Sentencia nº 285 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 22 de Abril de 2014

Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 285 N° Expediente : 2013-000107 Fecha: 22/04/2014 Procedimiento:

Auto ordenando abrir cuaderno

Partes:

E.J.L.Q., Vs. la "ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL de CATRAMINCOPRO, electa en fecha 04 de octubre 2013 y DEL P.E. realizado por la referida Comisión Electoral para la elección de los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia periodo 2013-2016, cuyo acto de votación se realizó en fecha 25 de noviembre de 2013".

Decisión:

Se acordó abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud presentada en fecha 21-04-2014 por el ciudadano E.J.L.Q., titular de la cedula de identidad N° 16.687.916, parte recurrente, asistido por el abogado H.D.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.532, mediante el cual solicitó "… se acuerde suspensión de la administración de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (…), se acuerde que la administración de la Caja de Ahorros (…) siga siendo administrada por sus antiguos directivos (…). Que se acuerde la suspensión de los efectos del acto administrativo signado bajo el número SCA-DL-479 de fecha 17 de marzo de 2014, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorro, hasta tanto la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dicte su sentencia definitivamente firme (…)".

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de abril de 2014

204º y 155º

Visto el escrito presentado en fecha 21 de abril de 2014 por el ciudadano E.J.L.Q., titular de la cedula de identidad N° 16.687.916, parte recurrente, asistido por el abogado H.D.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.532, mediante el cual solicitó “… se acuerde suspensión de la administración de la Caja de Ahorro de los Empleados, Obreros y Personal Contratado del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (…), se acuerde que la administración de la Caja de Ahorros (…) siga siendo administrada por sus antiguos directivos (…). Que se acuerde la suspensión de los efectos del acto administrativo signado bajo el número SCA-DL-479 de fecha 17 de marzo de 2014, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorro, hasta tanto la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dicte su sentencia definitivamente firme (…)”, este Juzgado acuerda abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Igualmente, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordena expedir copia certificada del escrito libelar, del auto de admisión de fecha 24 de febrero de 2014 y del escrito presentado en fecha 21 de abril de 2014 por el ciudadano E.J.L.Q., así como la copia fotostática de los recaudos que acompañó a éste último.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2013-000107

FRVT/pc

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