Decisión nº 13.863 de Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario de Aragua, de 28 de Julio de 2009

Fecha de Resolución28 de Julio de 2009
EmisorJuzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario
PonenteRamón Adonay Camacaro Parra
ProcedimientoLiquidacion Y Particion De Comunidad Conyugal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 28 de julio de 2.009

199° y 150°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana Z.Y.A.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.697.916, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio N.L., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 74.336, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado. En consecuencia se ordena declinar la competencia de la presente causa al Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, para que continúe conociendo del presente juicio de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL; por cuanto se evidenció de la sentencia de divorcio proferida por el Tribunal Primero del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de fecha 22 de octubre de 2.008, que riela a los folios 11 al 13 del presente expediente, que los ciudadanos Z.Y.A.S. y E.J.R.S., procrearon dos (02) hijos actualmente menores de edad. Todo de conformidad con el Artículo 177 parágrafo primero literal “I” de la ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente. Líbrese oficio.

EL JUEZ TITULAR,

ABG. R.C.P.

EL SECRETARIO,

ABG. A.H.

RCP/AH/D’Y.-

Exp. Nº REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 28 de julio de 2.009

199° y 150°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana Z.Y.A.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.697.916, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio N.L., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 74.336, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado.

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