Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 24 de Enero de 2007

Fecha de Resolución24 de Enero de 2007
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteJesus Rondon
ProcedimientoSentencia Absolutoria

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-001622

ASUNTO : LP11-P-2006-001622

Firme como ha quedado la sentencia ABSOLUTORIA dictada por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 14-12-06 folios (274 al 288), a favor del ciudadano, F.J.E.C., venezolano, titular de la cédula N° V-18.499.430, nacido en fecha 17-12-1985, soltero, obrero, residenciado en el Barrio San J.P. alta casa Nº. 20 de El Vigía Estado Mérida quien fue declarado inculpable en la presente causa por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena el siguiente EJECÚTESE: Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se observa: que el mencionado ciudadano no fue detenido, Así mismo se declaro mediante sentencia la absolutoria del mismo, lo que quiere decir que en su contra no pesa sentencia alguna. Al (folio 288) se ordena el decomiso de armas de fuego y objetos con las siguientes características: 1-.Un arma tipo revolver marca S.W. calibre 38, modelo 10-05, su cuerpo se compone de un cañón de anima lisa rayada o estriada de aspecto niquelado tambor de seis recamaras con signos físicos de oxidación serial del tambor desvastado, caja de los mecanismos compuesta por guardamonte, disparador martillo, con un dispositivo en la cara izquierda que permite el avisagramiento del tambor, su empuñadura esta compuesta por dos tapas de material sintético color negro unidas a la prolongación metálica por medio de un ternillo color amarillo. 2-. Un arma de fuego tipo revolver sin marca calibre 32, su cuerpo se compone por un cañón de anima lisa rayada o estriada, presenta signos de oxidación, tambor de seis recamaras presenta en la prolongación metálica de la empuñadura el siguiente serial 5614, el serial del puente del tambor desvastado caja de los mecanismos compuesta por guardamonte, disparador martillo, con un dispositivo en la cara izquierda que permite el avisagramiento del tambor su empuñadura esta compuesta por dos tapas de material sintético color negro unidas a la prolongación metálica por medio de un ternillo. 3-. Una bala para arma de fuego calibre 38, SPL marca cavim su cuerpo se compone por manto cilíndrico de color amarillo, reborde cápsula de fulminante con signo de percusión proyectil raso de plomo de forma ojival. 4-. Cinco balas cuatro marca cavim la restante marca MFS, calibre 38. 5-. Cinco balas para arma de fuego calibre 7.65, marca cavim. 6-. Una bala calibre 32 marca RP. Todo consta según planilla pericial Nº. 9700-230AT-160, de fecha 16-05-06, Se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistícas, Subdelegación El Vigía para que proceda enviar las armas y objetos descritos al DARFA para su destrucción en acto público, una vez hecho lo solicitado envíese a este tribunal acta de lo actuado. Así mismo una vez conste en la causa todas las actuaciones envíese al archivo judicial para su guarda y custodia. Notifíquese al Ministerio Público y a la defensa. Cúmplase.

EL JUEZ DE EJECUCION N° 02

Abg. J.O.R.C.

La secretaria.

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