Sentencia nº 148 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 24 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155°

En fecha 16 de diciembre de 2013 el ciudadano E.J.L.Q., titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, interpuso recurso contencioso electoral contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”.

En fecha 17 de diciembre de 2013 el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral solicitó al C.d.A. y a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

En fecha 03 de febrero de 2014 el mencionado abogado C.F.R., presentó diligencia mediante la cual consignó instrumento poder, indicando que el otorgamiento del mismo había sido hecho por el “representante legal de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del (sic) Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO) para actuar en el presente RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL, en contra de la ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre de 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, período 2013- 2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”.

En la misma fecha 03 de febrero de 2014 el abogado C.F.R., actuando con el carácter de apoderado judicial del “C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del (sic) Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO)”, presentó diligencia mediante la cual consignó antecedentes administrativos y escrito de informes sobre los aspectos de hecho y derechos relacionados con el recurso contencioso electoral.

En fecha 10 de febrero de 2014 el Juzgado de Sustanciación solicitó al C.d.V. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, al igual que ratificó la solicitud de antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social.

En fecha 18 de febrero de 2014 la abogada M.P., titular de la cédula de identidad N° 6.438.020 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.582, actuando con el carácter de Presidenta del C.d.V. de la Caja de Ahorro de Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, en dicho escrito la referida abogada solicitó la declaratoria de inadmisibilidad “por cuando la misma fue presentado de manera extemporánea, en virtud de que la elección de la Comisión Electoral se llevo a cabo en fecha 04 de octubre de 2013, (…) y el escrito recurso contencioso electoral fue interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013, vale decir, después de vencido los quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política” (sic)

En la misma fecha los ciudadanos A.C. y S.T., titulares de la cédula de identidad N° 12.881.086 y 4.886.390, actuando con el carácter de Vicepresidente y Secretario de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), todo respectivamente, asistidos por la abogada M.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.582, consignaron informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso.

En fecha 18 de febrero de 2014 los ciudadanos A.C. y S.T., antes identificados, asistidos por el abogado Á.H., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 187.711, presentaron escrito mediante el cual solicitaron la “Declaratoria de Inadmisibilidad del Recurso interpuesto (…) en contra de la elección de esta Comisión Electoral Principal (provisional), por cuanto el mismo fue presentado de manera extemporánea, en virtud de que la elección de ésta, se llevo a cabo en fecha 4 de octubre de 2013, tal y como señala el recurrente, y el escrito recurso contencioso electoral fue interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013, es decir, después de vencido los quince (15) días hábiles a que se refiere el Artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política” (sic).

En tal sentido observa este Juzgado que el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, dispone que el plazo máximo para la interposición del recurso contencioso electoral, es de quince (15) días hábiles contados a partir de la realización del acto, y el artículo 183 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia dispone que el plazo máximo para la interposición de la demanda contencioso electoral, es de quince (15) días hábiles contados a partir “que se produzca la publicidad del acto, si se trata de actos expresos; desde la oportunidad en que el interesado o interesada tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho, en caso de actuaciones materiales o vías de hecho; desde el momento en que la decisión ha debido producirse, si se trata de abstenciones u omisiones”. Agrega la norma que “en caso de actos expresos que dicten los órganos del Poder Electoral, el lapso de caducidad transcurrirá bien desde la oportunidad en que haya sido notificado o notificada personalmente el o la demandante, o bien desde su publicación en Gaceta Electoral, según lo que ocurra primero”. A su vez la Sala Constitucional de este Alto Tribunal en Sentencia Nº 554 de fecha 28 de marzo de 2007, estableció que el lapso de caducidad de esos quince (15) días para incoar el recurso contencioso electoral debe ser computado por días de despacho del Tribunal.

Pues bien, en el caso concreto, la parte recurrente interpuso ante esta Sala Electoral en fecha 16 de diciembre de 2013 el presente recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), electa en fecha 04 de octubre 2013, así mismo recurre contra el p.e. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013, por tanto en el caso de autos, se impugnan dos actos que si bien son conexos, cada uno de ellos está sujeto a un lapso de tempestividad independiente para su revisión en sede judicial, de allí que sea necesario pasar a revisar dicho requisito para cada acto en concreto, observándose al respecto lo siguiente:

Por lo que corresponden a la impugnación de la elección de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), ya referida, el lapso de caducidad a determinarse debe computarse tomando como referencia el tiempo transcurrido desde el día 04 de octubre de 2013 (exclusive), día en el cual fue elegida la Comisión Electoral antes señalada hasta el 16 de diciembre de 2013 fecha en que se interpuso el recurso: así tenemos los siguientes días de despacho dados en la Sala Electoral: 07, 08, 09, 10, 14, 15, 16, 17, 21, 22, 23, 24, 28, 29, 30, 31 de octubre de 2013; 04, 05, 06, 07, 11, 12, 13, 14 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27, 28 de noviembre de 2013; 02, 03, 04, 05, 09, 10, 11, 12 y 16 de diciembre de 2013. El total es de 41 días de despacho, tiempo éste que supera en demasía el de quince (15) días de despacho que se tenía para recurrir válidamente, lapso que venció el 30 de octubre de 2013, por lo cual la impugnación relativa a la designación de la Comisión Electoral fue interpuesta extemporáneamente de conformidad con lo previsto en los artículos 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y 183 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, lo que obliga a este Juzgado de Sustanciación a declarar INADMISIBLE el recurso atinente a la elección de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO) , y así se decide.

Por lo que se refiere a la impugnación del p.e. para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013, el lapso de caducidad a determinarse es el comprendido entre el día 25 de noviembre de 2013 (exclusive), día en el cual tuvo lugar el acto de votación y el 16 de diciembre de 2013, fecha en que se interpuso el aludido recurso: así tenemos los siguientes días de despacho dados en la Sala Electoral: 26, 27, 28 de noviembre de 2013; 02, 03, 04, 05, 09, 10, 11, 12 y 16 de diciembre de 2013. El total es de 12 días de despacho por ende esta impugnación resulta incoada en tiempo hábil para hacerlo, en consecuencia queda admitido el recurso en lo que respecta a la impugnación del p.e. celebrado en la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013, para elegir a los integrantes de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, ello en razón de no estar presentes ninguna de las restantes causales de inadmisibilidad previstas en los artículos 179, 180 y 181 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Por la motivación que precede este Juzgado de Sustanciación admite cuanto ha lugar en derecho el recurso, SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, y así se decide.

Notifíquese al ciudadano E.J.L.Q., al C.d.A., al C.d.V. y a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, anexándoles copia certificada del presente auto. Líbrese boleta y oficios.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público, remitiéndosele copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

Igualmente se acuerda notificar a los ciudadanos D.M., J.B., D.R., M.U., H.M., G.P., J.V., R.P., NILDIA REBOLLEDO y C.U., y por cuanto no consta en autos domicilio de los mismos, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar carteles, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles.

Finalmente este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000107

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

Oficio Nº 14-111

Ciudadanos

M.P., A.S., I.M., J.R., Naydu Martínez y C.P.

Integrantes del C.d.V. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000107

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

Oficio Nº 14-110

Ciudadanos

Integrantes del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000107

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

Oficio Nº 14-109

Ciudadanos

D.P., A.C., S.T., P.C. y J.B..

Integrantes de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000107

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155°

Oficio Nº 14-112

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo, se remite copia certificada del auto dictado en esta misma fecha por este Juzgado de Sustanciación mediante el cual se admitió el recurso SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000107

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano E.J.L.Q., titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), y/o su apoderado judicial C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, que este Juzgado de Sustanciación en fecha 24 de febrero de 2014 dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto por Usted, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo, en dicho auto se señaló que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del referido auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que ésta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000107

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano D.M., titular de la cédula de identidad N° 6.094.506, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

FRVT/pc

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.B., titular de la cédula de identidad N° 9.779.706, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

FRVT/pc

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203º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana D.R., titular de la cédula de identidad N° 9.388.480, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.U., titular de la cédula de identidad N° 12.420.912, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano H.M., titular de la cédula de identidad N° 3.663.883, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana G.P., titular de la cédula de identidad N° 6.887.007, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.V., titular de la cédula de identidad N° 11.162.798, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana R.P., titular de la cédula de identidad N° 11.048.241, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana NILDIA REBOLLEDO, titular de la cédula de identidad N° 5.580.614, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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Caracas, 24 de febrero de 2014

203º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.U., titular de la cédula de identidad N° 14.680.182, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió SÓLO POR LO QUE RESPECTA A LA IMPUGNACIÓN DEL P.E. CELEBRADO EN LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y PERSONAL CONTRATADO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL (CATRAMINCOPRO) el 25 de noviembre de 2013 para elegir a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de referida Caja de Ahorro, periodo 2013-2016, el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2013 por el ciudadano E.J.L.Q., actuando con el carácter de Presidente del C.d.A. de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (CATRAMINCOPRO), titular de la cédula de identidad N° 16.687.916, asistido por el abogado C.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.458, contra la “…ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de ‘CATRAMINCOPRO’, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de ‘CATRAMINCOPRO’, periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013”. Asimismo se le notifica que, en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

Exp. Nº AA70-E-2013-000107 P.C.G.

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