Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Delta Amacuro, de 9 de Noviembre de 2012
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2012 |
Emisor | Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación |
Ponente | Vilma Teresa Martorelli Betancourt |
Procedimiento | Tutela |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado D.A.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado D.A..
Tucupita, nueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: YP11-J-2012-000335
Visto el contenido del acta levantada en la oportunidad para la celebración de la Audiencia Única de Mediación, tal como lo prevé el artículo 512 de la LOPNNA, en el presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2012-000335, contentivo del procedimiento de TUTELA, interpuesto por la Ciudadana: EUTORGIA C.G., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.046.807, residenciada en la Comunidad de Cocuina, Municipio Tucupita del Estado D.A., en beneficio de la adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diecisiete (17) años de edad. Visto el contenido del acta emitida por este despacho judicial el día 05-11-2012, que riela al folio 42 del presente asunto, en donde la adolescente de autos manifestó “(se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)”. Esta Sentenciadora, vista y oída la opinión y aceptación de los cargos por los Ciudadanos EUTORGIA C.G., Tutora; R.J.B.G., Protutor; R.A.B.G., Suplente del Protutor y para conformar el C.d.T., los Ciudadanos G.J.G., NORBYS DEL VALLE BERMÚDEZ IDROGO, YELIXA A.G.B. y MARLENYS GONZÁLEZ, todos plenamente identificados en autos, en favor de la adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diecisiete (17) años de edad; es por lo que, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 308 y siguientes del Código Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado D.A., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar conformada la Tutela y el C.d.T., a favor de (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diecisiete (17) años de edad, en los siguientes términos: TUTORA: EUTORGIA C.G., PROTUROR; R.J.B.G., SUPLENTE DE PROTUTOR; R.A.B.G., y los Ciudadanos plenamente identificados, G.J.G., NORBYS DEL VALLE BERMÚDEZ IDROGO, YELIXA A.G.B. y MARLENYS GONZÁLEZ, para ser MIEMBROS DEL C.D.T., de conformidad con el artículo 384 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños; Niñas y Adolescente, conforme a lo ordenado en el artículo 347 del Código Civil y conformado el C.d.T., la adolescente deberá permanecer en el mismo domicilio de la Ciudadana EUTORGIA C.G., plenamente identificada en autos, quien tendrá la potestad de imponer los correctivos necesarios previendo lo contemplado en el articulo 32-A, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños; Niñas y Adolescente. Cúmplase.
La Jueza Provisoria
Abg. V.M.
El Secretario
Hora de Emisión: 10:53 AM
Asistente que realizo la actuación: