Decisión nº 023-03 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Barinas, de 27 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteRuthbelia Paredes
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas

Barinas, veintisiete de marzo de dos mil siete

196º y 148º

ASUNTO : EP11-L-2007-000059

AUTO

Vista la diligencia presentado en el día de hoy 27 de Marzo de 2007, por la Procuradora Especial de Trabajadores abogado M.D., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.449, quien actúa con el carácter de Apoderada Judicial de la parte actora ciudadana B.E.C., identificado en autos del expediente; de una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgado observa:

• Que este Juzgado le correspondió el conocimiento de la presente causa por distribución realizada por la Unidad de Recepción y distribución de Documentos de esta Coordinación Laboral, en fecha 13 de Febrero de 2007.

• Que este Juzgado procedió a dar por recibida la presente demanda de Cobro de Prestaciones Sociales, ordenando su revisión en fecha 13 de Febrero de 2007 a los fines de su admisión.

• Que en fecha 15 de Febrero de 2007, este Juzgado procedió a dictar auto que ordena la admisión de la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, presentada por la Apoderada Judicial de la actora B.C.E.C. y se ordeno librar Cartel de notificación en la persona del representante legal con entrega de compulsa a la parte demandada fondo de comercio LABORATORIO CLINICO PASTEUR.

• Que de acuerdo a la certificación realizada por la Secretaria adscrita a este Juzgado en fecha 09 de Marzo de 2007, (folio 16), correspondía la celebración de Audiencia Preliminar, para el día de hoy 27 de Marzo de 2007 a las 11:00am.

• Que en el día de hoy 27 de Marzo de 2007 a las siendo las 09:30am, se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Coordinación Laboral, diligencia suscrita por la Apoderada Judicial de la parte actora; abogada M.D., en donde declara expresamente: “Desisto del presente procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales por cuanto su representada le notifico que llego a un acuerdo extrajudicial con su expatrono.”

Ahora bien, vista la mencionada diligencia en la cual la parte accionante desiste del procedimiento, configura dicha declaración su voluntad inequívoca e irrevocable que se declare la terminación del proceso; este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los términos como se estableció, dándole efectos de COSA JUZGADA. Se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.-

La Juez

La Secretaria

Abg. Ruthbelia Paredes

Abog. Yoleinis Vera.

RP/yv.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR