usted señaló que si había? Si. ¿Ellos se retiran? Si a buscar un dinero. ¿Aproximadamente que tiempo transcurre desde que ellos se retiran? Yo me imagino que como 20 minutos. ¿Regresa E.A. también? Si y sube, y se queda como cantando la zona arriba donde está una lancha volteada. ¿Cuándo se acercan y cuantos sujetos se acercan? Se acercaron después, se aceraron dos, se quedó el otro y se retiró él porque yo le logré ver la cara al catirito que fue a buscar la leche. ¿Usted escucha el disparo y se voltea y ve al señor L.U.? No, yo cuando ellos me piden la leche yo me retiro, el señor L.U. va a retirar el dinero de la leche hacia el portón, yo voy a retirar la leche, me voy hacia la Santamaría a buscar la leche, cuando suena el disparo yo estoy pensando todavía que es un fosforito, cuando yo me volteo, cuando yo me volteo ya el suegro mío estaba en la pared con el disparo. ¿Cuándo usted se da cuenta que le habían disparado a su suegro al salir inmediatamente usted pudo observar algún sujeto? No estaban ya, en sí puse en peligro hasta mi vida porque eso estaba oscuro y yo no se si estaban ahí o ya se habían retirado. ¿El fallecido se acercó a la reja donde despachan a cobrar el dinero de la leche? Si. ¿Allí en ese momento usted está buscando la leche para dársela, ahí se encontraban también las otras personas que usted mencionó? Si.

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Cuántas personas se acercaron en ese momento? Dos personas. ¿Cómo eran las características de estas personas? Estaba un muchacho blanco, ojos claros, estatura más o meno baja, y E.P.. ¿Cómo era la iluminación en ese momento? No estaba tan clara, el poste que estaba ahí en ese mercal estaba apagado ese día, no había iluminación si no nada mas adentro donde estaba la Santamaría. ¿Quién de las dos personas se dirige a usted? El otro muchacho. ¿Y la otra persona estaba al lado, detrás? Al lado los dos estaban juntos. ¿Cómo era la vestimenta de la persona bajita y del ciudadano E.P. en el momento? En realidad no vi vestimenta en aquel momento porque todo estaba tan oscuro que no lo detalle porque no me dio chance, porque donde está el portón hay algo que tapa, lo que le pude detallar más que todo fue la cara. ¿Luego que hicieron las personas? Se retiraron, cuando me solicitaron el producto me preguntan el precio, yo le dije 4.000 y me dijeron “ok. Mamita voy a ir un momentito a mi casa a buscar el dinero para comprarle la leche a mi hija” y en ese momento se retiran. ¿En ese momento que se retiran cuantas personas se retiran? Dos. ¿Y luego que sucede? Luego que ellos se retiraron llegaron otra vez, me piden el kilo de leche, yo le voy a retirar el kilo de leche y mi suegro el difunto se acerca a la reja a retirar el dinero. ¿Cuándo estas personas se acercan quienes se acercan, cuantas personas? Dos. ¿Como era estas personas que se acercan? Estaba el blanquito que fue el que me habló y estaba el señor Erick. ¿Pero usted señala que se acercaron tres personas? Si en el momento se acercan tres, la cual no pude detallarle la cara a la otra persona pero en el momento los que se dejaron ver fueron ellos dos. ¿Pero como puede indicar usted eso si en su propia declaración señala que aparentemente se acercaron dos personas que son las personas que le piden la leche y el ciudadano Erick se queda en la parte de arriba? Porque ese fue el que se retiró y se quedaron los otros dos. ¿Los tres se acercan y uno se retira? Si, yo voy y me acerco otra vez a la reja y están los tres pero el otro estaba mas arriba, cuando ellos preguntan y yo voy a retirar la leche se retiró uno. ¿Y la otra persona donde se quedó? Arriba donde está la lancha. ¿Cuál de las dos personas se quedó donde estaba la lancha, el ciudadano E.A. o el otro? E.A.. ¿Y donde se quedó la otra personas mas arriba también? No estaban ahí, fue cuando sucedió el hecho del disparo y mataron al señor. ¿Cómo es el camino de la cancha a mercal? Esta la cancha, esta un terreno depura tierra, la cancha estaba al lado. ¿Hay curvas por ahí? Hay dos vías esta la cancha y está la casa, hay dos vías de escape que es la que está por la otra bodega y la otra está por la salida de donde vivíamos. ¿Y por cual de las dos salidas se encontraba el ciudadano E.A.? Estaba en la avenida principal antes de llegas a las dos vías que es donde está ubicado el mercal. ¿Cuál es la distancia? Casi nada porque están prácticamente al lado los dos. ¿Y como puede dar plena seguridad que el ciudadano se encontraba cantando la zona si se encontraba completamente oscuro? Porque arriba estaba la otra ciudadana que también declaró y ella también vio. ¿Qué fue lo que vio esa persona? Ella vio cuando Erick se quedó arriba en la cancha donde está una lancha volteada ahí se quedó ella. ¿Según su declaración ella se encontraba un poquito mas arriba como la pudo observar? Porque ella estaba en la esquina y estaba oscuro eso. ¿Y como puede decir usted que es esa ciudadana si estaba oscuro? Bueno porque ella estaba ahí con otro muchacho. ¿Usted puede dar la certeza de eso? No. ¿Usted se retira a buscar el producto? Si, fue cuando escuché el disparo y yo vi cuando me voltee con el producto en la mano ya estaba el difunto ahí. ¿Usted no se percató cuando disparó? No, pero mi cuñado si. Yo no vi porque en ese momento cuando suena el disparo, cuando yo voy a buscar la leche que el difunto se acerca a la reja a retirar el dinero ya había sonado el disparo. ¿Usted está señalando que el ciudadano L.U. se acercó a la puerta a retirar el dinero, estaba solo? Si y yo estaba de espalda. ¿Cómo pudo observar su cuñado si se encontraba el ciudadano solo? Porque habíamos cinco personas ahí, estaba u jeep de un lado y nosotros estábamos sentado del otro lado y se ve todo hacia afuera porque no es una reja que está tapada completa, es una reja y un pedazo y está toda descubierta y nosotros estábamos sentado ahí en una silla, ahí mismo reunidos todos. ¿Luego de eso que sucede? Yo salgo cuando suena el disparo, salgo corriendo con el dinero en la mano buscando ayuda, me dirigí a un señor que como era una persona mayor no me pudo brindar ayuda porque él de noche no ve, yo salí corriendo otra vez y no consigo carro, venía subiendo una señora que fue la que llevó al difunto. ¿Cómo se llama esa señora? Le dicen Abigail. ¿Usted fue solamente la única persona que corrió a pedir ayuda? No, todos pero yo subí como hay dos vías yo subí para una vía y los demás estaban para el otro lado porque ahí viven también mi familiares. ¿Y entre estas vías no se pudieron encontrar a estas personas que supuestamente habían disparado en contra del ciudadano? En realidad si me los pude haber conseguido pero en el momento no había nadie, me imagino que ya se habían ido o ya se habían escondido, yo se que cuando yo subí no me conseguí a ninguno de ellos. ¿Cómo se enteró usted que estas personas querían verla a usted? Porque los policías de la zona 1 le daban lepes en la cabeza porque ellos me querían ver, le estaban dando hacia abajo para que vieran hacia abajo porque ellos querían ver hacia arriba para ver quienes eran los que estaban ahí frente de ellos. ¿Pero si querían verla en aquel momento pudieron haberla agarrado? Querían ver quienes eran porque en ese momento que nos agarraron a nosotros fueron bastantes personas. ¿Bastantes personas a que? A apoyar a uno. Los vecinos, le tomaron declaraciones nada más a los que estaban ahí presente, pero ahí también llevaron a los vecinos. ¿Hay testigos que usted pueda mencionar en esta sala que puedan dar certeza de que usted haya recibido amenazas por parte del ciudadano E.A.P.? Aquí en esta sala no está. ¿Usted se encontraba sola? No yo estaba con el que estaba viviendo conmigo, mi ex. ¿Y como esa persona que estaba viviendo con usted no pudo hacer absolutamente nada? Porque estaban dos personas armadas, yo estaba con mi ex nos amenazaron a los dos, de broma no nos mataron a los dos.

Declaración del ciudadano L.D.U.L., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.363.116, de 21 años de edad, de profesión u oficio estudiante, y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

El día 15 de octubre cuando murió mi papá, yo fui hacia el mercal donde estaba él y se encontraban los dos muchachos y él señor que está haya cerca y yo bajé y le comunique a mi papá que estaban pendiente de robar el mercal, me devolví a mi casa y volví a bajar, cuando volví a bajar ellos se acercaron y fue que le dispararon, mi papá entra a la casa después que le dispararon yo salí a buscar ayuda, iban subiendo los tres y yo me di cuenta por la forma de caminar, él y los otros dos chamos, es todo

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A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Aproximadamente que horas eran cuando usted llegó al mercal? Como a las 7:30 casi 8:00 de la noche. ¿Cuándo usted llegó al mercal que personas se encontraban ahí? Josnairy Domínguez, A.U., L.U. y los dos dueños del mercal Carlos y su esposa. ¿Su casa queda cerca de ese mercal? Si. ¿Aproximadamente que tiempo se tardó? 5 minutos, yo subí me cambie, me eché un baño rapidito y volví a bajar. ¿Cuándo usted salió del mercal para ir a su casa a cambiarse ahí es cuando usted ve a las tres personas? Cuando baje primero, cuando subí estaban mucho mas arriba. ¿Cuándo usted bajó la primera vez hacia el mercal usted ve a los tres sujetos? Si. ¿Entre estos sujetos usted reconoció al señor que señaló aquí? Si. ¿Qué estaban haciendo? Estaban sentados en una lancha con una muchacha. ¿Sabes quien es esa muchacha? Se llama M.M.. ¿En la lancha se encontraban quienes? Se encontraban tres hombres y una mujer. ¿Entre esos tres hombres se encontraba Erick? Si. ¿Y la muchacha como se llama? M.M.. ¿Usted menciona que le dice algo a su papá, que le manifiesta usted? Le dije que había unas personas extrañas ahí que tenían como pinta de robar el mercal. ¿Qué fue lo que a usted le pareció extraño de estas personas con pinta de robar? La actitud y que nunca se la pasaban por ahí. ¿Quiénes nunca se la pasaban por ahí? Ellos eran muy poca las veces que se la pasaban por la quebrada. ¿De donde conoce usted al señor E.A.? El vive mucho mas arriba de donde vivia yo. ¿Y Erick no se la pasaban por ahí que le pareció extraño? No se la pasaba todo el tiempo por ahí. ¿En el momento de que estas tres personas estaban ahí hablando con la chica lo que le pareció extraño es que estas personas no eran del sector? No eran del sector. ¿Sin embargo la ciudadana Mayora es del sector? Si. ¿Usted que es lo que le dice a su papá? Le dije que había unas personas extrañas que están como con una actitud extraña. ¿Y que le dice su papá? Que me quedara tranquilo. ¿Después que usted sale de ahí y se dirige a su casa aproximadamente cuantos minutos se tarda? Más o menos 5 minutos. ¿Y vuelve usted a bajar al mercal? Si. ¿Cuándo vuelve a bajar usted en la vía hacia ese mercal usted vuelve a ver a esos sujetos? Se vinieron detrás de mí. ¿Y la muchacha? No ella no. ¿En algún momento usted llegó a conversar con ellos? No. ¿Él llegó a decirle algo a usted? No. ¿Usted menciona algo de la forma de caminar a que se refiere usted con eso? Camina como medio manco. ¿Usted lo conoce por algún sobre nombre al señor Erick? El manquito ¿Cuándo llega usted al mercal estas personas venían detrás de usted? Si pero era mas o menos lejos, yo entre mi papá me abrió y cuando yo entre lo llamaron para que despachara algo, no se que le abran dicho, y cuando yo entro fue que forcejearon con él y le dieron el disparo. ¿Usted pudo observar cuando forcejearon con él? Si. ¿Quiénes se encontraban allí cuando forcejearon con él? Vi a dos personas parados en la puerta. ¿Entre esos estaba Erick? no los pude identificar ¿La última vez que usted vio a Erick en los hechos donde se encontraba? Venía bajando detrás de mí. ¿Con los dos sujetos que forcejearon con su padre? Si. ¿Usted vio cuando le dispararon a su papá? Si. ¿Cómo eran estos dos sujetos? Estaba en la parte oscura y no se veía muy bien, la pistola fue lo único que se vio hacia adentro. ¿Cuándo usted salió después que le dispararon a su papá sale a pedir ayuda? Si después que ellos arrancaron a correr yo busque salir. ¿Usted vio cuando ellos arrancaron a correr? Cuando iban subiendo, ellos agarraron hacia arriba y yo hacia abajo. ¿Y entre esos que usted menciona que arrancaron a correr estaba E.A.? Yo lo vi correr. ¿Lo vio usted corriendo con ellos? Si hacia arriba. ¿Cuándo usted entra a la bodega del mercal usted tiene visión hacia fuera? Si. ¿Usted podía observar si E.A. se encontraba ahí en los alrededores? No pude identificar a las dos personas porque estaban muy pegados del muro pero había dos personas. ¿Pero dentro de la bodega usted tiene visibilidad hacia la calle? Si. ¿Se encontraba en la cercanía E.A., usted lo pudo haber visto en la bodega? No lo identifique. ¿Cuándo salen corriendo, salen corriendo hacia que dirección? Hacia arriba, yo solamente voltee, los vi que iban corriendo y corrí abajo a buscar a alguien. ¿Y con ellos se encontraba el señor E.A. corriendo? Si. ¿Cuándo usted menciona que forcejearon usted vio ese forcejeo? Si, le estaban diciendo que abriera la puerta y empezaron como a moverlo y trataron de meter la mano hacia la parte que la abre, le dieron una patada y después fue que le soltaron el tiro. ¿Ya había sucedido hecho como estos ahí en el mercal? No. ¿Nunca antes habían intentado robar? No.

A peguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿De donde venías tu? De mi casa. ¿Eso queda de subida o de bajada? De arriba hacia abajo. ¿En que momento te encontraste tú con estas tres personas? Cuando iba bajando hacia el mercal. ¿Y en que sitio se encontraban? En un lado sentados en una lancha. ¿Y como es el camino de esa lancha hacia el mercal? Una bajada, una calle. ¿Recta completamente? Es como una curvita, no es algo completamente derecho. ¿Y en esa curvita en que parte se encuentra el mercal? Cerca de donde estaban ellos, como a dos casa más o menos. ¿Y hay visibilidad dentro del mercal a la lancha? Si. ¿Luego que pasas por ahí ellos se metieron contigo o te dijeron algo? No. ¿Tú bajaste y que sucede? Yo baje y le avisé a mi papá lo que estaba pasando y después me devolví a mi casa. ¿Y en ese momento es cuando ellos se te pegan atrás? No, fue la segunda vez que bajé. ¿Tú subiste, volviste a verlo en el mismo sitio, te bañaste y que sucede? Volví a bajar para llevarle las llaves de la moto y para decirle también para subir porque ya era tarde. ¿Cómo que hora era en ese momento cuando tu volviste a bajar? Eran ya las ocho de la noche aproximadamente. ¿Tú entras y hablaste con tu papá? Le dije fue que los chamos venían atrás de mi y que iban a robar el mercal. ¿Cómo sabía usted que iban a robar el mercal? Por la actitud de ellos, era algo que no era normal había algo extraño y solamente se lo advertí porque yo lo presentía, después que entré yo él cerro la puerta, yo entro y fue cuando a él lo llamaron y ahí fue que pasó lo que pasó. ¿Quién atendió a esas personas? Mi papá. ¿No había mas nadie que los pudiera atender? Si estaba mi mamá y mi cuñada pero ellas estaban adentro mi papá estaba cerca de la puerta. ¿Y que le dicen a su papá? Primero lo llamaron para que los despachara y después se escuchó fue la discusión y después el tiro. ¿Cuándo ellos le piden a su papá que los despache que sucede? Él se devuelve y yo caminé hacia adentro y me quedé al lado de un jeep que está dentro de la casa, me quedo viendo hacia fuera. ¿Usted se encontraba adentro o afuera? Adentro del mercal. ¿Y el jeep en donde se encontraba? Eso está estacionado dentro del mercal. ¿Cuántas personas se encontraban dentro del mercal en ese momento? Cinco. ¿Quienes? Mi mamá, mi papá, mi cuñada, el señor de la casa, seis personas, la señora y yo. ¿Entonces a tu papá le solicitan una mercancía y él se devuelve? Él se devuelve y cuando se devuelve hacía la puerta fue que disparo. ¿Dónde se encontraba su cuñada en ese momento? Dentro del mercal. ¿Cómo era su visibilidad en ese momento? Yo estaba parado directo y de frente hacia la puerta. ¿Tú no pudiste observar las características de estas personas? Ellos estaban pegados en la pared, pegado de un muro. ¿De cual muro? Es una reja grande y ahí un muro de cada lado, estaba parado uno de un lado y uno del otro lado. ¿Y pudiste observar a estas dos personas? Se observan las dos personas, pero como están pegado son les pega la luz en la cara. ¿Y a los alrededores? A los alrededores no se veía más nadie. ¿Y donde te encontraste inicialmente a estas personas? Cuando venía bajando la calle. ¿En donde se encontraban? En la lancha. ¿Luego de que tu estas dentro del mercal que observas a estas dos personas que no puedes reconocer que sucede? Fue cuando mi papá salió se defendió le dispararon, él se devuelve hacia adentro, cuando ellos arrancaron a correr yo salí a buscar ayuda. ¿Hacia donde agarraste tú? Hacia abajo, hacia la playa. ¿Hacia donde agarraron las personas? Hacia arriba. ¿Y como puede observar a estas personas si desde la distancia que tiene el mercal hasta la subida no tienes mucha visibilidad por un muro que se encuentra ahí? Está el mercal, después de la calle lo único que yo puedo ver es un muro, yo salgo a la calle y ves hacia arriba y hacia abajo, cuando salí afuera yo voltee hacia arriba iban subiendo los tres corriendo y yo corrí hacia abajo, al yo salir de la casa puedo observar hacia arriba o hacia abajo. ¿Tú sales del mercal y ahí una subida y ahí una bajada? No subida y bajada, esta el mercal, hay una calle en todo el frente y al frente está el muro, al frente del mercal eso es lo único que se ve. ¿Y tu observaste a estas tres personas subiendo? Si. ¿Cómo puedes decir tu que una de estas tres personas era el ciudadano E.A.? Por la forma de correr. ¿Pero tu le viste la cara? Iban de espalda. ¿En el momento de que usted observa a estas tres personas corriendo de espalda, como puede señalar que una de estas personas que usted observa corriendo de espalda es el ciudadano E.A.? Por la forma de correr. ¿Cómo puede asegurar que efectivamente haya sido él? Una persona normal corre equilibrado, si una persona tiene algún defecto o algún defecto a una pierna, obviamente corre distinto a los demás. ¿Tu puedes dar fe de que haya sido él? Si. ¿Por lo que observaste del defecto? Si porque él estaba cerca antes de lo ocurrido, él estaba con las otras dos personas ahí parados.

A preguntas formuladas por el tribunal respondió: ¿Puede indicar la hora de esos hechos? Entre las 7:30 y las 8:00 de la noche más o menos. ¿Qué distancia existe entre la entrada del mercal y el lugar donde estaba la lancha? 20 metros o 15 metros más o menos. ¿Esta tercera persona usted puede indicar donde se encontraba posteriormente? Desde dentro de la casa no se ve, no puedo decir donde estaba porque no se veía. ¿Y posteriormente cuantas personas vio usted corriendo? Tres personas vi corriendo. ¿La misma que usted observó en momento que bajan y estaban las tres personas conversando con la ciudadana M.M.? Si. ¿Las tres personas que e.e. las mismas que corrían? Si.

Declaración de la ciudadana Y.Y.S., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.886.803, de 30 años de edad, de profesión u oficio Licenciada en Criminalística, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida en la Experticia de Reconocimiento técnico inserta al folio 180 de la cuarta pieza, quien entre otras cosas expuso:

Realice experticia de reconocimiento técnico a un proyectil, el cual fue suministrado por la sub. Delegación La Guaira, el mismo presenta características de las que comúnmente son balas para arma de fuego calibre .38 especie, el mismo al ser visualizado a través de un microscopio de comparación balística se determinó que presentaba originalmente cinco huellas de campo y cinco huellas de percusión y para el momento de realizar la experticia poseía cuatro campos, se examinó y el mismo quedó en la división para futuras comparaciones, es todo

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A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Puede dar la descripción del arma la cual fue experticiada? No, realice experticia de un proyectil. ¿Y las características de ese proyectil? Un proyectil raso de plomo, perteneciente a una de las partes que acompañan al cuerpo de una bala, calibre .38, presentando cuatro huellas de campo y cuatro huellas de percusión, originalmente de cinco campos. ¿Qué tiempo tiene usted adscrita al C.I.C.P.C? Once (11) años y ocho (8) meses. ¿Ratifica usted en todo su contenido la experticia que se le está poniendo de vista y manifiesto? Si.

Declaración de la ciudadana A.Y.L.D.U., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.969.085, de 46 años de edad, de profesión u oficio del secretaria, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

“En días anteriores, el día miércoles 13 el ciudadano ERICK estaba merodeando y había dicho que querían robar el mercal, él no lo pudo hacer porque el señor llamó a la policía, pero antes de llamarlo él lo había abordado con otro muchacho que se llama LOZANO, que andaba con él desde hace días, entonces llamaron a la policía y ellos guardaron la pistola frente de mi casa donde había un terreno que yo cuidaba y como ellos se estaban metiendo para allá yo fui y les dije a ellos que no se metiera para allá que eso lo cuido yo, entonces ellos salieron y dijeron “esta vieja lo que quiere es que le de tiro” y yo me fui nada mas le dije a ellos que se salieran y me metí para mi casa, después de eso ellos se sentaron en la esquina cerca de donde yo vivo y empezaron hablar, pero como al señor del mercal mi esposo fue y le dijo que querían robar el mercal él llamó a la policía, vinieron la gente de la salina y a ellos lo salieron persiguiendo, él se metió por una broma para arriba y salió hacia su casa. El día que mataron a mi esposo que fue el día 15, como ellos no pudieron hacerlo, según las versiones y lo que la gente decía, él fue a buscar a unos muchachos amigos, a ver si le daban un quieto al viejo del mercal, cuando llegaron al mercal ese día 15 nosotros estábamos haciendo mercado mi esposo y yo, estaba mi hijo y estaba mi ex nuera, cuando fueron a robar el mercal yo estaba sentada atrás, había un carro en un estacionamiento, lo único que yo escuché fue la detonación y mi esposo corrió hacia donde estaba yo y me dijo “me dieron mami” y me cayó encima, los tipos dijeron “abre esa puerta, abre esa puerta”, después yo me salí y salió mi hijo buscando quien nos ayudara porque mi esposo ya estaba pálido, llegó un señor y nos ayudó y una señora que venía nos hizo el favor de llevarnos a mi hijo y a mi hasta el hospitalito, pero mi esposo cuando íbamos por la escuela naval ya estaba muerto, ahí en la puerta habían como dos chamos, a ERICK un día lo llevaron preso, lo soltaron él tenía prohibición de andar por la calle y donde yo estaba, él vivió su vida tranquilito ni yo me metí con él, ni él se metió con nosotros, pero un día venía bajando mi nuera con mi hijo y él junto con un muchacho que ya murió lo amenazaron con una pistola y lo robaron y les dijo “si quieres me echas paja”, yo le dije a mi hijo que dejara eso así que un celular se recuperaba, es todo”

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿De que mes y de que año está hablando usted? De 15 de octubre del año 2004. ¿Qué fue lo que sucedió el día 13 de octubre del año 2004? Él y el otro muchacho que se llama ELIEZER tenían días merodeando el mercal porque querían robar el mercal, ese día ellos tenían una pistola ahí y la guardaron cada vez que bajaban, primero subieron para una alcantarilla que había ahí, después volvieron a bajar y se metieron para allá, entonces yo dije que algo estaban escondiendo ahí, entonces yo fui y le dije a él “sálganse de ahí que eso yo cuido yo, no se estén metiendo ahí que eso es una propiedad privada. ¿A quien le dijo usted eso? A Erick, entonces él llegó y se metió y cuando yo me volví a voltear él sacó algo y yo no le presté atención con tal que se saliera, después yo me quedé parada en la puerta y él dijo “esta vieja está ahí entrepiteando” y bajé y le dije “mira no metas nada ahí”, entonces el sacó su pistola para allá abajo y dijo “esta vieja lo que quiere es que le de tiro”. ¿El tenía una pistola ese día? Si. ¿Qué fue lo que le dijo? “Esta vieja lo que quiere es que le eche tiro”. ¿Sin embargo usted refiere que estas personas tenían varios días merodeando? Varios días merodeando por ahí y la gente ya sabía. ¿Qué fue lo que le hizo a usted pensar que ese pasar por ahí de Erick y Eliezer era con intenciones de robar el mercal? Porque ya se lo había ido a decir al señor del mercal, le dijeron que querían robar el mercal y que e.E. y otro chamo que andaba con él. ¿Él día que usted había visto a Erick y que la amenazó usted vio a Erick con un arma de fuego? Si, ese día si. ¿Recuerda usted las características y como era esta arma de fuego que vio usted ese día ahí? Yo no se de armas, era una pistola no era cromada, era oscura y tenía cacha larga. ¿Ese día 13 fue todo lo que sucedió? Fue eso hasta ahí. ¿El día 15 usted manifiesta que se encontraba en el mercal? Si. ¿Dígame los nombres de las personas que usted manifiesta que se encontraban dentro del mercal el día 15 de octubre de 2004? Estaba Yosnairy Domínguez, mi hijo L.D., Mi Esposo que falleció, el señor C.G. que era el dueño y la señora Aiskel que era la esposa del señor. ¿Aproximadamente que horas eran ese día 15 de octubre de 2004? Eran como las 07:30 estaba oscuro, ya era de noche, 7 ó 7 y pico la verdad hora exacta no se. ¿A que horas llegó usted al mercal? Temprano, era como las seis de la tarde creo, mi esposo siempre iba para allá y se ponía a tomar café con el señor. ¿Usted llegó a ver a las personas que le dispararon a su esposo? Yo vi a los muchachos, pero yo estaba pendiente era de mi esposo, yo escuché la detonación y yo fui y lo único que hice fue comenzar a gritar que buscáramos ayuda porque él dijo que le dio, pero yo le estaba buscando donde le dieron y yo los estaba buscando pero de verdad no los vi, yo vi primero a dos, el que tenía la pistola en la mano y el otro salió corriendo y mi esposo se me desplomó ahí. ¿Usted se quedó ahí con su esposo? Si. ¿No salió a la calle? Yo salí cuando el señor me ayudó a montarlo en el carro. ¿Usted escuchó algún comentario por parte de su hijo o de su nuera de las personas que había llegado al mercal? Ellos decían quienes era, pero yo no sabía quienes eran, y decían que estaba Erick, que estaba Manuelito y que estaba Lozano Eliezer, decían tantas cosas que no se. ¿Usted logró ver el arma con la que le dispararon a su esposo? Era una pistola oscura. ¿Se le pareció a la pistola que el día 13 usted vio que tenía Erick? Es parecida a la que yo le vi a él. ¿Usted ese día 15 vio a E.A. en el sector? Si lo vi temprano cuando salí, pero de verdad no se porque él subía y bajaba y yo trataba de no verlo. ¿Cómo es el comportamiento de E.A. en el sector? Él es mala conducta. ¿Usted conoce al ciudadano E.A.? Yo lo conozco porque se que es hijo de una señora que vive arriba que se llama M.C. y una vez que hubo un inconveniente con mi hijo menor y él fue para allá y estaba mi esposo todavía vivo y ahí fue cuando yo supe quien era él, “el manco Erick”. ¿Cómo le decían? Todo el mundo se refería a él como el manco Erick. ¿Por qué le decían así? Porque él tiene un defecto al caminar, pero yo trato con él nunca he tenido, nada mas ese día y sin embargo yo no fui la que habló con él sobre el problema que había pasado con mi hijo, si no fue mi esposo y mi hijo mayor. ¿Y aparte de eso la comunicación que tuvo el día 13 no? Si y esas palabras que tuve, pero yo pasaba y ni él me veía a mi, ni yo lo veía a él porque nosotros no nos tratábamos, nunca nos hemos tratado. ¿Cuándo sucedió lo de su esposo el día 15 que usted dice que lo vio en horas tempranas él estaba solo o acompañado? Yo lo vi que él iba solo, porque por ahí se baja hacia la playa y él tenía la costumbre de bajar por ahí para la playa, entonces me supongo yo que iba hacia la playa, hacía donde iba no se yo, se que bajó por ahí.

A preguntas formuladas por la defensa privada respondió: ¿Usted señala que se había encontrado con el señor Erick días antes en un terreno que usted cuida o cuidaba? Yo no dije que me lo había encontrado ni me encontré, ellos estaban ahí y yo fui a decirle a él que no se metiera para allá que eso lo cuidaba yo. ¿Usted observó en algún momento que él había escondido algo? Claro yo vi que él escondió algo y por eso fue que fui para allá y después me di cuenta que era lo que había escondido. ¿Y que fue lo que él escondió? Una pistola. ¿En este día con quien se encontraba él? Con Eliezer. ¿Y que comunicación tuvieron ese día ustedes dos? Lo único que le dije fue que no se metiera para ese terreno porque ese terreno lo cuidaba yo. ¿Luego de ese día que sucede? El 15 mataron a mi esposo. ¿Este día 15 en que momento se tropieza usted a ellos? Yo en ningún momento dije que había visto a ellos, por lo menos en el momento que mataron a mi esposo. ¿El día 15 en el transcurso del día? En el día. ¿En que momento, que horas eran aproximadamente? No se, él bajaba a cualquier hora porque aquí en el litoral se va para la playa a cualquier hora, por ahí baja mucha gente a cualquier hora. ¿Y usted lo observó en que actitud? No, normal como siempre, él bajaba y subía y se quedaba mirando a la gente. ¿En el momento en que matan a su esposo donde se encontraba usted? Dentro del mercal. ¿En que parte? Cerca de él, eso es como un garaje, había un jeep, yo estaba del lado izquierdo. ¿Dónde se encuentra ese jeep, en que sitio del mercal? En un garaje, estaba estacionado adentro del garaje. ¿Y usted se encontraba en la parte de adentro o en la parte de afuera? Al lado, de ahí yo veía hacia afuera. ¿Qué visión tenía usted desde donde usted se encontraba? Se veía toda la parte del frente donde están las rejas. ¿Con quien se encontraba usted sentada ahí? Yo estaba ahí con mi esposo. ¿Y donde se encontraban las otras personas que usted señala? Una estaba del lado derecho que era mi hijo, y la niña se había ido a buscar la leche, ya venía en el momento de eso, ya ella los había visto y ella fue a buscar la leche porque ellos habían venido anteriormente a preguntar si había leche o no. ¿Quiénes habían ido primeramente a preguntar si había leche? Unos muchachos, ella dijo “esos son los mismos muchachos que vinieron a preguntar si había leche, ella fue a buscar la leche y venía y mi esposo caminó para allá y yo me quedé sentada, él fue hacia la puerta a preguntarle a los chamos que quería. ¿Y desde allí donde usted estaba podía observar a las personas que se acercaban al mercal a pedir este tipo de productos? Si de ahí se veía. ¿Y en ese momento usted no pudo observar a las personas que se acercaron? Yo si vi a las dos personas que llegaron ahí al frente en el momento en que la niña venia con la leche, ya mi esposo había ido ya, cuando de repente se escuchó cuando los muchachos le dijeron “abre esa puerta” y él les dijo que esa llave no era de esa reja que esa era la llave de su moto, entonces el chamo le disparó. ¿En ese momento cuando su esposo se acerca a la puerta él se encontraba solo? Cuando fue hacia la puerta iba solo. ¿Cuándo le dispararon nadie pudo observar que quien disparó? Mi hijo que estaba del lado derecho del jeep. ¿Hacia la parte de atrás del vehiculo o hacia la parte de adelante? De ahí se observaba mejor que de donde yo estaba delante ni detrás estaba del lado derecho. ¿Su nuera donde se encontraba? Ella venia ya saliendo para traer la leche a los muchachos. ¿Luego de eso que sucede? Salió, mi hijo, Salió la muchacha, yo me quedé ahí, bajó el señor y la señora del mercal, entonces estábamos buscando como hacer para llevárnoslo, ellos salieron a buscar y no consiguieron, pasó un señor y la señora ABIGAIL fue la que nos hizo el favor de llevarlo para el hospital. ¿Usted puede señalar si en ese acto cuando mataron a su esposo se encontraba en las adyacencias el ciudadano E.A.? La verdad yo a él no lo vi ese día a esa hora, lo que si tengo claro es fue quien mató a mi esposo a ese si lo vi porque le vi la pistola. ¿Usted le vio la pistola a quien? A Manuel.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Puede usted indicar al tribunal la hora aproximada de esos hechos que usted acaba de narrar? Eso fue después de las siete de la noche. ¿Usted puede indicar donde se encuentra ubicado ese mercal? En la calle principal de la quebrada la iguana. ¿Usted pudo observar las características de las dos personas que se acercaron a pedir un producto en el mercal? Si porque ahí había un bombillo y se identificaba mas una persona que la otra y había otra persona pero no se quien era, yo se que eran dos personas las que estaban ahí paradas y salieron corriendo, las personas que los vieron dicen que eran tres, que uno corrió para un lado, que uno estaba escondido en la lancha y el otro estaba escondido.

Declaración del ciudadano E.E.G.N., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.544.477, de 26 años de edad, de profesión u oficio Policía y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida ene. Acta policial que le fue puesta de manifiesto, quien entre otras cosas expuso:

Hace casi cuatro años fuimos hacer un recorrido en lo que es el sector de la quebrada la iguana y dimos con la capturan de este ciudadano, es muy poco lo que puedo recordar porque en realidad ha pasado el tiempo y ya he hecho muchos procedimientos, pero si estoy seguro de la actuación como tal, es todo

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Usted ratifica el contenido de esa acta policial? Si.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Como obtiene usted conocimiento de los hechos? Tengo conocimiento por medio de un llamado, yo era el auxiliar de uno más antiguo que yo, él era el que tenía el portátil y nos dirigimos al sitio, me hace saber a mí que estamos buscando a una persona con tales características. ¿Qué le indicaron en esa llamada telefónica? Que había un sujeto merodeando el sector y que había cometido un homicidio al señor que trabajaba en el mercal. ¿Cómo aprehenden al ciudadano, como fue el procedimiento? Lo vimos le dimos la voz de alto, se le hizo la revisión corporal y esperamos a los denunciantes, después lo trasladamos a la comisaría y ahí lo reconocieron. ¿Ustedes una vez que tienen esa información vía telefónica se van al lugar de los hechos? Estábamos recorriendo el sector y pasamos exactamente a la quebrada de la iguana. ¿Se comunicaron ahí con alguna de las personas que estuvieron presento u observaron los hechos? Nosotros hicimos la aprehensión y después fueron los testigos que estaban ahí y los reconocieron. ¿Recuerda el día de esos hechos? No Dra. en realidad no lo recuerdo.

Declaración del ciudadano M.A.B., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.465.224, de profesión u oficio Funcionario Publico, y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida en la Inspección Ocular contenida a los folios 178 y 179 de la cuarta pieza, quien entre otras cosas expuso:

La primera inspección se realizó en la sala de emergencia del hospital A.M. de C.l.M., donde se realizó la inspección a un cadáver donde se deja constancia de sus características fisonómicas, la identidad y la herida que presentaba la persona; la segunda inspección fue en el sector la Iguana Tacoa, Quebrada la Iguana, Tacoa, C.l.M., es un sitio abierto correspondiente entrada de una vivienda a la cual se obtiene acceso por un camino de tierra, siguiendo en ese sentido nos conduce a una casa, la cual está conformada por dos plantas a la cual tuvimos acceso y realizamos una minuciosa búsqueda, a fin de encontrar alguna evidencia de interés criminalística, la cual fue infructuosa, se tomó como punto de referencia un poste de alumbrado eléctrico y donde se practicó la inspección es un sitio que funge como un mercal, un abasto denominado mercal, es todo

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: ¿Me puede decir aproximadamente a que hora efectuó esa inspección? No recuerdo. ¿A que distancia aproximada se encontraba el poste de alumbrado eléctrico? Adyacente al sitio donde ocurrió el hecho, hay varios postes de alumbrado eléctrico pero el que se tomó como punto de referencia era una que estaba al lado de la entrada del sitio del suceso. ¿Cuándo usted refiere que habían varios aproximadamente cuantos? Seis o siete postes.

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Cómo eran las vías de accesos que se encontraban en la cercanía de la casa? A la casa se tiene acceso mediante un pasillo de tierra. ¿Pero en ese pasillo de tierra habían vías hacia el este, el oeste, hacia arriba, hacia abajo u otras vías adyacentes a esa? No recuerdo.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Pudiera indicar usted cuales eran las características fisonómicas del cadáver al cual le realizaron la inspección? Era una persona morena, cabello entre canoso, 46 años de edad y tenia una herida de forma circular en la región abdominal con una salida en la región lumbar, una herida circular, una irregular. ¿En que parte estaba la herida? La de forma circular en la región abdominal y la irregular en la región lumbar. ¿Pudiera usted indicar las características que tenia el lugar denominado mercal? Era una vivienda de dos plantas, constituida por una reja no recuerdo el color, por la cual ascendimos por una escalera, pero dentro de la residencia no ubicamos nada. ¿En esas rejas que usted manifiesta se veía la entrada o como están ubicadas? Era unas rejas que nos daba acceso al interior de la vivienda, no hubo otra puerta para subir al siguiente piso. ¿Qué otra características tenia este lugar? En si el sitio era un sitio de suceso abierto, ese camino de tierra o esa entrada nos daba acceso a esa residencia, pero en si donde ocurrió el hecho fue un sitio de suceso abierto. ¿El poste que tomaron como punto de referencia funcionaba normalmente o tenía algún tipo de falla? Funcionaba normalmente y tenía una nomenclatura, sacamos un punto de referencia para ubicarse uno en el punto de referencia. ¿Pudiera usted indicar si este poste siendo que lo tomaron como punto de referencia para conseguir la casa cerca? Si estaba adyacente. ¿Pudiera usted indicar qué tiempo tiene adscrito al C.I.C.P.C? 7 años. ¿Ratifica en todo su contenido las inspecciones oculares que le fueron puestas de manifiesto? Si.

Declaración del ciudadano MORAN SANDREA E.J., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.861.198, de profesión u oficio Medico Forense, y previa juramentación e impuesto de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoció como suya una la firma contenida en el Acta de Levantamiento de cadáver contenida al folio 180 de la cuarta pieza, quien entre otras cosas expuso:

Esto es un levantamiento que se realiza en la morgue de aquí del Estado Vargas, se hizo el día 16 de octubre de 2004 a un cadáver el cual presentaba una herida con arma de fuego, proyectil único, con un orificio de entrada redondeado de un centímetro de diámetro aproximadamente en el hipocondrio derecho y el orificio de salida lo tenia en el glúteo izquierdo, la causa de la muerte es un SHOCK HIPOVOLEMICO y una hemorragia interna con el proyectil percutado por el arma de fuego, es todo

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: ¿Según su experticia usted puede asegurar que la persona realizó algún forcejeo? No le puedo responder eso.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: ¿Pudiera indicar qué otras características tiene el orificio? Todo lo que tiene es un centímetro de diámetro en el sitio ubicado en el hipocondrio derecho y el orificio de salida fue a nivel del glúteo izquierdo del cuadrante súper externo; es decir en la parte superior y externa, ese fue el orificio de salida, es decir que tuvo un trazo oblicuo hacia abajo descendente. ¿Usted manifestó igualmente que fue producido por un proyectil? Percutado por arma de fuego. ¿Por las características de la herida, específicamente el orificio de entrada pudiera indicar que distancia aproximada pudiera haber producido esa herida? En el momento que hice el examen, generalmente a veces uno consigue el halo de contusión que habla a favor de ciertas distancias pero ese momento no está descrito, es decir cuando no lo veo no lo pongo, ósea no puedo precisar con precisión la distancia, cuando lo veo lo coloco, el halo de contusión me habla de cierta distancia, si hay tatuajes también me habla de distancias, pero no esta colocado, pudo haber sido de lejitos, pudo haber sido a tres metros, a un metro, ya después de un metro sesenta ya se pierde. ¿Por la las características del halo de contusión pudiera indicarse que el disparo fue a próximo contacto? No, si es a próximo contacto aparece otra cosa que es superior a lo que es un halo de contusión, existe el alo de quemadura, el halo de quemadura si se presenta cuando se pegan las personas por lo menos a veinte centímetro o se le pone a contacto, el halo de contusión puede aparecer en sesenta centímetros o un metro sesenta aproximadamente, a veces aparece, a veces no. ¿El cadáver presentaba ese halo de quemadura? No. ¿Qué otra característica presentaba el cadáver? Más nada, lo que tenia era la herida por arma de fuego, un orificio de entrada y un orificio de salida. ¿La causa de la muerte fue el SHOCK HIPOVOLEMICO? El SHOCK HIPOVOLEMICO producido por una hemorragia interna, el proyectil cuando pasa perfora órganos importantes y vasos, se produce un sangramiento y eso es lo que caracteriza el SHOCK HIPOVOLEMICO y entonces eso hace que la persona fallezca. ¿Atravesó órganos vitales? No lo puedo decir, si no lo dice el patólogo forense que es el que abre el cadáver y ve cuales son las lesiones que tiene interna, yo me encargo de las lesiones externas, pero como somos nosotros los que firmamos el certificado de defunción según lo que dice el patólogo, esto es producto del trabajo del patólogo el SHOCK HIPOVOLEMICO, cuando el abre ve la cantidad de líquido que hay en cavidad abdominal, entonces ya se sabe que es un SHOCK HIPOVOLEMICO, debido a una hemorragia interna, pasó, rompió órganos, rompió vasos, sangró y entonces la persona falleció pero eso lo dice mas que todo las lesiones, las características de las lesiones internas las dice el patólogo forense. ¿Es necesario que ustedes tengan posteriormente el protocolo de autopsia, a los fines de determinar cual fue la causa de la muerte? Si por supuesto. ¿Coincide normalmente? Claro, el trabajo mío es previo, yo describo las lesiones externas, esa información se la pasó al patólogo forense, el patólogo forense abre y ve las lesiones internas, entonces él concluye y yo firmo el certificado de defunción. ¿Pudiera usted indicar el tiempo que tiene adscrito al C.I.C.P.C? 7 años. ¿Ratifica usted en todo su contenido la experticia que le fue impuesta de vista y manifiesto? Si.

Declaración de la ciudadana DAS N.D.C.M.F., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-25.280.241, de profesión u oficio del hogar, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

“Ese día yo venía de clases de la Misión Rivas y dos jóvenes iban subiendo, escuchamos el disparo y luego llegando a la escalera me encontré de frente con dos jóvenes que iban subiendo, uno más bajito y un alto, el segundo bajito se iba colocando la camisa y mi compañera me dice “lleva un arma, lleva un arma”, yo le dije tranquila que dios nos está protegiendo, el mas alto lo llamó y siguieron de largo, pero cuando llegamos al final de la escalera está la gente diciendo “mataron a luís, mataron a luís”, en el momento arriba habíamos escuchado el disparo pero no sabíamos nada, eso fue lo único que vi porque ya al llegar abajo vi fue una camioneta, estaba mi esposo que iba a ayudarlo en un carrito pero no pudo porque era de dos asientos, entonces vino una camioneta subieron al señor luís y se lo llevaron y todavía estaba vivo cuando se lo llevaron en la camioneta, creo que murió en el carro después, es todo”

A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: 1.- ¿Algunos de estos muchachos que usted pudo observar llevaba un arma de fuego? Mi compañera, yo no le vi el arma a uno le vi solo los zapatos y su contextura, vi lo alto y no me fije en su cara; el segundo si pude verlo de frente porque él estaba cambiándose una franela blanca, estaba como vistiéndose una franela iba sin camisa, yo si le miré la cara pero el arma en ese momento yo no le vi nada, mi compañera fue la que me dijo pero ella después dijo que no había visto nada. 2.- ¿Cuándo usted llegó a su casa que fue lo que vio? Antes de llegar a la casa ya veo el bululú de personas y veo a mi esposo bajando. 3.- ¿Quién le informa a usted lo que había sucedido? Un grupo de vecinos que viven al frente. 4.- ¿Qué le dicen? Que habían matado al señor luís. 5.- ¿Usted pudo escuchar en ese momento quienes eran las personas que lo habían hecho? Había algunas personas que comentaban los nombres. 6.- ¿Qué nombres? Hablaban de un tal Erick pero yo no lo conozco, a las personas que nombraban yo no lo conocía, porque yo no se los nombres de los jóvenes que se paraban ahí, a veces se paraban unos muchachos en la esquina, era un joven que se paraba siempre en la esquina que se llama ERICK y otro mas, pero de verdad yo por nombre no los identifico. 7.- ¿Quién señalaba que había sido esas personas? Unos vecinos que estaban ahí, porque había un vecino que estaba afuera. 8.- ¿Él mencionaba que se llamaba Erick? Si.-

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: 1.- ¿Usted podría dar las características físicas de los dos ciudadanos? Uno era bastante alto, tenía contextura como de 1,80, era bastante alto y flaco, lo único que recuerdo de ese alto era los zapatos que se los vi bien y mi compañera me dijo que había mencionado que lo mataron, y al segundo si lo miré bien de frente porque el se paró casi frente a mi, la camisa como que le quedaba apretada o estaba como cambiándose la camisa y era un joven de contextura baja, tenía los ojos un poco claro, gordito. 2.- ¿Fueron dos personas las que usted vio? Las que yo vi fueron esas dos. 3.-¿Alguna de estas dos personas manifestó algo? Si el bajito le dice “le damos” y el alto le dice “vamos vente, vente, vente”. 4.- ¿Corrían como dos personas normales? Corrían como huyendo de algo. 5.- ¿Los vio correr como dos personas que no tenían defectos físicos? El mas bajito creo que si, el gordito caminaba un poco hacia un lado, el que tenía los ojos claros, ya estaba como oscureciendo, no los vi claro porque ya estaba cayendo la noche. 6.-¿Cuándo llega al sitio donde pasó el hecho del señor luís que sucede? Ya en las escaleras bajando a dos minutos estaban todos los vecinos reunidos porque están sacando al señor luís ya al hospital, lo están sacando del mercal al hospital, estaba todo el grupo de vecinos reunidos y alguien llamó diciendo que él había muerto en el camino. 7.- ¿Cuánto tiempo tiene usted viviendo por ahí? Desde el 2002, yo vivían más arriba hace veinticinco años. 8.- ¿Alguna vez usted en el tiempo que tiene viviendo en esta comunidad había escuchado algún comentario malo de estas personas que le señalaron a usted que habían cometido el hecho? Yo no soy personas de estar en comentarios, por eso no se nada acerca de que hayan hecho, de quienes era, incluso yo ni los conocía de antes.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- ¿Usted puede indicar la fecha de esos hechos que usted está manifestando? Yo no anoté la fecha, de verdad que no se, creo que hace cuatro años mas o menos. 2.- ¿Y recuerda la hora aproximada? Si de siete y pico a ocho. 3.- ¿Estas personas que usted se consigue de que sitio venían, de que lugar? Subían por unas escaleras donde ahí una bodeguita de una señor que le dicen OTTO, el tiene un kiosquito con unas rejitad; el primero mas alto ya había salido de la escalera y el segundo mas bajito venía atrás como cambiándose la franela, era una franela blanca. 4.- ¿Usted puede decir las características específicas de esa persona que se venía poniendo la camisa? Era bajito. 5.-¿Pudiera indicar que estatura aproximada? Yo diría que mas o menos de mi tamaño. 6.- ¿Alguna otra característica de esta persona? Era gordito, cabello como ondulado, m.c..

Declaración del ciudadano CORREIA DOS S.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.094.652, de profesión u oficio mecánico, y previa juramentación e impuesta de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal entre otras cosas expuso:

Yo estaba en la casa cuando el tiroteo, salí y los jóvenes venían subiendo por las escaleras, el que le dio el tiro fue el Erick, llegué abajo y lo que hice fue auxiliar a la señora, en ese momento llegó una wagoneer, lo montamos en el carro y la señora se lo llevó corriendo para el hospital, es todo

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A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió:1.- ¿Aproximadamente que hora era cuando usted se encontraba ahí? Siete o siete y media. ¿Dónde se encontraba usted? En mi casa. 2.- ¿Cuántos pisos tiene su casa? Esa una casa en construcción, baja de una sola planta. 3.- ¿La bodega del mercal que está ahí queda cerca de su casa? Si queda cerca, como a dos cuadras. 4.- ¿En ese momento usted pudo escuchar los disparos? Si. 5.- ¿Cuántos disparos escuchó? Uno (01). 6.- ¿Usted que hace al escuchar el disparo? Baje corriendo. 7.- ¿Hacia donde bajó? Hacia el mercal. 8.- ¿Apenas usted bajó que pasó? Venían subiendo ellos. 9.- ¿Quiénes? Los dos jóvenes, a uno no lo conozco pero yo se que era el Erick el otro. 10.- ¿Usted manifiesta que Erick cojeaba? Claro. 11.- ¿Sin duda alguna era él? Claro era él, porque él siempre frecuentaba mucho ahí, él siempre se la pasaba mucho por ahí. 12.- ¿Algo había escuchado? No. 13.- ¿Cuándo usted llegó a ese mercal que observó, que vio al llegar al mercal? Que estuvieron peleando a manos, parece que trató de quitarle la pistola, no pudo y él agarró y le disparó. 14.- ¿Pero usted estaba allí? No, yo solamente oí lo que la señora de él contó lo que había pasado. 15.- ¿La señora Amalia? Si ella estaba ahí. 16.- ¿Usted bajó al escuchar? Si. 17.- ¿Estas dos personas que usted vio estaban caminando o estaban corriendo? Corriendo. 18.- ¿Usted puede indicar si allí en el mercal había un poste de alumbrado? La verdad es que no le puedo decir. 19.- ¿Cuando usted llegó al mercal quien es la primera persona con la que usted se encuentra? Con la señora de él. 20.- ¿Estaban otras personas ahí? Los dueños del mercal que estaban adentro. 21.- ¿El hijo del occiso se encontraba ahí? No él supo después que lo tirotearon. 22.- ¿Usted bajó solo? Si bajé solo.

A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: 1.- ¿Que distancia hay de su casa al mercal? Dos cuadras. 2.- ¿Cuando escucha el disparo? Bajé y los tipos ya venían subiendo. 3.- ¿Cuando usted venía bajando y ellos subiendo los vio de frente? Claro a uno a Erick, pero al otro que andaba con él lo desconozco. 4.- ¿Cuantos eran? Dos. 5.- ¿Usted observó en algún momento si alguna de estas personas tenían armas? No, pero yo se que eran ellos porque ellos venían corriendo de allá. 6.- ¿Pero usted le vio un arma? No. 7.- ¿Cuando usted llega al mercal que hace usted? Sale la esposa de él llorando para que la auxiliara y en ese momento vino una wagoneer de una señora que vive mas arriba y los auxilie, lo montamos en la camioneta y ella se encargó de llevarlo al hospital. 8.- ¿Que le dice la gente cuando usted llegó, que comentarios escuchó ahí? Que lo habían tiroteado, eso fue lo que contó la señora. 9.- ¿El hijo del señor Useche se encontraba allí? No, no lo vi. 10.- ¿A parte de estas personas que se encontraban ahí a quien mas pudo observar usted ahí? No me acuerdo. 11.- ¿Usted puede señalar cuales son las vías de acceso que hay allí? Hacia la escalera. 12.- ¿Había alguna otra persona corriendo detrás de ellos? No, eran ellos nada más.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- ¿Usted manifiesta que cuando usted iba bajando iban subiendo dos personas, entre ellos una persona que usted menciona el Erick, como sabe usted que era él? Porque ese era el sitio por donde ellos estaba, no lo conocía si no de vista. 2.- ¿Puede indicar las características de la otra persona que venían con esta persona? Alto, un poquito flaco, un poquito moreno, eso es todo lo que puedo decir. 3.- ¿Venían solamente estas personas? Venían solamente esas personas. 4.- ¿De donde venían estas personas? De abajo del mercal. 5.- ¿Usted observó cuando salieron del mercal? Estaban arriba, cuando yo vengo bajando ellos salieron corriendo y entonces agarraron hacia arriba hacia la escalera. 6.- ¿Usted pudiera indicar como iban vestidos estas dos personas? La verdad es que no lo recuerdo. 7.- ¿Recuerda la hora? Siete o siete y media.

El Tribunal prescindió de la declaración de los testigos: M.L.D., Requena Centeno Darwin, Tiapa M.M.B., Mayora delgado Ricardo, expertos: R.G., F.M., F.P., D.S.; funcionarios actuantes; R.M.L. y A.C., de conformidad con el último aparte del artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal y ordenó la incorporación por su lectura de conformidad con el artículo 339, ordinal 2 del texto penal adjetivo, la siguientes documentales: 1.- Experticia de Reconocimiento legal Nro. 9700-055-428, de fecha 08-12-2006; Informe Pericial Nro. 9700-035-LFQ-781; Acta policial de fecha 16-11-2004; Experticia de Reconocimiento Técnico Nro. 9700-018-5999; Acta de levantamiento de cadáver, de fecha 27-11-2004; Protocolo de Autopsia de fecha15-10-2004.

Ahora bien, esta juzgadora, haciendo una descripción de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos que dieron origen a la presente causa, y de acuerdo a la acusación ofrecida por la Vindicta Pública en contra de los acusados G.F.O. y E.D.A.P., por la comisión de los delitos HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, y a los medios ofrecidos por la Representante Fiscal, que fueron admitidos en su oportunidad, los cuales no fueron evacuados en debate oral y público, en virtud se concluye que efectivamente no se puede demostrar, no sólo la culpabilidad de los ciudadanos G.F.O. y E.D.A.P., sino que la materialidad del hecho punible imputado por el Ministerio Público tampoco pudo ser comprobado. Así las cosas, tenemos, la representación fiscal prescindió de los medios de pruebas ofrecidos en su oportunidad, en virtud que en el presente caso a pesar que el Tribunal suspendido en varias oportunidades a los fines de hacer comparecer a los medios probatorios, siendo citados los mismo por parte del tribunal y la representación Fiscal, por la fuerza pública, agotadas todas y cada una de las diligencias no fue posible la ubicación, es por lo la Representante del Ministerio Público al momento al exponer sus conclusiones, señalo que esa Representación Fiscal no pudo demostrar la participación de los acusados en los hechos inicialmente imputados, y por ende la responsabilidad penal del mismo.

Razonamientos en virtud de los cuales, determinan que este Tribunal, al no haber quedado acreditada la materialidad delictiva no puede pasar a determinar la autoría, responsabilidad y consecuencialmente la culpabilidad de los hoy acusados G.F.O. y E.D.A.P., en la comisión de los delitos imputados por la Representación Fiscal, en consecuencia se decreta en este juicio SENTENCIA ABSOLUTORIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y con ello, se decretó en la audiencia el cese de todas las medidas restrictivas de la libertad del acusado. Y ASÍ SE DECLARA.

Por otra parte, de conformidad con los principios de valoración establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 22, según los cuales el Juzgador debe fundamentarse en la sana crítica, que no son mas que reglas del correcto entendimiento humano, observando de igual forma las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, para apreciar las pruebas y fundamentar su fallo. Nuestro Sistema de apreciación de pruebas, exige al juzgador un análisis exhaustivo de los elementos probados y debatidos en el juicio, y es de esa ponderación donde el juez tendrá que explicar porque se adhiere al pedimento fiscal en caso de requerirse la condena del acusado, o en caso distinto los elementos que lo convencieron para exculparle. De tal forma, que considera quien hoy sentencia incluir en el texto de esta decisión lo que indicó nuestra Sala de Casación Penal, en Sentencia Nro. 086 del 11/03/03 a saber:

" …De acuerdo al nuevo sistema, la valoración de las pruebas debe efectuarse con base en la sana crítica, tal como lo establece el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que resulta necesario que el juzgador efectúe un análisis y comparación de las pruebas que le fueron presentadas, para luego explicar en la sentencia las razones por las cuales tales pruebas y su comparación resultaron lógicas, verosímiles, concordantes o no, y de allí establecer los hechos que consideró acreditados y la base legal aplicable al caso concreto. "

Nuestra normativa, señala que las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, norma que debemos concatenarla con el artículo 198 ejúsdem, el cual señala que, salvo disposición expresa en contrario, se podrán probar todos lo hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso y por cualquier medio de prueba, siempre que hayan sido incorporadas conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, y no estén expresamente prohibidas por la ley. En el presente, tenemos suficientes elementos de convicción procesal para determinar de manera plena que el acusado ciudadano E.D.A.P., si perpetró el hecho punible imputado por el Ministerio Público, toda vez, que quedo plenamente demostrado que el acusado E.D.A.P., conjuntamente con otros ciudadanos fueron las personas, que en fecha 15 de Octubre de 2004, aproximadamente a las 8 de la noche; se dirigieron hasta la Bodega Mercal, ubicada en el sector de Arrecife, llamaron al occiso, dos de ellos, mientras el ciudadano E.A. espera a pocos metros, donde se encontraba una lancha abandonada, vigilando la zona, mientras que los otros dos trataban de robar el local antes mencionado, procediendo a quitarle la vida al ciudadano Useche L.V..

Al realizar el análisis detallado del acervo probatorio en el presente juicio, el cual consistió en la declaración de la Dra. M.N., medico anatomopatólogo, quien para el momento de los hechos se encontraba adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, quien con su deposición ratifico el contenido del protocolo de autopsia practicado al ciudadano Useche L.V., inserto al folio (182) de la pieza cuarta pieza, estableció de manera clara y sin que quedara lugar a dudas que la causa de la muerte del referido ciudadano, se debió un shock hipovolémico por herida por arma de fuego en el abdomen. Testimonial que aprecia y la valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta la misma, a los fines de determinar las causas de la muerte en la presente causa, dado los conocimientos científicos que aporta al proceso dicha prueba.

En el mismo sentido, se precia la declaración del Dr. Moran Sandrea Edwar, quien rarifico en su contenido y firma el acta de Levantamiento de cadáver de quien en vida respondiera al nombre de Useche L.V., actuación que se llevo a cabo en la sede la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Vargas, que del examen y revisión del cadáver se aprecia una herida con arma de fuego, proyectil único, con un orificio de entrada redondeado de un centímetro de diámetro aproximadamente en el hipocondrio derecho y el orificio de salida lo tenia en el glúteo izquierdo, la causa de la muerte es un SHOCK HIPOVOLEMICO y una hemorragia interna con el proyectil percutado por el arma de fuego. Ddescripciones que son coincidentes a las expresadas el protocolo de autopsia, que concatenadas con este sirven para determinar la causa de la muerte del ciudadano Useche L.V., fue shock hipovolémico por herida por arma de fuego en el abdomen. Testimonio que este Tribunal aprecia y valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta el mismo, a los fines de la determinación de la causa de la muerte.

Con la declaración del ciudadano E.E.G., funcionario actuante, de la cual se evidencia que practico la aprehensión del acusado E.A.P., luego que recibieran llamada radiofónica informando de las características de unos sujetos que habían dado muerte al ciudadano Useche L.V., por lo que al emprender el dispositivo de rigor lograron la aprehensión del hoy acusado. Con su versión se corrobora las circunstancias de tiempo modo y lugar en que se realizó el procedimiento de aprehensión del acusado.

Con la declaración de la ciudadana Y.S., quien fue la encargada de realizar experticia de Reconocimiento técnico, en la cual llegan a la conclusión de que el proyectil pertenece a una de las partes que componen el cuerpo de de una bala, para arma de fuego calibre .38 Special, de estructura raso de plomo, de forma cilindro ojival. Testimonio que este Tribunal aprecia y valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta el mismo, a los fines de la determinación del proyectil que encontrado en el cuerpo de la victima.

Por todas estas declaraciones considera quien aquí decide que se encuentran acreditados los elementos constitutivos del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, toda vez, que existe la destrucción de una vida humana, la del ciudadano Useche L.V.; la conducta del acusado fue intencional, produciendo la muerte del hoy occiso. Ello quedó acreditado igualmente con la concatenación lógica las pruebas técnicas que fueron evacuadas en el juicio, tales como el acta de levantamiento de cadáver y el protocolo de autopsia del cual se evidencia que la causa de muerte fue debido a shock hipovolémico por herida por arma de fuego en el abdomen, tal como lo describió el médico forense, lo que coincide con lo manifestado por la médico anatomopatólogo Dra. M.N., en razón a las características que fueron descritas en el protocolo de autopsia, aunado a la experticia de Experticia de reconocimiento técnico en la cual se deja constancia de las características del proyectil encontrado en el cuerpo del occiso

Aunado a lo anterior debemos recordar los testimonios de los ciudadanos Maryuris J.M., Josnairis N.D., L.D.U. y A.L.d.U., quienes fueron contestes en señalar al Tribunal que el acusado se encontraba conjuntamente con otros dos ciudadanos. Por lo que la concatenación lógica de las declaraciones rendidas en el presente juicio adminiculadas a las pruebas documentales producen el en animo de quien aquí decide, que el presente caso, tenemos suficientes elementos de convicción procesal para determinar de manera plena que el acusado participo en el hecho punible imputado por el Ministerio Público. Quedando fuera de toda apreciación los alegatos de la Defensa tanto en su discurso de apertura como en el de conclusiones, relativos a la convicción que nos lleva hasta la presente decisión es la marcha lógica de un examen racional de los hechos y de una apreciación crítica de los elementos de prueba.

En nuestro nuevo proceso penal, el número de testigos nada tiene que ver en este punto de apreciación lógica, lo esencial está en que el testigo esté adornado de aquellas cualidades o dotes necesarias para que no surja ni la menor duda y que nazca tal convicción para dar certeza plena de lo que afirma, no importa que tengamos uno o mil testigos, no se tiene por ello una prueba mayor ni menor, se tiene la prueba. Tampoco se requiere que existan elementos de prueba sin importar el número ni la cantidad de ellas, sino su calidad, su significado y trascendencia para poder fundamentar un fallo y así se pueda desvirtuar la presunción de inocencia. En el caso que nos ocupa, este Tribunal basa su convicción en las declaraciones contestes rendidas por los testigos presénciales y los expertos, adminiculadas dichas deposiciones con las documentales ofrecidas y valoradas, descartando la incongruencia alegada por la defensa en la deposiciones, de todos y cada uno de los testigos y expertos, lo cual desvirtúa en el presente caso la aplicación del principio del in dubio Pro Reo, ya que no quedaron dudas en el tribunal en cuanto a la ocurrencia del hecho punible por el cual se formuló acusación, ni de la participación y consecuente responsabilidad penal del acusado por dichos hechos.

Es así que de conformidad con el contenido del artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal señala el proceso debe establecer la verdad de los hechos por la vías jurídicas, y la justicia en aplicación del derecho, en base a lo anteriormente narrado, en consecuencia al no aportar la defensa ningún elemento de convicción para demostrar sus alegatos ni desvirtuar los presentados por el Ministerio Público ampliamente apreciados en el presente fallo, en consecuencia, la presente sentencia debe ser CONDENATORIA, al acusado E.A.P. y se procede a aplicar la pena al acusado, vista su culpabilidad. Y ASI SE DECLARA.

IV

SANCION

En lo que respecta a la sanción que ha de imponerse al acusado E.D.A.P., por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRABVADO, en grado de COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en relación con el articulo 84 ordinal 3° ejusdem, se debe tener en cuenta las pautas del articulo 622 de la LOPNA, habiendo quedado comprobado el acto delictivo y la existencia del daño causado, así como la comprobación de que este ciudadano ha participado en grado de cómplice no necesario, tomando en cuenta la edad ciudadano que para el momento del hecho contaba con diecisiete (17) años, con capacidad para cumplir cualquier medida y a quien se le puede hacer un juicio de reproche por la conducta desplegada en el hecho establecido. De igual forma tomando en cuenta la naturaleza y la gravedad de los hechos considera que lo ajustado a derecho es imponer al acusado E.D.A.P., la sanción de L.A., simultáneamente con la imposición de REGLAS DE CONDUCTA, consistentes en la prohibición de acercarse por cualquier medio a los familiares de la victima; Prohibición de Portar armas; Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes; por el lapso de UN (01) AÑO, conforme al contenido de los articulo 622, 624 y 626 en relación con la parte in fine del artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Este Juzgado Cuarto Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO

ABSUELVE a los ciudadanos E.D.A.P., de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 18/04/87, de 21 anos de edad, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Vista al Mar, Arrecifre, frente a la planta Tacoa de Electricidad, casa de rejas gris y rosada por dentro, C.l.M., Estado Vargas, numero de teléfono 0212-2233633 y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.536.188 y J.G.F.O., de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, de 23 anos de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en Vista Al Mar, Arrecifre, Casa Nº 15, C.L.M., Estado Vargas y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-19.627.569, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 108 ejusdem y en consecuencia se ordena su libertad inmediata. Y ASÍ SE DECIDE.

SEGUNDO

Se CONDENA al ciudadano E.D.A.P., de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 18/04/87, de 21 anos de edad, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Vista al Mar, Arrecifre, frente a la planta Tacoa de Electricidad, casa de rejas gris y rosada por dentro, C.l.M., Estado Vargas, numero de teléfono 0212-2233633 y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.536.188; a cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, conforme al contenido de los articulo 622, 624 y 626 en relación con la parte in fine del artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, en grado de COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en relación con el articulo 84 ordinal 3° ejusdem; cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Y ASI SE DECIDE.

TERCERO

Se exime del pago de las costas al Ministerio Público, conforme al contenido del artículo 254 de la Constitución Bolivariana de Venezuela concatenado con el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, regístrese, díarícese, déjese copia de la sentencia, notifíquese a las partes y remítase el expediente en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución respectivo.

Dada, firmada y sellada en la sede de este Juzgado Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a los Ocho (08) días del mes de Diciembre del año dos mil ocho, Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZ

ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ

EL SECRETARIO

ABG. L.D.G.

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