Decisión de Juzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara de Monagas, de 26 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara
PonenteGrecia Gutierrez
ProcedimientoMedida De Embargo Preventivo

En horas de Despacho del día de hoy 26 de Marzo de 2008, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el Ciudadano E.G.R., debidamente asistido por el Abogado R.B.P., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 22.341, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado contra la EMPRESA PETRO ADVANCE C.A., siendo las 12:00 p.m., se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: La Planta MPE1 de PDVSA, Morichal, Ubicado en el Campo Morichal de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas. En este acto el Tribunal designa como perito avaluador al ciudadano J.R., titular de la cédula de identidad N° 4.719.218, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. Presente el ciudadano P.J.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.791.067, en su carácter de Gerente de la Obra de PETRO ADVANCE C.A., a quien el Tribunal le notifico de su Misión. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente declara Embargado Preventivamente los bienes señalados por la parte actora por un monto de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS BOLIVARES FUERTES (48.900,oo BS.F.). y se deja bajo la guarda y custodia a la persona notificada. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto.

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