Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 18 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteJosé Humberto Cáceres Maldonado
ProcedimientoAuto

San Cristóbal, 18 de Marzo de 2009

198º y 149º.

AUTO

Vistos los escritos procedentes de la Ciudadana Defensora Pública Sexta Penal el Estado Táchira, Abogada A.F.R.C., así como del Ciudadano Coordinador Regional Quinto de San Cristóbal de la Defensa Pública Militar Capitán D.J.V.S., donde solicitan que al Ciudadano J.R.P.C., plenamente identificado en autos, a quien se le sigue causa penal signada con la nomenclatura 2C-9621-09, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, y actualmente recluido en el Comando de la Policía del Estado Táchira, a quien en Audiencia de Presentación Física, de Calificación de Flagrancia y de Imposición de Medida de Coerción Personal, se le impuso una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad; sea cambiado su sitio de reclusión, al Departamento de Procesados Militares (PROCEMIL), hasta tanto se logre materializar la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera acordada.

Este juzgador considera pertinente a los fines de tomar una decisión a tal petición, oficiar al Departamento de Procesados Militares (PROCEMIL), acerca de que informe a este Tribunal la procedencia o no de tal solicitud; asimismo se ordena oficiar a la Representación Fiscal a fin de que informe el estado de salud de las victimas del presente caso; a los fines de valorar la petición. Todo en aras del debido proceso y del respeto a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de las Leyes de la República. Así se decide.

ABG. J.H.C.M.

JUEZ SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL

CAUSA 2C-9621-09

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