Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de Yaracuy, de 27 de Abril de 2010

Fecha de Resolución27 de Abril de 2010
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
PonenteDaniel Roman
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 27 de abril de 2010.

200º y 151º

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2009-000524

PARTE DEMANDANTE: E.J.P.P.

ASISTIDA POR: Abgdos. YASNERIS MUJICA y C.A. - I.P.S.A Nº 128.786 y 106.263

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los veintisiete (27) días del mes de abril de 2010, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y comenzar el p.d.C. y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: E.J.P.P., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-13.502.789, asistidos por los abogados: YASNERIS MUJICA y C.A., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.859.002 y 15.108.576 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 128.786 y 106.263; en CONTRA del INSTITUTO MUNICIPAL DE TRASPORTE SUCRE y solidariamente el MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato y se deja expresa constancia de ello, que para este acto se encuentra presente la parte actora ciudadano: E.J.P.P.; sin estar asistido o representado por Apoderado Judicial legalmente constituido En este estado, interviene en ciudadano Juez y expone: Con vista de que la parte actora, ciudadano: E.J.P.P., se encuentra presente en este acto sin estar asistido o representado por abogado, este Juzgador, con base a la Tutela Judicial Efectiva y a los fines de salvaguardar el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa que tienen las partes en el Proceso, decide suspender la celebración de la presente Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy y Diferirla para el día Miércoles, 19 de Mayo de 2010, a las nueve (09:00) de la mañana. A los fines de que la parte actora concurra a la celebración de la Audiencia Preliminar asistido o representado de abogado. Finalmente el Ciudadano Juez ordeno la lectura integra de la presente acta, quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 10:00 de la mañana del mismo día, con la firma, en la presente acta, de todos los asistentes.-

El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,

Abg. D.R.C.

El Actor

La Secretaria

Abgda. NORAYDEE REVEROL VEROES

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