Decisión nº PJ0032010000020 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 4 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
PonenteMirla Bianexis Malave Saez
ProcedimientoTransacción

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo

Cuatro (04) de Marzo de dos mil Diez (2010),

199º y 151º

SENTENCIA DE TRANSACCION

Sentencia Nº PJ0032010000020

ASUNTO: IH31-L-2007-000042.

PARTE ACTORA: E.R.L..

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abg. LIZAY SEMECO.

PARTE DEMANDADADA: POLICINICA ESPECIALIDADES C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: A.B.B..

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Corresponde a esta Juzgadora por distribución realizada en fecha 27 de Enero de 2010, dándosele entrada, en fecha 28 de Enero de 2010, Nombrándose experto en fecha 01 de Febrero de 2010. Comparecen por ante la Unidad de Recepción de Documento en fecha 03 de Marzo de 2010, por la Parte Demandante: la apoderada Judicial del Ciudadano, E.R.L., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.416.659, abogada LIZAY A.S., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 15.141.331, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 106.571, por la parte demandada empresa POLICINICA ESPECIALIDADES C.A., representada por su apoderada Judicial, abogada A.B.B., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-7.520.994, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 29.395, para consignar escrito Transaccional constante de Tres (03) folios en el cual exponen:

Conceptos Días que le Corresponden según Sentencia Días que le Corresponden y son efectivamente cancelados Montos aceptados por la parte demandante efectivamente cancelados por la demandada

Bono de Transferencia Art. 665, Ley Orgánica del Trabajo 60 60 600,00

Indemnización de Antigüedad por Corte de cuenta Art. 666, Ley Orgánica del Trabajo 60 60 600,00

Antigüedad Art. 108, Ley Orgánica del Trabajo 430 430 8.923,66

Vacaciones no Disfrutadas Art. 219, Ley Orgánica del Trabajo 105 105 1.749,30

Utilidades Art. 174, Ley Orgánica del Trabajo 105 105 1.749,30

Intereses aplicando la monetaria. indexación o corrección 90.461,22

Total 104.083,48

…SEXTO: Ambas partes solicitan se proceda a la homologación de la presente Transacción y el posterior archivo del expediente. Es Todo. Termino se leyó y conformes Firman…

Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo como del viejo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, presidido por la Jueza Temporal Abg. M.M.S., visto que las partes de común acuerdo han transado en la Cantidad de CIENTO CUATRO MIL OCHENTO Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 104.083,48), que pago la empresa POLICINICA ESPECIALIDADES C.A., en cheque NO ENDOSABLE, Nº 70064373, librado contra la entidad Bancaria Banco Mercantil, Cuenta Corriente Nº 0105 0058 31 2058064373, a favor de la apoderada Judicial del demandante Ciudadano, E.R.L., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.416.659, abogada LIZAY SEMECO, estando plenamente facultada para recibir cantidades según consta de Documento Poder que consta en el expediente el cual riela al folio dos (02), de la Pieza Nº 2. Este Tribunal en vista de que, la Transacción es un modo de AUTO COMPOSICION PROCESAL, y la misma ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL Y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes. Por otra parte visto que, en este asunto se nombro la experto Licenciada MARYS NORELYS GUANIPA COLINA, en fecha 01 de Febrero de 2010, para la realización de la experticia complementaria del fallo y la misma no es necesaria, motivado a la Transacción planteada por ante este juzgado, por lo que se acuerda dejar sin efecto su nombramiento. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.

PUBLIQUESE Y REGISTRSE

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Cuatro (04) de Marzo del año dos mil Diez (2010), siendo las Nueve y Once de la Mañana (09:11 a.m.). Años: 199° de la Independencia y 151º de la Federación.-

LA JUEZA TEMPORAL

ABG. M.M.S.

LA SECRETARIA

Abg. ROXANNA MORILLO

Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

LA SECRETARIA

Abg. ROXANNA MORILLO

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