Decisión nº 526 de Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia (Extensión Maracaibo), de 17 de Abril de 2007

Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
PonenteDilcia Sorena Molero Reverol
ProcedimientoHomologación

Exp. No. 44.922/dm.

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 17 de Abril de 2007

196° y 148°

Visto el Convenimiento celebrado en fecha veintidós (22) de Marzo de 2007, entre los ciudadanos E.M. y ECNO M.S., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos.4.522.357 y 13.829.693, en su condición de Presidente y Director Principal de la Sociedad Mercantil CROES INVERSIONES, COMPAÑÍA ANONIMA, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 17 de Agosto de 1999, bajo el No.18, Tomo 44-A, parte co-demandada, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio V.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el No.83.389, por una parte y por la otra el ciudadano M.A.B.A.A., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad No.7.667.988, representado por su apoderada judicial ciudadana R.D.G.D.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el No.11.594, parte demandante en el presente Juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA signado en el expediente No.44.922, todos plenamente identificados en actas y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en el presente Convenimiento, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación al convenimiento celebrado entre las partes intervinientes en el presente proceso en fecha veintidós (22) de Marzo de 2007, y lo pasa en autoridad de Cosa Juzgada, y en consecuencia se suspende la Medida Ejecutiva de Embargo decretada por este Juzgado en fecha 22 de Enero de 2007 y ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 25 de Enero de 2007, ordenándose oficiar a los f.d.R.M. respectivo. Ofíciese. ARCHIVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

Dra. D.M.R.

LA SECRETARIA

Abog. LORENA FLORES MUÑOZ

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