Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen de Yaracuy, de 17 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
PonenteBelkis Morales de Rodriguez
ProcedimientoDivorcio 185 - A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 17 de diciembre de 2013

AÑOS: 201º y 152º

ASUNTO: UP11-J-2013-001833

SOLICITANTES: Ciudadanos E.D.M.F. y L.M.S.P., venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

En fecha 29 de octubre de 2013, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del código civil, interpuesta los ciudadanos E.D.M.F. y L.M.S.P., venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente. Se admitió la presente demanda el día 31 de octubre de 2013. Se fijó la audiencia de evacuación de pruebas, para el día 17 de diciembre de 2013, a las 11:30 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la dejándose expresa constancia de la incomparecencia de los solicitantes ciudadanos E.D.M.F. y L.M.S.P., venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente.

Ahora bien, vista la incomparecencia de las partes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Juez,

Abg. B.M.D.R.

La Secretaria,

Abg. T.C.

En la misma fecha, se publicó y siendo las 12:38 p.m., se registró la anterior decisión.-

La Secretaria,

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