Espacios 100% libres de humo

Vistas las contradictorias interpretaciones que se han derivado de la Resolución 030 del Ministerio para la Salud, que prohíbe fumar en áreas internas de los espacios públicos y sitios de trabajo, de fecha 2 de marzo de 2011 y publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 39627 de igual fecha. Vistas, igualmente, las denun cias recibidas sobre la compra inducida de carteles alusivos por parte de proveedores que se adjudican facultades. Consideramos de interés in formar sobre el alcance de la normativa en cuestión, según la interpretación de distintos profesionales consultados a tales efectos por la Alianza Na cional de Usuarios y Consumidores Anauco: 1. La venta de cigarrillos es una actividad permitida, excepto a menores de edad, lo cual está terminantemente prohibido por el ordenamiento jurídico. 2. La nueva resolución regu la el consumo de cigarrillos en espacios cerrados. 3. Es obligatorio colocar en lugar visible de comercios y oficinas el cartel indicado por el Ministerio para la Salud, cuyas medidas son 80 cm de ancho por...

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